Autorización de nueva construcción de buque

 

Departamento / Organismo Autónomo

Desarrollo Económico e Infraestructuras


Órgano gestor

Dirección de Pesca y Acuicultura


Objeto

El proyecto de construcción de un nuevo buque debe disponer de la correspondiente autorización de construcción del mismo.

Destinatarios/as

Personas físicas o jurídicas del País Vasco que soliciten autorización para la construcción de buques de pesca cuyo puerto base radique en la CAPV y reúnan las siguientes condiciones:

1. Personas físicas: vecindad administrativa en los TT.HH. de la CAPV.

2. Personas jurídicas: deberán ser empresas que teniendo su domicilio social y la gestión y dirección de los negocios centralizados en Euskadi, cuenten con una cifra relativa de negocios en la CAPV que exceda del 50%.

Normativa reguladora

Reglamento (CE) 2792/1999 del Consejo de 17 de diciembre de 1999, por el que se definen las modalidades y condiciones de las intervenciones con finalidad estrucutral en el sector de la pesca (DOCE - L 337/10 de 30/12/99)

Decreto 228/96, de 24 de septiembre, por el que se definen los criterios y condiciones de las intervenciones comunitarias con finalidad estructural en el sector de la pesca y la acuicultura. (BOPV 190, de 2/10/96, norma n 4562)


Personas de contacto

Servicio de Ordenación Pesquera (Yolanda Galarraga)
Teléfono: 943 02 25 75
Fax: 943 02 25 75
E-mail: y-galarraga@euskadi.eus

Servicio de Estructuras Pesqueras (Mª Jose Elorrieta y Andoni Idoiaga)
Teléfono: 944 03 14 65 / 944 03 14 60
Fax: 944 03 14 61
E-mail: mj-elorrieta@euskadi.eus | a-idoiaga@euskadi.eus

Documentación a aportar

La exigida por la normativa previamente citada y aplicable.


Tasas a aplicar

No hay

Plazo de presentacion

Durante todo el año


Lugar presentación solicitudes

Dirección de Pesca y Acuicultura
Donostia-San Sebastian 1
01010 - Vitoria-Gasteiz

Servicio de Estructuras Pesqueras
General Concha 23, 2ª planta
48011 - Bilbao

Servicio de Ordenación Pesquera
Easo, 10
20006 - Donostia-San Sebastian

Descripción de los trámites

No se describen


Órgano que resuelve

Director de Pesca y Acuicultura


Plazo de resolución

3 meses a contar desde la presentación de la solicitud.

Efectos del silencio

Desestimatorios


Fín de la vía administrativa

La resolución NO pone fín a la vía administrativa


Recursos / Reclamaciones

No procede


Formularios

Modelo formulario, que se puede recoger en cualquiera de los lugares de presentación de la solicitud de ayuda.

Otros documentos

No hay


Observaciones

No hay

Nota

Esta información tiene únicamente carácter orientativo, por lo que no sustituye ni modifica las Disposiciones normativas que regulan los diferentes procedimientos administrativos ni, en consecuencia, puede dar origen a derechos u obligaciones que no se encuentren contempladas en la Reglamentación específica.


Fecha de la última modificación

09/01/2018