36. Proyecto de Ley de Ordenación de la Asistencia Farmacéutica.

Proyecto de Ley cancelado
Información adicional

Las razones que motivaron la inclusión en el Calendario Legislativo de este proyecto de Ley eran mejorar tanto la accesibilidad como la calidad de la asistencia farmacéutica que se presta a la ciudadanía. En el transcurso del tiempo comprendido entre la aprobación del Calendario y el momento actual, el sector farmacéutico se encuentra inmerso en el proyecto de receta electrónica, junto a ello, la entrada en vigor de los Reales Decretos 4/2010 y 8/2010, que llevan aparejada la bajada del precio de los medicamentos genéricos y de los productos sanitarios y el descuento del 7,5 % sobre los medicamentos de marca, así como las medidas de promoción del consumo de genéricos en la CAPV han supuesto un importante impacto económico sobre el sector farmacéutico en su conjunto (desarrollo, fabricación, distribución y dispensación) que ha de ser considerado en relación a la introducción de un cambio legal con impacto económico adicional, al menos, sobre uno de los eslabones de dicha cadena.

En cuanto a la accesibilidad del ciudadano respecto de la atención farmacéutica que prestan las oficinas de farmacia, en el tiempo transcurrido no se ha evidenciado una demanda social de aumento de su número, ni quejas al respecto de una incorrecta e insuficiente distribución.

Por todo ello, como quiera que en este nuevo escenario no se dan las condiciones que motivaron la inclusión en el Calendario de este proyecto de Ley, se estima procedente su decaimiento en la presente Legislatura.

IDENTIFICACIÓN

Departamento

Sanidad y Consumo

Objetivos y Sectores

Adaptar la regulación de los establecimientos y servicios de asistencia farmacéutica a los cambios legislativos, científicos y sociales que se han producido desde la aprobación de la Ley 11/1994, de 17 de junio, de Ordenación Farmacéutica de la Comunidad Autónoma del País Vasco orientándola a mejorar la accesibilidad y la calidad de la asistencia farmacéutica que se presta a la ciudadanía.

Otros objetivos
  • Definir los derechos y deberes de la ciudadanía estableciendo un marco general de obligado cumplimiento para todos los establecimientos y servicios de asistencia farmacéutica.
  • Concretar diversos aspectos relativos a cada tipología de servicios y establecimientos: diseño planificado respecto de las farmacias, botiquines, asistencia farmacéutica en las estructuras sanitarias de atención primaria y en los hospitales, asistencia farmacéutica en los centros sociosanitarios, en su caso en los centros penitenciarios y almacenes de distribución de medicamentos.
  • Regular otros aspectos relativos a: seguimiento de los tratamientos farmacológicos como actividad necesaria a realizar, funcionamiento conforme a procedimientos normalizados de trabajo, introducción de requerimientos de calidad, información, promoción y publicidad de los medicamentos, régimen de incompatibilidades o el régimen sancionador.
Sectores sociales implicados
  • Ciudadanía en general
  • Titulares de los establecimientos y servicios de asistencia farmacéutica
  • Profesionales que trabajan en los establecimientos y servicios de atención farmacéutica
  • Otros agentes específicos (Consejo de Farmacéuticos del País Vasco, Consejo de Médicos del País Vasco, Asociaciones farmacéuticas, Colegios profesionales, Sector veterinario, Ehne, Uaga, entre otros)

Estimación del impacto presupuestario y financiero

Se estima incidencia presupuestaria derivada de las necesidades de medios personales para velar por el cumplimiento de las nuevas exigencias que introducirá su entrada en vigor.

Más allá de la incidencia presupuestaria de la Administración cabe reseñar que la introducción obligatoria de una serie de instrumentos de calidad en los establecimientos y servicios de asistencia farmacéutica puede implicar la realización de inversiones o el aumento de gastos para sus titulares.

Fecha estimada de remisión a Consejo de Gobierno para aprobación del Proyecto de Ley

Primer Trimestre de 2011.
Fecha de la última modificación: 03/08/2011