Registro Oficial de Establecimientos y Servicios Biocidas (ROESB)
Control de plagas urbanas





¿Quién tiene la obligación de tener un programa de control de plagas?

ir al índice>


La legislación vigente NO establece la obligatoriedad de realizar de manera sistemática y rutinaria tratamientos de desinfección, desinsectación y desratización en locales públicos, pero la de mantener las instalaciones limpias y exentas de plagas.

Particularmente las empresas de ámbito alimentario deben extremar la limpieza y el control de las plagas, procediendo cuando sea necesario a los tratamientos oportunos.
Fecha de la última modificación: 12/02/2010