El autor explica en su artículo cómo queda esta deducción –prácticamente idéntica en los tres territorios tras la reforma. Estructura su exposición dedicando un apartado al concepto de vivienda habitual, otro a los conceptos deducibles y un apartado final al funcionamiento de la deducción. Este último se divide a su vez en varios epígrafes:
a) régimen general, b) régimen especial, c) extensión del crédito de vivienda a 36.000 €, d) deducción por adquisición de vivienda habitual adquirida en común por varias personas con anterioridad a 1 de enero de 2007, e) exención por reinversión en vivienda habitual: transmisiones anteriores al 1 de enero de 2007, f) tributación conjunta, g) obligación de satisfacer, en virtud de decisión judicial, cantidades por la vivienda familiar y h) requisitos o condicionantes que desaparecen en la nueva Norma Foral.
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