Personas de referencia

 En la EFH, las personas de referencia del hogar incluyen, por una parte, a la persona que se menciona como interlocutor principal dentro del hogar. En el caso de un núcleo familiar, se considera igualmente como persona de referencia a su cónyuge o pareja, sea cual sea el tipo de relación de pareja existente entre ellas (matrimonio, pareja registrada o pareja no registrada). Todas estas personas son consideradas como personas de referencia en el contexto de la encuesta.

 De cara a determinar el interlocutor principal, sin perjuicio de la referencia específica que señale el hogar, resulta determinante el criterio relativo a la titularidad de la vivienda (ya sea en lo relativo a la propiedad de la misma o a la formalización del alquiler).


 

Fecha de última modificación: 08/09/2016