KZ Lankidetza
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- PROGRAMA KONEKTA ZAITEZ LANKIDETZA (BOPV Nº 11/2000)
por el que se establecen medidas de apoyo para impulsar la incorporación de las nuevas Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TICS) en las Asociaciones y Empresas Tractoras y sus proveedores.
SPRI, S.A.
Gran Vía, 35 - 3ª planta
48009 Bilbao
SPRI, S.A.
Gran Vía, 35 - 3ª planta
48009 Bilbao
SPRI, S.A.
www.spri.net
Dpto. de Sociedad de la Información y Conocimiento
C/ Gran Vía, 35-3
48009 - BILBAO
Tfno.: 902 25 25 95
info@spri.es
Podrán ser beneficiarias las personas jurídicas que, o bien realicen actividad empresarial, o bien agrupen a empresas y/o profesionales que realicen actividad empresarial y que, además, cumplan los siguientes requisitos:
Que tengan su domicilio social en la CAPV o que al menos un centro de actividad esté ubicado en la CAPV.
Que cumplan alguna de las siguientes condiciones:
Que sean Empresas Tractoras, esto es, que por su tamaño y capacidad de compra, tengan capacidad de influencia y liderazgo en sus proveedores y que presenten proyectos que agrupen al menos a 5 proveedores que acrediten estar involucradas en el proyecto de incorporación de las TICs y que tengan su domicilio social en la CAPV o que al menos un centro de actividad esté ubicado en la CAPV.
Que sean Asociaciones de empresas y/o de profesionales que apoyen y faciliten la implantación de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones entre sus asociados y que presenten proyectos que agrupen al menos a 10 entidades asociadas que acrediten estar involucradas en el proyecto y que acrediten tener su domicilio social en la CAPV o que tengan al menos un centro de actividad en la CAPV.
Que presenten proyectos de implantación de las TICs de carácter innovador, y cuya implantación sirva para traccionar del uso de las Tecnologías de la Información en la sociedad. Estos proyectos deben suponer la primera implantación dentro del ámbito de la CAPV y debe entenderse que el éxito de este proyecto debería contribuir a extender la implantación de proyectos similares dentro de la CAPV.
Que tengan su situación regularizada en cuanto a sus obligaciones tributarias y para con la Seguridad Social, según los límites que resulten exigibles de acuerdo con la legislación vigente, así como para con cualquiera de las sociedades del grupo SPRI
Quedan excluidas de la condición de beneficiario las Sociedades Públicas así como las Asociaciones que agrupen fundamentalmente a asociados y/o entidades que no realicen actividad económica.
2. Que cumplan alguna de las siguientes condiciones:
• Que sean Empresas Tractoras, esto es, que por su tamaño y capacidad de compra, tengan capacidad de influencia y liderazgo en sus proveedores y que presenten proyectos que agrupen al menos a 5 proveedores que acrediten estar involucradas en el proyecto de incorporación de las TICs y que tengan su domicilio social en la CAPV o que al menos un centro de actividad esté ubicado en la CAPV.
• Que sean Asociaciones de empresas y/o de profesionales que apoyen y faciliten la implantación de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones entre sus asociados y que presenten proyectos que agrupen al menos a 10 entidades asociadas que acrediten estar involucradas en el proyecto y que acrediten tener su domicilio social en la CAPV o que tengan al menos un centro de actividad en la CAPV.
3. Que tengan su situación regularizada en cuanto a sus obligaciones tributarias y para con la Seguridad Social, según los límites que resulten exigibles de acuerdo con la legislación vigente, así como para con cualquiera de las sociedades del grupo SPRI.
Quedan excluidas de la condición de beneficiario las Sociedades Públicas así como las Asociaciones que agrupen fundamentalmente a asociados y/o entidades que no realicen actividad económica.
a)Un 15 % adicional a los porcentajes descritos en el apartado primero, para el caso de Asociaciones, si en dichas actuaciones se aplican las normas WAI (Web Accesibility Initiative – www.w3.org/WAI) en los niveles establecidos por SPRI, S.A. en el momento de presentación de la Solicitud de Ayuda y que estarán publicados en la web www.spri.net
b)La subvención máxima concedida a la ASOCIACION por cada proyecto presentado a este programa será de 33.000 euros. Las ASOCIACIONES podrán presentar diferentes proyectos durante un año (enero a diciembre), sin que les afecte un límite máximo de subvención anual acumulada. No obstante para una misma Asociación no se admitirán proyectos presentados durante el mismo año (enero a diciembre) en los que participe una misma entidad asociada.
Las solicitudes se cumplimentan exclusivamente a través de la web.
(Teléfono de asistencia: 902 252595).
- Documentación a aportar La Solicitud de Ayuda deberá cumplimentarse a través de Internet en la dirección que SPRI, S.A. . (Teléfono de asistencia: 902 252595).
SPRI, S.A.
www.spri.net
Dpto. de Sociedad de la Información y Conocimiento
C/ Gran Vía, 35-3
48009 - BILBAO
Tfno.: 902 25 25 95
info@spri.es
- Modelo de recurso: Recurso de Alzada
- Órgano resolutor: Dirección de Servicios Generales de Industria, Innovación, Comercio y Turismo.
- Plazo de interposición: 1 mes.
- Plazo de resolución: 3 meses.
- Falta de resolución: Efecto desestimatorio.
- Modelo de recurso: Recurso de Alzada
- Órgano resolutor: Dirección de Servicios Generales de Industria, Innovación, Comercio y Turismo.
- Plazo de interposición: 3 meses.
- Plazo de resolución: 3 meses.
- Falta de resolución: Efecto estimatorio.