Normativa

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RESOLUCIÓN de 28 de marzo de 2018, de la Viceconsejera de Tecnología, Innovación y Competitividad, por la que se hace pública la convocatoria, para el ejercicio 2018, del programa de ayudas Emaitek Plus.

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Resolución
  • Órgano emisor: Desarrollo Económico e Infraestructuras
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 73
  • Nº orden: 2010
  • Nº disposición: ---
  • Fecha de disposición: 28/03/2018
  • Fecha de publicación: 17/04/2018

Ámbito temático

  • Materia: Actividades Económicas; Organización administrativa; Educación
  • Submateria: Industria; Gobierno y Administración Pública

Texto legal

La Orden de 16 de septiembre de 2015, de la Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad (BOPV 191, de 7 de octubre de 2015) modificada por la Orden de 28 de julio de 2017, de la Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras (BOPV 168, de 4 de septiembre de 2017), regula el programa de ayudas Emaitek Plus.

De conformidad a lo establecido en el artículo 11 de la citada Orden, procede realizar la convocatoria pública anual de las ayudas que en el mismo se establecen, para el ejercicio 2018, dictando a tal objeto las normas necesarias.

Por lo expuesto, en virtud de la facultad establecida en el artículo 11 de la Orden de referencia

Es objeto de la presente Resolución, la convocatoria para el ejercicio 2018 de las ayudas previstas en la Orden de 16 de septiembre de 2015, de la Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad, modificada por la Orden de 28 de julio de 2017, de la Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras, por la que se regula el programa de ayudas Emaitek Plus de apoyo a la actividad no económica de los Centros Tecnológicos y a los Centros de Investigación Cooperativa (CIC) de la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación, asignándoles financiación a través de la evaluación y el análisis de los resultados de su actividad a nivel global.

A la financiación de las ayudas convocadas, según los correspondientes créditos presupuestarios establecidos al respecto en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2018, aprobados mediante Ley 5/2017, de 22 de diciembre, se destinará un importe de 56.000.000,00 de euros.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 de la orden reguladora, la dotación presupuestaria total de la convocatoria anual se dividirá en dos importes separados:

Para los Centros Tecnológicos Multifocalizados 42.000.000,00 de euros, que a su vez se subdivide como a continuación se especifica:

Grado de adecuación al Modelo de Centro Orientado a Resultados, 40.740.000,00 euros.

Planes de Actuación de los Centros para alcanzar los objetivos del Cuadro de Mando de indicadores fijados para 2020, 1.260.000,00 euros.

Para los Centros de Investigación Cooperativa, CICs, 14.000.000,00 de euros, que a su vez se subdivide como a continuación se especifica:

Grado de adecuación al Modelo de Centro Orientado a Resultados, 13.580.000,00 euros.

Planes de Actuación de los Centros para alcanzar los objetivos del Cuadro de Mando de indicadores fijados para 2020, 420.000,00 euros.

Estos importes podrán ser modificados, teniendo en cuenta la cuantía total de las ayudas solicitadas y con carácter previo a la resolución de las mismas, en función de las disponibilidades presupuestarias no agotadas que resulten de la ejecución de otros programas de ayudas del Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras. En tal caso se dará publicidad mediante la correspondiente resolución de la Viceconsejera de Tecnología, Innovación y Competitividad.

Para la presente convocatoria 2018 los indicadores y pesos del Cuadro de Mando serán los recogidos en el Anexo III del Decreto 109/2015, de 23 de junio, por el que se regula y actualiza la composición de la Red de Ciencia, Tecnología e Innovación, para cada tipología de agente beneficiario, modificados por la Orden de 24 de marzo de 2017, de la Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras. Los objetivos de cumplimiento para el ejercicio 2018 se establecen en un 85% del cumplimiento de la meta marcada para 2020 para cada tipología de agente beneficiario.

  1. La solicitud deberá realizarse por medios electrónicos, según lo dispuesto en la Disposición Adicional de la Orden de 28 de julio de 2017, de la Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras, que modifica la Orden de 16 de septiembre de 2015, de la Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad reguladora del programa Emaitek Plus.

  2. La documentación a presentar por las entidades beneficiarias será la detallada en el artículo 12.3 de la Orden de 16 de septiembre de 2015, de la Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad, regula el programa de ayudas Emaitek Plus. En el caso de los apartados k y l abarcará el ámbito temporal del ejercicio 2018. La evaluación de la adecuación al modelo de centro orientado a resultados se realizará respecto al ejercicio 2017.

  3. El acceso a la solicitud y su cumplimentación se realizará exclusivamente través de la sede electrónica que se señala a continuación:

    http://www.industria.ejgv.euskadi.eus/r44-teletram/es/ (castellano).

    http://www.industria.ejgv.euskadi.eus/r44-teletram/eu/ (euskera).

  4. El plazo de presentación de solicitudes, se iniciará a las 09:00 horas del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del País vasco y finalizará a las 12:00 del día 28 de junio de 2018.

La presente Resolución surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.