Ayudas a la contratación, en el marco de la convocatoria de ayudas para acciones locales de promoción del empleo de Lanbide. Inguralde Barakaldo 2019

RESUMEN
Título:
Ayudas a la contratación, en el marco de la convocatoria de ayudas para acciones locales de promoción del empleo de Lanbide. Inguralde Barakaldo 2019
Objeto:
El objeto es regular el procedimiento de concesión de subvenciones, por parte del Ayuntamiento de Barakaldo a través de su Organismo Autónomo Inguralde, a empresas y entidades para favorecer la formalización de contratos de trabajo con trabajadores y trabajadoras por cuenta ajena, en el marco de la convocatoria de ayudas para acciones locales de promoción del empleo de Lanbide - Servicio Vasco de Empleo publicada en el «BOPV» de 20 de junio de 2018.
Dotación presupuestaria:
202.209,62 euros
Normativa de la convocatoria:
  • Extracto de la Resolución de Presidencia de Inguralde 0468/2018 (BOB N 245/2018)
    Extracto de la Resolución de Presidencia de Inguralde 0468/2018, de 13 de diciembre, por la que se aprueba la Convocatoria para la concesión de ayudas a la contratación, en el marco de la convocatoria de ayudas para acciones locales de promoción de empleo, de Lanbide Servicio Vasco de Empleo, «BOPV» de 20 de junio de 2018.
  • Aprobación definitiva de las Bases reguladoras de las ayudas a la contratación (BOB N 2018/2018)
    Aprobación definitiva de las Bases reguladoras de las ayudas a la contratación a conceder por el Ayuntamiento de Barakaldo, en el marco de la convocatoria de ayudas para acciones locales de Promoción de Empleo de Lanbide - Servicio Vasco de Empleo, «BOPV» de 20 de junio de 2018.
ORGANISMOS
Entidad convocante:
Inguralde
Órgano convocante:
Inguralde
Entidad resolutora:
Organismos, Entes y Sociedades Públicas
Contacto presencial:
C/Aldapa, 3 A 48901 Barakaldo
Contacto telefónico:
Teléfono:944 789 400 Fax: 944789404
TRAMITACIONES
Lugares de Presentación:
C/Aldapa, 3 A 48901 Barakaldo
Volver C/Aldapa, 3 A 48901 Barakaldo
Ayudas a la contratación, en el marco de la convocatoria de ayudas para acciones locales de promoción del empleo de Lanbide. Inguralde Barakaldo 2019
El objeto es regular el procedimiento de concesión de subvenciones, por parte del Ayuntamiento de Barakaldo a través de su Organismo Autónomo Inguralde, a empresas y entidades para favorecer la formalización de contratos de trabajo con trabajadores y trabajadoras por cuenta ajena, en el marco de la convocatoria de ayudas para acciones locales de promoción del empleo de Lanbide - Servicio Vasco de Empleo publicada en el «BOPV» de 20 de junio de 2018.
DIRIGIDO A
Colectivo beneficiario:
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas a la contratación, las personas físicas o jurídicas, de naturaleza privada, cualquiera que sea su forma jurídica, que formalicen contratos laborales con trabajadores y trabajadoras por cuenta ajena, con centro de trabajo y actividad económica en Barakaldo.
Todas las contrataciones, para ser objeto de ayuda deberán reunir las siguientes condiciones: En el momento de la contratación, la persona deberá estar desempleada y figurar inscrita como demandante de empleo en Lanbide-SVE y no estar dada de alta como trabajador/a en el Régimen General de la Seguridad Social, ni en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. Además, la persona a contratar debe estar empadronada en Barakaldo a fecha de publicación de la correspondiente convocatoria de las presentes ayudas. No serán objeto de subvención la contratación del cónyuge, descendientes y demás parientes que tengan relación de parentesco por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado inclusive, con la persona empresaria o con quienes tengan el control empresarial, ostenten cargos de dirección o sean miembros de los órganos de administración de las empresas que revistan la forma jurídica de sociedad. La duración mínima de los contratos será de 6 meses a jornada completa. Los contratos podrán ser de cualquier modalidad, a excepción del contrato para la formación y el aprendizaje y de prácticas. La contratación o contrataciones deberán suponer la creación neta de empleo sobre la plantilla media total existente en la empresa en los 3 meses inmediatamente anteriores a la incorporación de las personas cuyo contrato se subvencione. Solo podrán ser objeto de subvención las contrataciones cuya fecha de formalización esté comprendida en el periodo que se indique en la correspondiente convocatoria
PRESTACIÓN
Dotación:
202.209,62 euros
Límite:
La ayuda máxima será de 3.000 euros por contrato de trabajo a jornada completa de tres meses de duración y ayuda máxima de 6.000 euros por cada contrato de trabajo a jornada completa de duración igual o superior a seis meses, sin que la cuantía final de la misma pueda superar el 75% de los costes salariales y de Seguridad Social de las personas contratadas, incluidas las indemnizaciones por fin de contrato y la cuota de Seguridad Social con cargo a la empresa. En el caso de contratación a tiempo parcial o por una duración entre tres y seis meses, la ayuda será proporcional a la jornada y/o al tiempo trabajado. Dicha ayuda máxima se podrá incrementar hasta un máximo de 9.000 euros si, además, las personas contratadas pertenecen a algunos de los siguientes colectivos: personas perceptoras titulares o beneficiarias de RGI, menores de 35 años y personas que hayan estado inscritas como demandantes en Lanbide-SVE durante los 540 días anteriores a la contratación siempre que en ese periodo hayan estado en situación de desempleo, al menos, 360 días y personas desempleadas mayores de 55 años. La persona contratada deberá pertenecer a alguno de dichos colectivos con anterioridad a la fecha de contratación. En este caso, la cuantía final no podrá superar el 100% de los costes salariales y de Seguridad Social de las personas contratadas, incluidas las indemnizaciones por fin de contrato y la cuota de Seguridad Social con cargo a la empresa, hasta un límite máximo de 9.000,00 euros. En el caso de contratación a tiempo parcial o por una duración entre tres y seis meses, la ayuda será proporcional a la jornada y/o al tiempo trabajado. Todas las cuantías de subvención señaladas se incrementarán un 10% adicional cuando los contratos se celebren con mujeres en ocupaciones en las que su presencia respecto a los hombres sea inferior al 50%.
TRAMITES
De Solicitud y Aportación de Documentación
El trámite de "Solicitud y aportación de documentación", es el que inicia el procedimiento, para ello la persona interesada debe de presentar el formulario de solicitud correctamente cumplimentado dentro del plazo indicado de presentación de solicitudes
Trámite Solicitud
Trámite Solicitud:
Trámite Solicitud
Presencial
Formularios:
(Solicitud)
Formulario
Documentación:
  • 1. Documentación referida a la empresa o entidad: ¿ Instancia de solicitud debidamente cumplimentada y que estará disponible en la página web del Organismo Autónomo Municipal Inguralde (www.inguralde.com) ¿ Fotocopia de escrituras de constitución debidamente inscritas en el Registro Público que corresponda ¿ Fotocopia de número de Identificación fiscal. ¿ Fotocopia del DNI del representante legal y escritura de apoderamiento, en su caso. ¿ Certificado expedido por la Hacienda que corresponda que acredite el alta en el IAE y el último recibo del citado impuesto, cuando la empresa lleve a cabo actividades sujetas al mismo. En caso de estar exentos del pago, se deberá acreditar mediante declaración responsable. ¿ En su caso, fotocopia de solicitud de apertura de centro de trabajo en Barakaldo. ¿ En el caso de entidad sin personalidad jurídica, ésta habrá de estar dotada de un Número de Identificación Fiscal y deberá hacer constar los compromisos de ejecución de cada uno de sus miembros y el importe de la subvención que se aplicará a cada uno de ellos, adquiriendo así la condición de Beneficiarios. ¿ Certificados que acrediten el cumplimiento de las obligaciones tributarias (expedidas por la Hacienda que corresponda) y con la Seguridad Social, así como de carecer de deudas con el Ayuntamiento de Barakaldo. Estos certificados deberán ser de fecha posterior a la de publicación de la presente convocatoria. ¿ Declaración responsable de no hallarse incursa en ninguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (según modelo facilitado al efecto en la página web de Inguralde). ¿ Declaración responsable de cumplimiento de los requisitos de falta de parentesco respecto a las contrataciones para las que se solicita subvención (según modelo facilitado al efecto en la página web de Inguralde) ¿ Declaración responsable de existencia de otras ayudas (según modelo facilitado al efecto en la página web de Inguralde). ¿ Declaración responsable de creación neta de empleo (según modelo facilitado al efecto en la página web de Inguralde). ¿ Ficha de acreedor para el abono de la ayuda. 2. Documentación referida a la contratación: ¿ Fotocopia del contrato laboral y comunicación del mismo a Lanbide. ¿ Alta de la persona trabajadora en la Seguridad Social. ¿ Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social de plantilla media total existente en la empresa durante los tres meses inmediatamente anteriores a la fecha de incorporación de las personas cuyo contrato sea objeto de subvención. ¿ Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social de plantilla total existente en la empresa el día de incorporación de las personas cuyo contrato sea objeto de subvención. 3. Documentación referida a la persona contratada: ¿ Fotocopia del DNI de la persona contratada. ¿ Volante de empadronamiento de la persona trabajadora en Barakaldo. ¿ Informe de vida laboral de la persona contratada. ¿ Documento acreditativo de la situación de desempleo de la persona contratada (DARDE de Lanbide ¿ Servicio Vasco de Empleo) ¿ En su caso, documentación justificativa de que la persona contratada es titular de la percepción de RGI. ¿ En su caso, documentación justificativa de la condición de la persona contratada de ser una persona con diversidad funcional. ¿ En su caso, documentación justificativa de que la persona contratada es una mujer víctima de violencia de género.
Lugares de Presentación Lugares de Presentación
ESTADO CONVOCATORIA
Plazo de presentación:
08/01/2019 - 12/04/2019
Efectos del silencio:
Desestimatorios
Recurso contra la resolución:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:    .
  • Plazo de interposición: 1 mes.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto desestimatorio.
Recurso contra la desestimación por silencio:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:  .
  • Plazo de interposición: 3 meses.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto estimatorio.