Programa fomento del autoempleo. Asesoramiento para la creación y puesta en marcha de proyectos empresariales. 2019

RESUMEN
Título: 
Programa fomento del autoempleo. Asesoramiento para la creación y puesta en marcha de proyectos empresariales. 2019
Objeto: 
Las acciones objeto de subvención tendrán como objetivo la realización del plan de negocio.
Dotación presupuestaria: 
900.000,00 euros
Normativa de la convocatoria: 
  • DECRETO FORAL 34/2019, de 2 de abril (BOB N 67/2019)
    DECRETO FORAL 34/2019, de 2 de abril, de la Diputación Foral de Bizkaia, por el que se establecen las bases reguladoras y se aprueban las convocatorias de la concesión de subvenciones para el fomento del autoempleo y la creación de empresas por personas desempleadas y en riesgo de exclusión, del ejercicio 2019.
ORGANISMOS
Entidad convocante: 
Departamento de Empleo, Inclusión Social e Igualdad
Órgano convocante: 
Departamento de Empleo, Inclusión Social e Igualdad
Entidad resolutora: 
Diputación Foral Bizkaia
TRAMITACIONES
Programa fomento del autoempleo. Asesoramiento para la creación y puesta en marcha de proyectos empresariales. 2019
Las acciones objeto de subvención tendrán como objetivo la realización del plan de negocio.
DIRIGIDO A
Colectivo beneficiario: 
a) Centros de empleo y desarrollo local de carácter municipal del Territorio Histórico de Bizkaia, u organismos autónomos, empresas públicas u otras entidades de ellos dependientes o vinculadas. b) Fundaciones, asociaciones y otras entidades sin ánimo de lucro con domicilio social y fiscal en el Territorio Histórico de Bizkaia. Asimismo el centro de trabajo, radicará también en dicho territorio. c) Las entidades beneficiarias deberán acreditar una experiencia mínima contrastada de tres años en asesoramiento en gestión empresarial. Para ello las entidades deberán presentar una memoria explicativa de su experiencia en la que se detallen las actividades desarrolladas por las mismas.
PRESTACIÓN
Dotación: 
900.000,00 euros
Límite: 
La subvención máxima alcanzable por entidad solicitante y por el total de las acciones subvencionables presentadas ascenderá a 80.000 euros, en dicho importe se imputarán los gastos subvencionables soportados por la entidad para la realización de las dos fases previstas en el artículo 2, tanto la formación grupal como el asesoramiento individualizado.
TRAMITES
De Solicitud y Aportación de Documentación
El trámite de "Solicitud y aportación de documentación", es el que inicia el procedimiento, para ello la persona interesada debe de presentar el formulario de solicitud correctamente cumplimentado dentro del plazo indicado de presentación de solicitudes
Trámite Solicitud
Trámite Solicitud
Trámite Solicitud
Presencial
Documentación:
  • 1. Ficha de domiciliación bancaria. El número de cuenta reflejado en la misma deberá coincidir con la cumplimentada en la solicitud. Únicamente habrá de aportarse en el supuesto que haya variado dicha cuenta, o se desee dar de alta una cuenta nueva distinta de la aportada anteriormente. 2. Relación de proyectos asesorados por la entidad solicitante y puestos en marcha en el periodo comprendido entre 16 de septiembre de 2017 a 14 de septiembre de 2018, con la siguiente documentación: a) En el caso de que se trate de proyectos que no hubieran solicitado subvención a la sección 2.ª del Decreto Foral 39/2018, la entidad solicitante habrá de presentar en formato electrónico, el plan de negocio, y el certificado acreditativo, firmado por la persona promotora responsable de cada proyecto asesorado, en el que se especifique las horas de asesoramiento recibidas y el contenido de las mismas, así como las horas de formación recibidas. b) En el caso de que se trate de proyectos que hubieran solicitado subvención a la sección 2.ª del Decreto Foral 39/2018: 1) Y además, si la entidad solicitante a la sección 1.ª del decreto de bases hubiera incluído dicho proyecto en la justificación del Decreto 39/2018, únicamente se habrá de detallar la razón social y NIF de la empresa que hubiera solicitado subvención al Decreto Foral 39/2018 sección 2.ª, con el número de expediente administrativo asignado en dicho procedimiento. 2) Sin embargo, si la entidad solicitante no hubiera incluído dicho proyecto en la justificación del Decreto 39/2018, además de detallar la razón social y NIF de la empresa que hubiera solicitado subvención al Decreto Foral 39/2018 sección 2.ª, así como el número de expediente administrativo asignado en dicho procedimiento, habrá de aportar el certificado acreditativo, firmado por la persona promotora responsable de cada proyecto asesorado, en el que se especifique las horas de asesoramiento recibidas y el contenido de las mismas, así como las horas de formación recibidas. 3. En el caso de las personas promotoras de proyectos asesorados y puestos en marcha por la entidad solicitante en el período comprendido entre 16 de septiembre de 2017 a 14 de septiembre de 2018, que quieran acreditar la pertenencia del participante al colectivo de riesgo de exclusión, habrán de presentar certificado individualizado y actualizado emitido por la Diputación Foral de Bizkaia, o por cualquier otro órgano competente, que acredite la pertenencia, a alguno de los colectivos descritos en el artículo 7. 4. Memoria que contenga: a) Razones por las que se justifica la idoneidad de la acción propuesta. b) Descripción de la captación, perfil y selección de las personas promotoras. c) Metodología aplicada en la formación en gestión empresarial, por cada uno de los contenidos, y duración de los mismos. d) Metodología aplicada para la realización del plan de negocio, por cada uno de los contenidos, y duración de los mismos. e) Coherencia del plan de actuación presentado con los objetivos, líneas y acciones de la entidad solicitante. 5. Será requisito necesario para el otorgamiento de las ayudas, acreditar con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión, que se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y demás de derecho público y, en su caso, frente a la Seguridad Social y deudas por embargos pendientes que gestione el Departamento de Hacienda y Finanzas de la Diputación Foral de Bizkaia.
Lugares de Presentación Lugares de Presentación
Electrónico
Aplicaciones:
Oficina virtual
Solicitud


Electrónico
Aplicaciones:


ESTADO CONVOCATORIA
Plazo de presentación:
08/04/2019 - 03/05/2019
Efectos del silencio: 
Desestimatorios
Recurso contra la resolución:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor: 
  • Plazo de interposición: 1 mes
  • Plazo de resolución: 3 meses
  • Falta de resolución: Efecto desestimatorio
Recurso contra la desestimación por silencio:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor: 
  • Plazo de interposición: 3 meses
  • Plazo de resolución: 3 meses
  • Falta de resolución: Efecto estimatorio