Becas de especialización en control analítico de productos objeto de comercio exterior. 2018

RESUMEN
Título:
Becas de especialización en control analítico de productos objeto de comercio exterior. 2018
Objeto:
La finalidad de las becas es promover la formación y el perfeccionamiento técnico-profesional de titulados universitarios superiores, en materia de control analítico de calidad de productos agroalimentarios e industriales, para facilitar así su incorporación al mercado laboral.
Normativa de la convocatoria:
  • Extracto de la Resolución 6 de junio de 2018 (BOE N 150/2018)
    Extracto de la Resolución 6 de junio de 2018, de la Secretaría de Estado de Comercio, por la que se convocan becas de especialización en control analítico de productos objeto de comercio exterior.
Normativa reguladora:
  • Orden EIC/328/2017, de 30 de marzo (BOE N 87/2017)
    Orden EIC/328/2017, de 30 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de becas de especialización en control analítico de productos objeto de comercio exterior
ORGANISMOS
Entidad convocante:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Órgano convocante:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Entidad resolutora:
Gobierno Central
Contacto presencial:
Paseo. de la Castellana 160, C.P. 28046 Madrid
Contacto telefónico:
Teléfono: 901 200 901
TRAMITACIONES
Lugares de Presentación:
Paseo. de la Castellana 160, C.P. 28046 Madrid
Volver Paseo. de la Castellana 160, C.P. 28046 Madrid
Becas de especialización en control analítico de productos objeto de comercio exterior. 2018
La finalidad de las becas es promover la formación y el perfeccionamiento técnico-profesional de titulados universitarios superiores, en materia de control analítico de calidad de productos agroalimentarios e industriales, para facilitar así su incorporación al mercado laboral.
DIRIGIDO A
Colectivo beneficiario:
Podrán ser beneficiarios de las becas previstas en esta orden aquellas personas físicas que, teniendo plena capacidad de obrar y no estando inhabilitadas para la obtención de ayudas o subvenciones públicas reúnan los siguientes requisito
a) Poseer la nacionalidad española, la de un Estado miembro de la Unión Europea o la de un país signatario del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo. También podrán solicitar las becas los extranjeros residentes legalmente en España, de conformidad con las previsiones del artículo 9.3 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social. b) Estar en posesión del título de Grado o Licenciado en Ciencias Químicas, Biológicas, Farmacia, Veterinaria, Física, Ingenierías o cualquier otra titulación universitaria superior relacionada con las ciencias experimentales. Los títulos conseguidos en el extranjero o en centros españoles no estatales deberán estar convalidados o reconocidos. La convocatoria podrá establecer como requisito que el expediente académico del solicitante alcance un mínimo de nota media, especificando el baremo que haya de aplicarse para su cálculo. c) Haber concluido los estudios por los que se concurre a la beca en un plazo no superior a diez años anteriores a la fecha de convocatoria de las becas. d) Acreditar experiencia práctica de laboratorio, valorándose de manera especial la adquirida en las técnicas analíticas que en cada convocatoria se señalen, para los diferentes laboratorios recogidos en la misma. Se considerarán méritos específicos adicionales la realización de cursos formativos sobre técnicas analíticas, de cursos sobre calidad en los laboratorios, los conocimientos de inglés técnico y de informática a nivel de usuario. e) No haber sido beneficiario, ni serlo en el momento de la solicitud, ni haber renunciado a alguna de las becas de especialización en control analítico de productos objeto de comercio exterior de la Secretaría de Estado de Comercio en convocatorias anteriores. f) Los solicitantes, para obtener la condición de beneficiario, no podrán incurrir en ninguna de las causas de inhabilitación previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, de 17 de noviembre y, en particular, deberán estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
PRESTACIÓN
Límite:
Cada beca estará dotada con una cantidad máxima de 14.819,52 euros anuales brutos, siendo la asignación mensual de 1.234,96 euros brutos.
TRAMITES
De Solicitud y Aportación de Documentación
El trámite de "Solicitud y aportación de documentación", es el que inicia el procedimiento, para ello la persona interesada debe de presentar el formulario de solicitud correctamente cumplimentado dentro del plazo indicado de presentación de solicitudes
Trámite Solicitud
Trámite Solicitud:
Trámite Solicitud
Presencial
Documentación:
  • a) Certificación académica personal (original o copia compulsada). b) Documentación acreditativa de experiencia práctica de laboratorio, de experiencia en sistemas de calidad en laboratorios de ensayo y de cuantos méritos se aleguen (original o copia compulsada). c) Curriculum vitae del solicitante, con especial indicación de su cualificación en el campo de análisis de laboratorio (relación de estudios cursados, experiencia profesional y publicaciones o cursos realizados, etcétera).
Lugares de Presentación Lugares de Presentación
Electrónico
Aplicaciones:
Solicitud


Electrónico
Aplicaciones:


ESTADO CONVOCATORIA
Plazo de presentación:
22/06/2018 - 06/07/2018
Plazo de resolución:
El Tribunal de selección elevará la relación de seleccionados en el plazo máximo de dos meses desde la fecha de publicación en el «Boletín Oficial del Estado» a la Subdirección General de Inspección, Certificación y Asistencia Técnica del Comercio Exterior.
Efectos del silencio:
Desestimatorios
Recurso contra la resolución:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:    .
  • Plazo de interposición: 1 mes.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto desestimatorio.
Recurso contra la desestimación por silencio:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:  .
  • Plazo de interposición: 3 meses.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto estimatorio.