Fecha de publicación: 29/06/2012

Ante la proliferación en nuestro entorno de ofertas domiciliarias supuestamente terapéuticas

Kontsumobide recomienda prudencia al comprar productos o servicios de venta domiciliaria

Ante la proliferación en nuestro entorno de casos de venta a domicilio de productos con supuestas propiedades terapéuticas (colchones, almohadas, gafas, joyas, máquinas de magnetoterapia…) y en cuya publicidad se utilizan distintivos que pretenden hacer creer que están recomendados por organismos públicos como Osakidetza, el Instituto Vasco de Consumo, Kontsumobide, hace una llamada a extremar la prudencia y la precaución de los ciudadanos y ciudadanas de la CAPV a la hora de adquirir productos o contratar servicios a través de esta modalidad comercial.

Así, Kontsumobide recuerda algunos consejos básicos antes de adquirir cualquier tipo de producto o servicio por esta vía.

 

CONSEJOS GENERALES

  • Ser crítico y no dejarse arrastrar por reclamos publicitarios.
  • Asegurarse de la identidad de la persona que le está intentando vender el producto. Comprobar que realmente trabaja en la empresa a la que dice representar.
  • Antes de firmar un contrato, leerlo con tranquilidad.
  • Desconfiar de un contrato en el que sólo consta como dirección postal un apartado de correos.
  • Preguntar e informarse sobre la posibilidad de cambiar el producto, ya que, de no hacerlo, el mismo sólo puede ser devuelto en el caso de que resulte defectuoso.
  • Guardar todos los justificantes de pago. Son necesarios para la aplicación de la garantía del producto o servicio adquirido, y también para realizar cualquier futura reclamación.
  • RECUERDE: la publicidad siempre es vinculante y, por tanto, es conveniente guardar siempre el documento publicitario, ya que puede servir como prueba ante posibles incumplimientos.

 

DOCUMENTO DE DESESTIMIENTO

  • Es importante saber que además de una copia del contrato, deben de entregarle el llamado documento de desistimiento, es decir, un documento para dejar sin efecto el contrato suscrito, en el que conste expresamente el derecho a desistir del contrato, los requisitos y las consecuencias de su ejercicio. Este último documento también ha de ser fechado y firmado por la persona consumidora.
  • En la venta a domicilio, el plazo para ejercer el derecho de desistimiento es de siete días naturales, que empiezan a contar desde la recepción del documento de desistimiento (si éste es posterior a la entrega del producto contratado) o a la celebración del contrato (si su objeto es la prestación de servicios).
  • Si se desiste del contrato, la empresa o persona vendedora deberá devolverle la suma de dinero aportada en el plazo máximo de 30 días, sin gastos. Si la empresa excediera dicho plazo, se podría reclamar el doble.
  • Si el contrato ha sido financiado con un crédito y el desistimiento se hace dentro del plazo establecido con anterioridad, quedará rescindido sin penalización.
  • La persona consumidora deberá acreditar el ejercicio del derecho de desistimiento, por ejemplo, mediante burofax. Se considerará válidamente ejercitado mediante el envío del documento de desistimiento o mediante la devolución de los productos recibidos.
  • Ejercitar el derecho de desistimiento no implicará gasto alguno para la persona consumidora y usuaria. A estos efectos, se considerará lugar de cumplimiento el lugar donde ésta haya recibido la prestación. Los gastos de devolución del producto correrán a cargo de la persona consumidora sólo cuando  haya sido informada en tal sentido y así conste en el contrato.