Ayudas a la edición de publicaciones periódicas
Es objeto de esta modalidad conceder ayudas para financiar la edición de publicaciones periódicas de carácter científico-sanitario durante el año 2012.
A la financiación de esta línea de subvenciones se destinará la cantidad de 21.176 €
- ORDEN de 30 de Mayo de 2012 (BOPV N 127/2012)
ORDEN de 30 de Mayo de 2012, del Consejero de Sanidad y Consumo, por la que se convocan ayudas a Asociaciones sin ánimo de lucro que desarrollen su labor en el ámbito de la salud, entidades científicas de especialidades sanitarias sin ánimo de lucro y Colegios oficiales de profesionales de la salud, para su funcionamiento y actividades de formación.
En base a el artículo 28 párrafo primero del Decreto 21/2012 la solicitud para cualquiera de las modalidades contempladas en esta orden, deberá ser presentada por vía telemática.
Dirección de Gestión del Conocimiento y Evaluación:
- Virginia Eguren 945.019242
La Administración Pública del país Vasco pone a disposición de la ciudadanía el teléfono 012.
- Horario de atención telefónica:
El servicio de atención a la ciudadanía del Gobierno dispondrá de horarios ininterrumpidos de atención telefónica de lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
- Número de Teléfono:
Desde el País Vasco: 012
Desde fuera del País Vasco: 945 018000
Desde el extranjero: 00 34 945 018000
Dirección de Gestión del Conocimiento y Evaluación del Departamento de Sanidad y Consumo del Gobierno Vasco:
- Edificio Lakua II - Planta 4ª
C/ Donostia-San Sebastian, 1
01010 Vitoria-Gasteiz
Zuzenean - Atención Ciudadana
- Bilbao:
Gran Vía, 85
48011 Bilbao, (Bizkaia)
- Donostia- San Sebastián:
Andía, 13
20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
- Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
Ramiro Maeztu, 10 bajo
01008 Vitoria-Gasteiz, (Ãlava)
Horario de atención al público
De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
Otros Lugares de Presentación de solicitudes:
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
Dirección de Gestión del Conocimiento y Evaluación del Departamento de Sanidad y Consumo del Gobierno Vasco:
- Edificio Lakua II - Planta 4ª
C/ Donostia-San Sebastian, 1
01010 Vitoria-Gasteiz
Zuzenean - Atención Ciudadana
- Bilbao:
Gran Vía, 85
48011 Bilbao, (Bizkaia)
- Donostia- San Sebastián:
Andía, 13
20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
- Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
Ramiro Maeztu, 10 bajo
01008 Vitoria-Gasteiz, (Ãlava)
Horario de atención al público
De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
Otros Lugares de Presentación de solicitudes:
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
Ayudas para financiar la edición de publicaciones periódicas de carácter científico-sanitario durante el año 2012.
Asociaciones sin ánimo de lucro que desarrollen su labor preferentemente en el ámbito de la salud, los Colegios oficiales de profesionales sanitarios y las Entidades científicas de especialidades sanitarias sin ánimo de lucro.
- No hallarse la entidad solicitante, sancionada administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de ayudas o subvenciones públicas o no estar incursas en alguna prohibición legal que inhabilite para ello.
- Tener su domicilio oficial en la CAPV.
- Estar legalmente constituida y registrada en el correspondiente registro de la Comunidad Autónoma Vasca.
21.176 €
-
El 50% de la totalidad de la ayuda en el momento de la concesión. El 50% restante al enviar la documentación justificativa requerida en la Orden de Convocatoria.
El formulario de solicitud, enlaza directamente con la tramitación electrónica. Para ello, le pedirá que se identifique con un certificado electrónico:
- Para Personas Físicas: DNIe, ONA, Certificado de Ciudadano
- Para Personas Jurídicas: Certificado de entidad
Es necesario tener cumplimentados los documentos que vaya a tener que aportar antes de iniciar la tramitación del formulario de solicitud, así como cumplimentar otros formularios si fuera necesario y guardarlos en su ordenador.
Junto al formulario de solicitud, debe aportar la siguiente documentación específica.
- Anexo a la solicitud (Anexo II).
Anexo a la solicitud de ayuda para la edición de publicaciones periódicas. - Presupuesto de ingresos y gastos (Anexo III).
Presupuesto de ingresos y gastos para el año en curso. - Balance económico de la revista en el 2011 (Anexo IV)
- Balance económico de la revista en el 2011.
Instrucciones para la aportación de documentación.
Instrucciones para la aportación de documentación-solicitud canal electrónico.
En este apartado, se le facilitan formularios para cada trámite que tenga que realizar siempre que haya escogido continuar el procedimiento por canal presencial.
En caso, de haber escogido el canal electrónico, los trámites se realizan a través de "Mis Gestiones" previa identificación con un certificado electrónico..
A los efectos de justificación por parte de los beneficiarios del cumplimiento de la finalidad para la que se concedió la subvención y de la aplicación de los fondos percibidos, las entidades deberán presentar, antes del 28 de febrero de 2013, la siguiente documentación:
- Ejemplar de cada número de la revista publicado en el año 2012.
- Balance y cuenta de resultados con el visto bueno del representante legal de la entidad. Dicho balance deberá ser presentado utilizando el siguiente formulario rellenable.
- Facturas del total de gastos generados por la edición de la publicación durante el año, salvo que en las resoluciones de concesión se determinen los conceptos para cuyo pago va dirigida la ayuda, en cuyo caso sólo deberán presentarse las facturas relativas a dichos gastos.
Este trámite deberá de realizarse utilizando la opción correspondiente "Adjuntar Documentación" en el trámite de Justificación de "Mis gestiones" dentro de la sede electrónica del Gobierno Vasco.
En este apartado, se le facilitan formularios para cada trámite que tenga que realizar siempre que la persona solicitante haya escogido continuar el procedimiento por canal presencial.
En caso, de haber escogido el canal electrónico, estos trámites se realizan a través de Mis Gestiones previa identificación con un certificado electrónico
Fecha límite de aportación de solicitudes: 30/07/2012
Tres meses desde el día siguiente a la publicación de la Convocatoria en el BOPV.
- Modelo de recurso: Recurso de Alzada
- Órgano resolutor: Consejero/a de Sanidad y Consumo.
- Plazo de interposición: 1 mes.
- Plazo de resolución: 3 meses.
- Falta de resolución: Efecto desestimatorio.
- Modelo de recurso: Recurso de Alzada
- Órgano resolutor: Consejero/a de Sanidad y Consumo.
- Plazo de interposición: 3 meses.
- Plazo de resolución: 3 meses.
- Falta de resolución: Efecto estimatorio.