Ayudas a la inversión en capital para promover la modernización, innovación y adaptación tecnológica de las industrias culturales. 2012

RESUMEN
Título:
Ayudas a la inversión en capital para promover la modernización, innovación y adaptación tecnológica de las industrias culturales. 2012
Objeto:
a) Favorecer la materialización de proyectos que promuevan la modernización, innovación y adaptación tecnológica de las industrias culturales y creativas, que sean económicamente identificables y diferenciables dentro de la actividad de la empresa y que se dirijan a la producción y/o distribución de bienes de uso y difusión cultural mediante plataformas en línea. b) Promover las inversiones materiales o inmateriales en el desarrollo de un producto cultural con un alto impacto tecnológico. c) Favorecer la materialización de proyectos que promuevan e incrementen la oferta legal de contenidos culturales en Internet mejorando el acceso de los ciudadanos a los mismos, con pleno respeto a la normativa vigente en materia de propiedad intelectual. d) Fomentar la digitalización de contenidos culturales y su difusión internacional.
Dotación presupuestaria:
5.375.000,00 €
Normativa de la convocatoria:
  • Resolución de 29 de mayo de 2012, (BOE N 144/2012)
    Resolución de 29 de mayo de 2012, de la Secretaría de Estado de Cultura, por la que se convocan las ayudas a la inversión en capital para incrementar la oferta legal de contenidos digitales culturales en Internet y para promover la modernización e innovación de las industrias culturales y creativas, correspondientes al año 2012.
Normativa reguladora:
  • Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre (BOE N 175/2010)
    Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva del Ministerio de Cultura y de sus organismos públicos.
ORGANISMOS
Entidad convocante:
Ministerio de Cultura
Órgano convocante:
Ministerio de Cultura
Entidad resolutora:
Gobierno Central
Contacto presencial:
Plaza del Rey, 1. 28004 Madrid
Contacto telefónico:
Teléfonos: 91 701 74 81 - 902 55 55 00. Fax: 91 701 73 52
TRAMITACIONES
Lugares de Presentación:
Plaza del Rey, 1. 28004 Madrid
Volver Plaza del Rey, 1. 28004 Madrid
Ayudas a la inversión en capital para promover la modernización, innovación y adaptación tecnológica de las industrias culturales. 2012
a) Favorecer la materialización de proyectos que promuevan la modernización, innovación y adaptación tecnológica de las industrias culturales y creativas, que sean económicamente identificables y diferenciables dentro de la actividad de la empresa y que se dirijan a la producción y/o distribución de bienes de uso y difusión cultural mediante plataformas en línea. b) Promover las inversiones materiales o inmateriales en el desarrollo de un producto cultural con un alto impacto tecnológico. c) Favorecer la materialización de proyectos que promuevan e incrementen la oferta legal de contenidos culturales en Internet mejorando el acceso de los ciudadanos a los mismos, con pleno respeto a la normativa vigente en materia de propiedad intelectual. d) Fomentar la digitalización de contenidos culturales y su difusión internacional.
DIRIGIDO A
Colectivo beneficiario:
Podrán ser beneficiarios de las ayudas de referencia los profesionales inscritos en el Régimen Especial de trabajadores autónomos y las empresas de nacionalidad española o de cualquier Estado miembro de la Unión Europea, o de los Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo que, independientemente de su forma jurídica, se dediquen a la producción, distribución y/o comercialización de bienes culturales en los siguiente ámbitos: artes escénicas, artes visuales, patrimonio cultural, cine, televisión, radio, videojuegos y artes interactivas, nuevos medios de comunicación, música, libros, prensa, arquitectura, diseño, diseño gráfico, diseño de moda y publicidad.
PRESTACIÓN
Dotación:
5.375.000,00 €
TRAMITES
De Solicitud y Aportación de Documentación
El trámite de "Solicitud y aportación de documentación", es el que inicia el procedimiento, para ello la persona interesada debe de presentar el formulario de solicitud correctamente cumplimentado dentro del plazo indicado de presentación de solicitudes
Trámite Solicitud
Trámite Solicitud:
Trámite Solicitud
Presencial
Documentación:
  • a) En el caso de personas físicas (autónomos) y en el supuesto de que no se preste el consentimiento –punto VIII del anexo I– para la comprobación de datos, a través del sistema de verificación de datos (Real Decreto 552/2006, de 28 de abril), el solicitante aportará copia del Documento Nacional de Identidad o del Número de Identificación de Extranjero (NIE). Asimismo deberán presentar el último recibo, a fecha de publicación de esta convocatoria, que acredite el pago en el Régimen Especial de trabajadores autónomos. b) Los solicitantes sin residencia fiscal en España presentarán en todo caso copia del pasaporte. c) En el caso de empresas, copia de la tarjeta del Número de Identificación Fiscal de la entidad (NIF), acta fundacional, estatutos y certificación de la inscripción en el registro correspondiente. d) En el caso de personas físicas (Autónomos), deberá aportarse declaración de ingresos en IRPF mediante el régimen elegido en Estimación Directa (modelo 130 trimestral o modelo D-100 declaración anual). e) En el caso de empresas, deberá aportar la declaración del Impuesto de Sociedades mediante el modelo 200. f) Declaración responsable del solicitante (en el caso de personas físicas) o del representante legal (en el caso de empresas) –punto X del anexo I o punto IX del anexo II– de no estar incurso en ninguna de las causas de incompatibilidad o prohibición para obtener subvenciones, ni tener obligación por reintegro de subvenciones, según lo establecido en el artículo 13 de la LGS y en el artículo 25 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en lo sucesivo RLGS). g) Aquella otra documentación que se exige en el formulario de solicitud, en concreto deberá firmarse la Declaración responsable de ayudas de minimis.
Lugares de Presentación Lugares de Presentación
ESTADO CONVOCATORIA
Plazo de presentación:
17/06/2012 - 16/07/2012
Plazo de resolución:
El Secretario de Estado de Cultura dictará la resolución de concesión de estas ayudas, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» dentro del plazo de seis meses desde el día siguiente a la publicación de la presente resolución.
Efectos del silencio:
Desestimatorios
Recurso contra la resolución:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:    .
  • Plazo de interposición: 1 mes.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto desestimatorio.
Recurso contra la desestimación por silencio:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:  .
  • Plazo de interposición: 3 meses.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto estimatorio.