Subvención para actividades destinadas a la promoción entre niños y niñas, y jóvenes, de la lectura y del uso de los servicios de sus bibliotecas públicas integradas en la Red de Lectura Pública de Euskadi.

RESUMEN
Título:
Subvención para actividades destinadas a la promoción entre niños y niñas, y jóvenes, de la lectura y del uso de los servicios de sus bibliotecas públicas integradas en la Red de Lectura Pública de Euskadi.
Objeto:

La presente Orden regula, para el ejercicio 2012, la concesión de subvenciones a ayuntamientos y a entidades locales competentes o con funciones atribuidas en materia de bibliotecas públicas municipales de la Comunidad Autónoma de Euskadi, para actividades destinadas a la promoción entre niños y niñas, y jóvenes, de la lectura y del uso de los servicios de sus bibliotecas públicas integradas en la Red de Lectura Pública de Euskadi.

Dotación presupuestaria:

176.616,00 euros.

Normativa de la convocatoria:
  • ORDEN de 27 de junio de 2012 (BOPV N 125/2012)

    Por Ley 11/2007, de 26 de octubre, de Bibliotecas de Euskadi, se crea la Red de Lectura Pública de Euskadi, a la que corresponde, entre otras funciones, el establecimiento de programas de ayudas y servicios a las Bibliotecas, principalmente para la organización de redes informáticas, campañas de fomento de la lectura y uso de las bibliotecas y dotación de fondos, o de otra naturaleza.

    Por otra parte, el Decreto 45/2011, de 22 de marzo, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Cultura, determina que es competencia del Servicio de Bibliotecas desarrollar y acometer las funciones que correspondan a la Red de Lectura Pública de Euskadi, así como el diseño de las medidas de promoción de la lectura bibliotecaria.

    Es este sentido, y en el convencimiento de que la afición a los libros y el hábito de utilizar las bibliotecas se adquieren más fácilmente durante la infancia y la juventud, el Departamento de Cultura considera prioritario atender especialmente las necesidades de este tipo de población.

ORGANISMOS
Entidad convocante:
Cultura
Órgano convocante:
Dirección de Patrimonio Cultural
Entidad resolutora:
Cultura
Órgano resolutor:
Viceconsejería de Cultura, Juventud y Deportes
Contacto presencial:

Oficinas de atención al público:

  • Bilbao:
    Gran Vía, 85
    48011 Bilbao, (Bizkaia)
  • Donostia- San Sebastián:
    Andía, 13
    20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
  • Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
    Ramiro Maeztu, 10 bajo
    01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)

Horario de atención al público:

  • De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
Contacto telefónico:

La Administración Pública del país Vasco pone a disposición de la ciudadanía el teléfono 012.

  • Horario de atención telefónica:
    El servicio de atención a la ciudadanía del Gobierno dispondrá de horarios ininterrumpidos de atención telefónica de lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
  • Número de Teléfono:
    Desde el País Vasco: 012
    Desde fuera del País Vasco: 945 018000
    Desde el extranjero: 00 34 945 018000
  • Servicio de Bibliotecas: 945 019471
TRAMITACIONES
Lugares de Presentación:
Zuzenean - Atención Ciudadana
  • Bilbao:
    Gran Vía, 85
    48011 Bilbao, (Bizkaia)
  • Donostia- San Sebastián:
    Andía, 13
    20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
  • Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
    Ramiro Maeztu, 10 bajo
    01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)
Horario de atención al público
De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.

Otros Lugares de Presentación de solicitudes:
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
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  • Bilbao:
    Gran Vía, 85
    48011 Bilbao, (Bizkaia)
  • Donostia- San Sebastián:
    Andía, 13
    20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
  • Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
    Ramiro Maeztu, 10 bajo
    01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)
Horario de atención al público
De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.

Otros Lugares de Presentación de solicitudes:
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
Subvenciones a ayuntamientos de la CAE, para actividades destinadas a la promoción entre niños y niñas y jóvenes de la lectura y del uso de los servicios de sus bibliotecas.

La presente Orden regula, para el ejercicio 2012, la concesión de subvenciones a ayuntamientos y a entidades locales competentes o con funciones atribuidas en materia de bibliotecas públicas municipales de la Comunidad Autónoma de Euskadi, para actividades destinadas a la promoción entre niños y niñas, y jóvenes, de la lectura y del uso de los servicios de sus bibliotecas públicas integradas en la Red de Lectura Pública de Euskadi.

DIRIGIDO A
Colectivo beneficiario:

Podrán acogerse a las ayudas establecidas en la presente Orden, los ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Euskadi titulares de biblioteca/s pública/s y las Entidades Locales competentes o con funciones atribuidas en materia de bibliotecas públicas municipales de la Comunidad Autónoma de Euskadi, cuyas bibliotecas estén integradas o hayan realizado solicitud de ingreso en la Red en Línea de Lectura Pública de Euskadi, antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

No podrán acceder a las ayudas las entidades sancionadas penal o administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, o que se hallen incursas en alguna prohibición legal que inhabilite para ello.

Igualmente, no podrán concurrir a las ayudas reguladas en la presente Orden, durante el periodo que establezca la correspondiente sanción, aquellas personas físicas o jurídicas sancionadas administrativa o penalmente por incurrir en discriminación por razón de sexo, ni las sancionadas con esta prohibición en virtud de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.

La concesión y, en su caso, el pago de las subvenciones y ayudas a los beneficiarios de éstas quedarán condicionados a la terminación de cualquier procedimiento de reintegro o sancionador que, habiéndose iniciado en el marco de ayudas o subvenciones de la misma naturaleza concedidas por la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus organismos autónomos, se halle todavía en tramitación.
 

 


1. Las solicitudes incluirán la posibilidad de que la entidad solicitante de la ayuda consienta expresamente que el resto de los datos o documentos sean obtenidos o verificados por el órgano gestor, tanto cuando utilice el canal presencial como el electrónico, sin perjuicio de las facultades de comprobación, control e inspección que tiene atribuidas la Administración Pública.

2. En aplicación del Decreto Legislativo 1/ 1997, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco, mediante una declaración responsable, incluida en la solicitud, se acreditarán, las siguientes obligaciones:

- Comunicar la solicitud y, en su caso, la obtención de subvenciones, ayudas, ingresos u otros recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o entes tanto públicos como privados.
- No estar incursa/o o haber terminado cualquier procedimiento de reintegro o sancionador.
- No hallarse la persona o entidad solicitante sancionada administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de ayudas o subvenciones públicas o no estar incursas en alguna prohibición legal que inhabilite para ello.
- Así mismo, la entidad solicitante manifiesta que son ciertos los datos contenidos en la solicitud y documentación que le acompaña y que cumple con los requisitos establecidos en la normativa vigente para ser beneficiario/a de estas ayudas.

3. En caso de no estar registrado o querer modificar los datos bancarios existentes en el Registro de Terceros del Departamento de Economía y Hacienda:
- por canal presencial: formulario según modelo establecido en http://www.euskadi.net/r33-2288/es/contenidos/autorizacion/alta_terceros/es_7999/alta_terceros.html

- Por canal electrónico: http://www.ogasun.ejgv.euskadi.net/r51-341/es/contenidos/autorizacion/alta_terceros/es_7999/adjuntos/alta%20de%20TERCERO.pdf

PRESTACIÓN
Dotación:

176.616,00 euros.

Forma de pago:

El pago de las subvenciones que se concedan se efectuará mediante un único libramiento una vez acreditada la efectiva materialización de la actuación subvencionada, su adecuación a la finalidad a la que se destina, así como el montante total de su costo.

TRAMITES
De Solicitud y Aportación de Documentación
El trámite de "Solicitud y aportación de documentación", es el que inicia el procedimiento, para ello la persona interesada debe de presentar el formulario de solicitud correctamente cumplimentado dentro del plazo indicado de presentación de solicitudes
De solicitud y Aportación de Documentación
De solicitud y Aportación de Documentación:
Solicitud de subvención a ayuntamientos y a entidades locales competentes o con funciones atribuidas en materia de bibliotecas públicas municipales de la Comunidad Autónoma de Euskadi, para actividades destinadas a la promoción entre niños y niñas, y jóvenes, de la lectura y del uso de los servicios de sus bibliotecas públicas integradas en la Red de Lectura Pública de Euskadi.
Presencial
Formularios:
Solicitud de subvención (Solicitud)

Deberá de implementarse el impreso de solicitud junto con el certificado que ofrece información relativa a otras ayudas.

Certificado de otras ayudas (Doc. Ayuda)

Certificado que reconoce la recepción de otras ayudas con el mismo objeto y finalidad.

Lugares de Presentación Lugares de Presentación
Electrónico
Aplicaciones:
Solicitud telemática

Junto la solicitud telemática deberá de acreditarse el certificado correspondiente a otras ayudas.



Electrónico
Aplicaciones:


Específicos de la Subvención
Los trámites específicos son los que, dependiendo del tipo de procedimiento de ayuda de que se trate, la persona interesada tiene que realizar a lo largo de la vida de su expediente cuando la administración se lo solicita.
En este apartado, se le facilitan formularios para cada trámite que tenga que realizar siempre que haya escogido continuar el procedimiento por canal presencial.
En caso, de haber escogido el canal electrónico, los trámites se realizan a través de "Mis Gestiones" previa identificación con un certificado electrónico..
Justificación
Justificación:
Justificación de los gastos realizados en las actividades subvencionadas.
Presencial
Formularios:
Justificación del gasto realizado (Doc. Ayuda)

Justificación del gasto realizado en las actividades subvencionadas a presentar junto a la memoria justificativa.

Memoria justificativa (Doc. Ayuda)

Memoria justificativa a entregar junto con el formulario de justificación del gasto realizado.

Lugares de Presentación Lugares de Presentación
Electrónico
Aplicaciones:
Justificación telemática

Informa acerca de la actividad subvencionada una vez realizada. Las gestiones se llevarán a cabo en el el portal "Mis gestiones", una vez identificado mediante certificado electrónico.

A continuación se adjuntan los documentos a cumplimentar:

-Justificación del gasto realizado.

-Memoria justificativa.



Comunes de la Subvención
Los trámites comunes, no son obligados, y la persona interesada puede realizarlos a lo largo de la vida de su expediente por iniciativa propia o cuando la administración le comunica que tiene esa opción.
En este apartado, se le facilitan formularios para cada trámite que tenga que realizar siempre que la persona solicitante haya escogido continuar el procedimiento por canal presencial.
En caso, de haber escogido el canal electrónico, estos trámites se realizan a través de “Mis Gestiones” previa identificación con un certificado electrónico
Aportación de Documentación
Aportación de Documentación:
El/La interesado/a deberá de presentar, para la aportación de documentos requeridos por la administración o que el/la propio/a interesado/a estime conveniente aportar el siguiente formulario indicando los documentos que adjunta.
Presencial
Formularios:
Aportación de Documentación (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para la aportación de documentos requeridos por la administración.
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Ampliación de Plazo
Ampliación de Plazo:
Cuando la solicitud de iniciación no reúna los requisitos exigidos en la normativa específica de convocatoria requerirá al/a interesado/a para que en un plazo de diez días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos. El/La interesado/a, siempre y cuando no sea un procedimiento de concurrencia competitiva, puede solicitar la ampliación del plazo para la subsanación o la aportación de los documentos requeridos presentando el siguiente formulario cumplimentado. Este plazo puede ser ampliado en cinco días siempre y cuando la aportación de los documentos presente dificultades especiales.
Presencial
Formularios:
Ampliación de Plazo (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para solicitar la ampliación de plazo de subsanación.
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Modificación Datos Notificación
Modificación Datos Notificación:
El/La interesado/a puede modificar sus datos personales de notificación en este procedimiento rellenando el formulario adjunto en el que indicará el canal por el que desea recibir las notificaciones y el idioma.
Presencial
Formularios:
Modificación Datos Notificación (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para solicitar la modificación de datos personales de notificación en el procedimiento.
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Desistimiento
Desistimiento:
El/La Interesado/a tendrá derecho a desistir de su solicitud una vez realizada la misma, en cualquier momento hasta que haya sido dictada la resolución. El desistimiento no impide al/a interesado/a seguir conservando los derechos que le amparan que podrá hacer valer, si lo desea, en otro procedimiento.
Presencial
Formularios:
Desistimiento (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para solicitar desistimiento de su solicitud
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Aceptación de la Ayuda
Aceptación de la Ayuda:
Si el/la interesado/a está conforme con la ayuda concedida puede aceptarla cumplimentando el formulario que se le facilita. En este caso, la Administración continuará, una vez recepcionada la aceptación, con los trámites necesarios para el pago de la ayuda.
Presencial
Formularios:
Aceptación de la Ayuda (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para la aceptación de la ayuda concedida.
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Renuncia
Renuncia:
El/La Interesado/a tendrá derecho a renunciar a la continuación del procedimiento o a la ayuda solicitada, una vez dictada la resolución de la misma, si bien, el/la interesado/a que renuncia, pierde los derechos que le amparan.
Presencial
Formularios:
Renuncia (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para solicitar la renuncia respecto a la continuación del procedimiento o ayuda solicitada.
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Recurso Alzada
Recurso Alzada:
El recurso de alzada es un recurso de carácter administrativo a través del cual se busca que un órgano administrativo revise un acto dictado por otro órgano dependiente jerárquicamente de él, buscando que enmiende conforme a Derecho el acto del órgano inferior.
Presencial
Formularios:
Recurso Alzada (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para la interposición de recurso de alzada
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
ESTADO CONVOCATORIA
Plazo de presentación:
28/06/2012 - 27/07/2012
Fecha límite de presentación:

27 de julio de 2012.

Plazo de resolución:

Seis meses a partir desde el día siguiente a la publicación de la presente Orden en el BOPV.

Efectos del silencio:
Desestimatorios
Recurso contra la resolución:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:    Consejería de Cultura.
  • Plazo de interposición: 1 mes.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto desestimatorio.
Recurso contra la desestimación por silencio:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:  Consejería de Cultura.
  • Plazo de interposición: 3 meses.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto estimatorio.