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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 64, viernes 4 de abril de 2008


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Otras Disposiciones

Industria, Comercio y Turismo
1945

RESOLUCIÓN de 7 marzo de 2008, de la Viceconsejera de Turismo, por la que se hace pública la convocatoria de concesión de ayudas, dentro del marco establecido por la Orden de 11 de junio de 2003, del Consejero de Industria, Comercio y Turismo, por la que se desarrolla el Programa Gauzatu-Turismo, de ayudas a la inversión y a la creación de empresas de especial interés estratégico para el desarrollo turístico, para el ejercicio 2008.

La Orden de 11 de junio de 2003, del Consejero de Industria, Comercio, y Turismo, regula el Programa Gauzatu-Turismo de ayudas a la inversión y a la creación de empresas de especial interés estratégico para el desarrollo turístico (BOPV n.º 128, de 1 de julio de 2003). Esta Orden fue modificada por otra de 3 de mayo de 2005, de la Consejera de Industria, Comercio y Turismo (BOPV n.º 96, de 24 de mayo de 2005).

Los recursos económicos destinados a la concesión de las citadas ayudas procederán de las correspondientes partidas presupuestarias establecidas en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi, cuya regulación, para el presente ejercicio, se establece en la Ley 15/2007, de 28 de diciembre.

De conformidad a lo establecido en el artículo 12 de la citada Orden, procede realizar la convocatoria de las ayudas que en el mismo se establecen, para el ejercicio 2008, dictando a tal objeto las normas necesarias.

Por lo expuesto, en virtud de la facultad establecida en el citado artículo 12 de la Orden de referencia,

DISPONGO:

Artículo 1.– Objeto.

1.– Es objeto de la presente Resolución, la convocatoria para el ejercicio 2008 de las ayudas, bajo la forma de anticipos reintegrables, previstas en la Orden por la que se regula el Programa Gauzatu-Turismo, de ayudas a la inversión y a la creación de empresas de especial interés estratégico para el desarrollo turístico.

2.– Para este fin se concederá una cuantía total de ayudas de 4.000.000 de euros, soportada financieramente con cargo a los créditos asignados en los presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2008.

El volumen total de ayudas a conceder con cargo a la presente convocatoria, no podrá superar el importe consignado en este artículo o el que resulte de su actualización, conforme al régimen de vinculación crediticia o de modificación presupuestaria previsto en la legislación vigente. No procederá por tanto la concesión de nuevas ayudas una vez agotado dicho importe, suspendiéndose a partir de ese momento la eficacia de la presente disposición. En su caso, de ambas circunstancias se dará publicidad mediante resolución de la Viceconsejera de Turismo.

Artículo 2.– Requisitos.

Los solicitantes, para poder acceder a las ayudas previstas en la Orden por la que se regula el Gauzatu-Turismo, de ayudas a la inversión y a la creación de empresas de especial interés estratégico para el desarrollo turístico, deberán reunir los requisitos establecidos en el artículo 3 de la Orden de referencia.

Artículo 3.– Solicitudes y plazo.

1.– Asimismo, deberán presentar las solicitudes y demás documentación complementaria en la Sociedad para la Promoción y Reconversión Industrial, S.A. (SPRI), cuyas dependencias se encuentran en Bilbao, c/ Alameda Urquijo 36 - Edif. Plaza Bizkaia, 4.ª planta, o en los lugares especificados en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

2.– El plazo de presentación de solicitudes se iniciará a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución de convocatoria en el Boletín Oficial del País Vasco y, en tanto no se haya agotado el crédito consignado al efecto, finalizará el 15 de mayo de 2008.

DISPOSICIONES FINALES

Primera.– La presente Resolución de convocatoria surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

Segunda.– Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Industria, Comercio y Turismo del Gobierno Vasco en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 7 de marzo de 2008.

La Viceconsejera de Turismo,

KORO GARMENDIA GALBETE.


Análisis documental