Departamento de Cultura y Política Lingüística

Kultura 2.0: programa para la innovación tecnológica de las industrias culturales y la creación y producción de contenidos culturales en nuevos soportes 2011.

RESUMEN
Título:
Kultura 2.0: programa para la innovación tecnológica de las industrias culturales y la creación y producción de contenidos culturales en nuevos soportes 2011.
Objeto:

Subvenciones en 2011:

a) Al desarrollo del Programa Kultura 2.0 para la innovación tecnológica de las industrias culturales. Se trata de actuaciones de mejora competitiva en el ámbito digital de las empresas culturales de la Comunidad Autónoma de Euskadi, a través de diferentes acciones de acompañamiento personalizado y de actuaciones dirigidas a facilitar la ejecución de proyectos que busquen un mejor posicionamiento competitivo en el entorno digital, por medio del desarrollo de acciones específicas de mejora competitiva, innovación, internacionalización, diversificación y/o búsqueda de nuevos mercados, con realización entre 1 de enero y 31 de diciembre de 2011.

b) A la creación y producción de nuevos contenidos culturales en nuevos soportes susceptibles de poder trasmitirse, retransmitirse, transportarse o distribuirse a través de distintos medios y canales tecnológicos con realización entre 1 de enero y 31 de diciembre de 2011.

 

Dotación presupuestaria:

El importe global destinado para las ayudas previstas en la presente convocatoria se fija en 288.000 euros y podrá verse incrementada en los términos establecidos en la Disposición Adicional Primera.

El importe global se distribuirá de la siguiente forma entre las modalidades de ayuda que comprende la siguiente convocatoria:

a) Modalidad A: Ciento treinta y ocho mil (138.000) euros para la realización de proyectos individuales para la innovación tecnológica de las industrias culturales.

b) Modalidad B: Cien mil (100.000) euros para la realización de proyectos en colaboración para la innovación tecnológica de las industrias culturales.

c) Modalidad C: Cincuenta mil (50.000) euros para realización de proyectos de creación y producción de nuevos contenidos culturales en nuevos soportes, que se repartirá de la siguiente manera:

- 10 ayudas con una cuantía máxima de 5.000 euros por cada proyecto subvencionado.

Normativa de la convocatoria:
  • ORDEN de 25 de mayo de 2011 (BOPV N 105/2011)

    De conformidad al Decreto 4/2009, de 8 de mayo, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, competen al Departamento de Cultura las funciones relativas a apoyar el desarrollo de las industrias culturales en el ámbito de Euskadi. Las referidas funciones se atribuyen en el seno del Departamento de Cultura, y a través del Decreto 45/2011, de 22 de marzo, por el que se establece su estructura orgánica, a la Dirección de Promoción de la Cultura.

    En tal sentido, la Dirección de Promoción de la Cultura viene apoyando a los distintos sectores de la cultura productores de contenidos a través de diferentes convocatorias por la importancia que están adquiriendo en la sociedad actual, por un lado dado su carácter de sector estratégico, por otro lado, como medio de enriquecimiento cultural de la sociedad en la que se inserta y, al mismo tiempo, como sector innovador. Igualmente, la Dirección de Promoción de la Cultura tiene entre sus funciones la de apoyar el desarrollo de las industrias culturales en el ámbito de Euskadi.

    A través de la presente Orden se apoyará la innovación y la adaptación tecnológica en el ámbito de las industrias culturales mediante la mejora competitiva, la innovación, la internacionalización, la diversificación y la búsqueda de nuevos mercados y la creación y producción de nuevos contenidos culturales en nuevos soportes.

     

ORGANISMOS
Entidad convocante:
Cultura
Órgano convocante:
Dirección de Promoción de la cultura
Entidad resolutora:
Viceconsejería de Cultura, Juventud y Deportes
Órgano resolutor:
Viceconsejería de Cultura, Juventud y Deportes
Contacto presencial:

Oficinas de atención al público:

  • Bilbao:
    Gran Vía, 85
    48011 Bilbao, (Bizkaia)
  • Donostia- San Sebastián:
    Andía, 13
    20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
  • Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
    Ramiro Maeztu, 10 bajo
    01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)

Horario de atención al público:

  • De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
Contacto telefónico:

La Administración Pública del país Vasco pone a disposición de la ciudadanía el teléfono 012.

  • Horario de atención telefónica:
    El servicio de atención a la ciudadanía del Gobierno dispondrá de horarios ininterrumpidos de atención telefónica de lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
  • Número de Teléfono:
    Desde el País Vasco: 012
    Desde fuera del País Vasco: 945 018000
    Desde el extranjero: 00 34 945 018000
  • En la dirección de Promoción de la Cultura: Itziar Redondo (945 019565).
TRAMITACIONES
Lugares de Presentación:
Zuzenean - Atención Ciudadana
  • Bilbao:
    Gran Vía, 85
    48011 Bilbao, (Bizkaia)
  • Donostia- San Sebastián:
    Andía, 13
    20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
  • Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
    Ramiro Maeztu, 10 bajo
    01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)
Horario de atención al público
De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.

Otros Lugares de Presentación de solicitudes:
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
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  • Bilbao:
    Gran Vía, 85
    48011 Bilbao, (Bizkaia)
  • Donostia- San Sebastián:
    Andía, 13
    20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
  • Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
    Ramiro Maeztu, 10 bajo
    01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)
Horario de atención al público
De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.

Otros Lugares de Presentación de solicitudes:
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
Solicitud de subvención al Programa Kultura 2.0

Subvenciones en 2011:

a) Al desarrollo del Programa Kultura 2.0 para la innovación tecnológica de las industrias culturales. Se trata de actuaciones de mejora competitiva en el ámbito digital de las empresas culturales de la Comunidad Autónoma de Euskadi, a través de diferentes acciones de acompañamiento personalizado y de actuaciones dirigidas a facilitar la ejecución de proyectos que busquen un mejor posicionamiento competitivo en el entorno digital, por medio del desarrollo de acciones específicas de mejora competitiva, innovación, internacionalización, diversificación y/o búsqueda de nuevos mercados, con realización entre 1 de enero y 31 de diciembre de 2011.

b) A la creación y producción de nuevos contenidos culturales en nuevos soportes susceptibles de poder trasmitirse, retransmitirse, transportarse o distribuirse a través de distintos medios y canales tecnológicos con realización entre 1 de enero y 31 de diciembre de 2011.

 

DIRIGIDO A
Colectivo beneficiario:

AYUDAS A LA INNOVACIÓN TECNOLÓGICA DE LAS INDUSTRIAS CULTURALES (MODALIDADES A Y B):

   1.- Podrán acceder a las ayudas de la presente convocatoria las personas físicas o jurídicas que, independientemente de su forma jurídica, se dediquen de manera preferente a la producción, distribución y/o comercialización de bienes culturales en los siguientes ámbitos: el cine, las artes audiovisuales, la edición de libros, las artes escénicas, las artes visuales, la artesanía, la música, los nuevos géneros creativos multimedia y cualquier otra manifestación artística o cultural con vocación de permanencia y que reúnan los requisitos que en cada una de las modalidades se contemplan.

   2.- En concreto,  podrán acceder a la subvención correspondiente a la innovación tecnológica de las industrias culturales:

- Todas las personas físicas o jurídicas que tengan su domicilio o sede social en la Comunidad Autónoma de Euskadi  y estén dadas de alta en el correspondiente epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas relacionado con alguno de los ámbitos culturales a los que se refiere el apartado primero del presente artículo.

   3.- En los proyectos desarrollados en colaboración la solicitud deberá hacerla tan solo una de ellas. De todas maneras, a la hora de realizar la solicitud se deberá manifestar claramente la personalidad, la responsabilidad y funciones de cada uno de los participantes en el proyecto, así como cuál es la aportación de cada una de ellas en el apartado de ingresos presupuestarios. Asimismo, se deberá presentar un documento en el que consten los términos de dicha colaboración. El documento estará firmando por la persona que representa legalmente a cada una de las personas jurídicas privadas asociadas, otorgándosele para ello el poder suficiente.

   4.- No podrán concurrir a esta convocatoria quienes se encuentren sancionados administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones a ayudas públicas, o se hallen incursos en prohibición legal alguna que les inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por discriminación de sexo de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Final Sexta de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.

   5.- En todo caso, de acuerdo con el artículo 50.4 del Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco, aprobado por Decreto Legislativo 1/1997 de 11 de noviembre, la concesión y, en su caso, el pago de las subvenciones y ayudas a los beneficiarios de éstas quedarán condicionados a la terminación de cualquier procedimiento de reintegro o sancionador que, habiéndose iniciado en el marco de las ayudas o subvenciones de la misma naturaleza concedidas por la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus organismos autónomos, se halle todavía en tramitación.

   6.- No podrán concurrir a esta convocatoria las entidades y sociedades públicas con personalidad jurídica propia vinculadas o dependientes de las Administraciones Públicas, así como aquellas pertenecientes a la Administración Institucional, cualquiera que sea la Administración en la que se integren.

AYUDAS PARA LA CREACIÓN Y PRODUCCIÓN DE NUEVOS CONTENIDOS CULTURALES EN NUEVOS SOPORTES (MODALIDAD C):

   1.- Podrán acceder a las ayudas de la presente convocatoria las personas físicas o jurídicas que, independientemente de su forma jurídica, se dediquen de manera preferente a la creación y producción de nuevos contenidos culturales en nuevos soportes en los ámbitos del cine, las artes audiovisuales, la edición de libros, las artes escénicas, las artes visuales, la artesanía, la música y los nuevos géneros creativos multimedia, susceptibles de poder transmitirse, retransmitirse, transportarse o distribuirse a través de distintos medios y canales tecnológicos.

   2.- En concreto, podrán acceder a la subvención correspondiente a la creación y producción de nuevos contenidos culturales en nuevos soportes:

a) Todas las personas físicas o jurídicas que tengan su domicilio o sede social en la Comunidad Autónoma de Euskadi y estén dadas de alta en el correspondiente epígrafe del impuesto de actividades económicas relacionado con alguno de los ámbitos culturales a los que se refiere el apartado primero del presente artículo.

b) Aquellas personas físicas que se encuentren empadronadas, con al menos un año de antigüedad, en alguno de los municipios de la Comunidad Autónoma del País Vasco; en el caso de que no dispongan de sede social y/o no estén dadas de alta en el Impuesto Actividades Económicas a la fecha de publicación de la presente Orden.

   3.- No tendrán la consideración de beneficiarios las entidades y sociedades públicas con personalidad jurídica propia vinculadas o dependientes de las Administraciones Públicas, así como aquellas pertenecientes a la Administración Institucional, cualquiera que sea la Administración en la que se integren.

 

AYUDAS A LA INNOVACIÓN TECNOLÓGICA DE LAS INDUSTRIAS CULTURALES (MODALIDADES A Y B):

1.- Realizar un informe sobre el posicionamiento de la empresa en el entorno tecnológico y la descripción del proyecto que recoja: (Modelo Anexo VI)

a) Líneas de actuación principales en el escenario de innovación tecnológica y previsión de evolución a medio plazo (3 años).

b) Entorno tecnológico en el que se plantea el proyecto.

c) Objetivos planteados en el proyecto. Previsión de impacto previsto.

d) Plan operativo del proyecto.

2.- Contar con otra persona física o jurídica ajena a la entidad solicitante para la realización del proyecto que se presenta a subvención.

3.- Disponer de un centro de actividad económica en la Comunidad Autónoma del País Vasco con una plantilla media de al menos 3 personas desde el uno de enero de 2011 hasta la fecha de solicitud de la subvención.

4.- Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y para con la Seguridad Social.

5.- No encontrarse incursas en ninguna prohibición o inhabilitación para la obtención de ayudas públicas o para contratar con la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

6.- En el caso de los proyectos de colaboración, para que la solicitud sea admitida, cada una de las entidades asociadas para el proyecto deberá cumplir obligatoriamente los requisitos exigidos en los apartados anteriores, salvo el referido en el apartado 3. En este caso, la entidad que formula la solicitud deberá cumplir el requisito de disponer de un centro de actividad económica en la Comunidad Autónoma de Euskadi con una plantilla media de al menos 3 personas desde el uno de enero de 2011 hasta la fecha de solicitud de la subvención; no obstante, las entidades asociadas para el proyecto deberán disponer de un centro de actividad económica en la Comunidad Autónoma de Euskadi con una plantilla media de al menos de  2 personas desde el uno de enero de 2011 hasta la fecha de solicitud de la subvención.

AYUDAS PARA LA CREACIÓN Y PRODUCCIÓN DE NUEVOS CONTENIDOS CULTURALES EN NUEVOS SOPORTES (MODALIDAD C):

a) Elaborar una memoria del proyecto que recoja lo siguiente: (Modelo Anexo VII)

a.1.- El entorno tecnológico en el que se plantea el proyecto.

a.2.- Objetivos planteados en el proyecto.

a.3.- Plan operativo del proyecto.

b) Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y para con la Seguridad Social.

c) No podrán concurrir a esta convocatoria quienes se encuentren sancionados administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones a ayudas públicas, o se hallen incursos en prohibición legal alguna que les inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por discriminación de sexo de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Final Sexta de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.

d) En todo caso, de acuerdo con el artículo 50.4 del Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco aprobado por Decreto Legislativo 1/1997 de 11 de noviembre, la concesión y, en su caso, el pago de las subvenciones y ayudas a los beneficiarios de éstas quedarán condicionados a la terminación de cualquier procedimiento de reintegro o sancionador que, habiéndose iniciado en el marco de las ayudas o subvenciones de la misma naturaleza concedidas por la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus organismos autónomos, se halle todavía en tramitación.

PRESTACIÓN
Dotación:

   1.- El importe global destinado para las ayudas previstas en la presente convocatoria se fija en 288.000 euros y podrá verse incrementada en los términos establecidos en la Disposición Adicional Primera.

   2.- El importe global se distribuirá de la siguiente forma entre las modalidades de ayuda que comprende la siguiente convocatoria:

   a) Modalidad A: Ciento treinta y ocho mil (138.000) euros para la realización de proyectos individuales para la innovación tecnológica de las industrias culturales.

   b) Modalidad B: Cien mil (100.000) euros para la realización de proyectos en colaboración para la innovación tecnológica de las industrias culturales.

   c) Modalidad C: Cincuenta mil (50.000) euros para realización de proyectos de creación y producción de nuevos contenidos culturales en nuevos soportes, que se repartirá de la siguiente manera:

   - 10 ayudas con una cuantía máxima de 5.000 euros por cada proyecto subvencionado.

Forma de pago:

El pago de las subvenciones se efectuará fraccionadamente, mediante dos libramientos, del siguiente modo:

a) El 60% del importe de la subvención concedida, una vez transcurrido el plazo establecido en el artículo 10.a), sin haber mediado renuncia expresa.

b) El 40% del importe de la subvención concedida, previa presentación de la documentación exigida para la justificación y liquidación de la subvención en los términos señalados en el siguiente punto del presente artículo.

TRAMITES
De Solicitud y Aportación de Documentación
El trámite de "Solicitud y aportación de documentación", es el que inicia el procedimiento, para ello la persona interesada debe de presentar el formulario de solicitud correctamente cumplimentado dentro del plazo indicado de presentación de solicitudes
Solicitud de subvención
Solicitud de subvención:
Solicitud de subvención para el programa Kultura 2.0: para la innovación tecnológica de las industrias culturales y la creación y producción de contenidos culturales en nuevos soportes 2011.
Presencial
Formularios:
ANEXO I. ERANSKINA (Solicitud)

SOLICITUD DE SUBVENCIÓN.

Documentación:
  • ANEXO II. ERANSKINA

    DOCUMENTACION A APORTAR POR LA PERSONA/ENTIDAD SOLICITANTE A LA PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD. MODALIDADES A Y B

  • ANEXO III. ERANSKINA

    DOCUMENTACION A APORTAR POR LA PERSONA/ENTIDAD SOLICITANTE A LA PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD. MODALIDAD C. 

  • ANEXO IV. ERANSKINA

    PRESUPUESTO. Programa para la innovación de  industrias culturales Modalidades A y B.

  • ANEXO V. ERANSKINA

    PRESUPUESTO. Creación y producción de nuevos contenidos culturales en nuevos soportes Modalidad C.

  • ANEXO VI. ERANSKINA

    POSICIONAMIENTO DE LA EMPRESA EN EL ENTORNO TECNOLÓGICO Y DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO. Modalidades A y B.

  • ANEXO VII. ERANSKINA

    /MEMORIA DEL PROYECTO.

    reación y producción de nuevos contenidos culturales en nuevos soportes Modalidad C

  • ANEXO VIII. ERANSKINA

    DECLARACIÓN DE SUBVENCIONES.

  • ANEXO IX. ERANSKINA

    DECLARACIÓN RESPONSABLE DE AYUDAS DE “MINIMIS”.

  • ANEXO X. ERANSKINA

    ALTA DE DATOS/TERCERO INTERESADO.

Lugares de Presentación Lugares de Presentación
Comunes de la Subvención
Los trámites comunes, no son obligados, y la persona interesada puede realizarlos a lo largo de la vida de su expediente por iniciativa propia o cuando la administración le comunica que tiene esa opción.
En este apartado, se le facilitan formularios para cada trámite que tenga que realizar siempre que la persona solicitante haya escogido continuar el procedimiento por canal presencial.
En caso, de haber escogido el canal electrónico, estos trámites se realizan a través de “Mis Gestiones” previa identificación con un certificado electrónico
Aportación de Documentación
Aportación de Documentación:
El/La interesado/a deberá de presentar, para la aportación de documentos requeridos por la administración o que el/la propio/a interesado/a estime conveniente aportar el siguiente formulario indicando los documentos que adjunta.
Presencial
Formularios:
Aportación de Documentación (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para la aportación de documentos requeridos por la administración.
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Ampliación de Plazo
Ampliación de Plazo:
Cuando la solicitud de iniciación no reúna los requisitos exigidos en la normativa específica de convocatoria requerirá al/a interesado/a para que en un plazo de diez días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos. El/La interesado/a, siempre y cuando no sea un procedimiento de concurrencia competitiva, puede solicitar la ampliación del plazo para la subsanación o la aportación de los documentos requeridos presentando el siguiente formulario cumplimentado. Este plazo puede ser ampliado en cinco días siempre y cuando la aportación de los documentos presente dificultades especiales.
Presencial
Formularios:
Ampliación de Plazo (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para solicitar la ampliación de plazo de subsanación.
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Modificación Datos Notificación
Modificación Datos Notificación:
El/La interesado/a puede modificar sus datos personales de notificación en este procedimiento rellenando el formulario adjunto en el que indicará el canal por el que desea recibir las notificaciones y el idioma.
Presencial
Formularios:
Modificación Datos Notificación (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para solicitar la modificación de datos personales de notificación en el procedimiento.
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Desistimiento
Desistimiento:
El/La Interesado/a tendrá derecho a desistir de su solicitud una vez realizada la misma, en cualquier momento hasta que haya sido dictada la resolución. El desistimiento no impide al/a interesado/a seguir conservando los derechos que le amparan que podrá hacer valer, si lo desea, en otro procedimiento.
Presencial
Formularios:
Desistimiento (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para solicitar desistimiento de su solicitud
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Aceptación de la Ayuda
Aceptación de la Ayuda:
Si el/la interesado/a está conforme con la ayuda concedida puede aceptarla cumplimentando el formulario que se le facilita. En este caso, la Administración continuará, una vez recepcionada la aceptación, con los trámites necesarios para el pago de la ayuda.
Presencial
Formularios:
Aceptación de la Ayuda (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para la aceptación de la ayuda concedida.
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Renuncia
Renuncia:
El/La Interesado/a tendrá derecho a renunciar a la continuación del procedimiento o a la ayuda solicitada, una vez dictada la resolución de la misma, si bien, el/la interesado/a que renuncia, pierde los derechos que le amparan.
Presencial
Formularios:
Renuncia (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para solicitar la renuncia respecto a la continuación del procedimiento o ayuda solicitada.
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Recurso Alzada
Recurso Alzada:
El recurso de alzada es un recurso de carácter administrativo a través del cual se busca que un órgano administrativo revise un acto dictado por otro órgano dependiente jerárquicamente de él, buscando que enmiende conforme a Derecho el acto del órgano inferior.
Presencial
Formularios:
Recurso Alzada (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para la interposición de recurso de alzada
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
ESTADO CONVOCATORIA
Plazo de presentación:
04/06/2011 - 04/07/2011
Fecha límite de presentación:

4 de julio de 2011.

Plazo de resolución:

6 meses a contar desde la fecha en que surta efectos la presente Orden de convocatoria.

Efectos del silencio:
Desestimatorios
Recurso contra la resolución:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:    Consejería de Cultura.
  • Plazo de interposición: 1 mes.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto desestimatorio.
Recurso contra la desestimación por silencio:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:  Consejería de Cultura.
  • Plazo de interposición: 3 meses.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto estimatorio.
Fecha de resolución:
28/07/2011
Resoluciones asociadas: