GAUZATU Industria Programa 2015
Impulsar la creación y desarrollo de PYMES de Base Tecnológica y/o Innovadoras, como estrategia de competitividad a futuro, apoyando la inversión generadora de empleo.
26.000.000 euros
- Anticipos reintegrables de hasta un 35% de la inversión susceptible de apoyo, con un máximo de 150.000 euros por empleo generado y un límite que en ningún caso podrá superar la cantidad de 1.500.000 euros. Cuando el objetivo de la realización de las inversiones sea, entre otros, el mantenimiento del empleo, el anticipo reintegrable a conceder no superará la cantidad de 100.000 euros.
1.- Las PYMEs que desarrollen sus proyectos de inversión en los municipios de la Comunidad Autónoma del País Vasco podrán optar a:
- Anticipos reintegrables del 35% de la inversión susceptible de apoyo para pequeñas empresas consideradas de Base Tecnológica.
- Anticipos reintegrables del 30% de la inversión susceptible de apoyo para medianas empresas consideradas de Base Tecnológica.
- Anticipos reintegrables del 30% de la inversión susceptible de apoyo para pequeñas empresas consideradas, únicamente, Innovadoras.
- Anticipos reintegrables del 25% de la inversión susceptible de apoyo para medianas empresas consideradas, únicamente, Innovadoras.
- ORDEN de 10 de junio de 2015, (BOPV N 119/2015)
de la Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad, por la que se regula y se convoca, para el ejercicio 2015, las ayudas, consistentes en anticipos reintegrables, destinadas a impulsar la creación y desarrollo de PYMEs de base tecnológica y/o innovadoras. Programa Gauzatu Industria.
Deberán presentar las solicitudes y demás documentación complementaria en la Sociedad para la Trasformación Competitiva, S.A. (SPRI), cuyas dependencias se encuentran en Bilbao, c/ Alameda de Urquijo 36, 4.ª planta, bien directamente o bien por cualquiera de los medios previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
El modelo de solicitud y formularios se podrán cumplimentar y/o descargar en la dirección de Internet, www.spri.eus/gauzatu.
Dirección de Desarrollo Industrial
Tfno.: 945018214
E-mail: agus-garcia@ej-gv.eus
Sociedad para la Promoción y Reconversión Industrial (SPRI)
Tfno.: 944037040
E-mail: icuetara@spri.eus
Deberán presentar las solicitudes y demás documentación complementaria en la Sociedad para la Trasformación Competitiva, S.A. (SPRI), cuyas dependencias se encuentran en Bilbao, c/ Alameda de Urquijo 36, 4.ª planta, bien directamente o bien por cualquiera de los medios previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
El modelo de solicitud y formularios se podrán cumplimentar y/o descargar en la dirección de Internet, www.spri.eus/gauzatu.
Deberán presentar las solicitudes y demás documentación complementaria en la Sociedad para la Trasformación Competitiva, S.A. (SPRI), cuyas dependencias se encuentran en Bilbao, c/ Alameda de Urquijo 36, 4.ª planta, bien directamente o bien por cualquiera de los medios previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
El modelo de solicitud y formularios se podrán cumplimentar y/o descargar en la dirección de Internet, www.spri.eus/gauzatu.
Impulsar la creación y desarrollo de PYMES de Base Tecnológica y/o Innovadoras, como estrategia de competitividad a futuro, apoyando la inversión generadora de empleo.
Pymes industriales extractivas, productivas, transformadoras y de servicios técnicos (ligados al producto proceso) conexos a las anteriores, que sean consideradas de Base Tecnológica y/o Innovadoras.
Grupos industriales donde la empresa que presente la solicitud, disponga de una participación accionarial del 100% en el resto de empresas del grupo.
26.000.000 euros
- Anticipos reintegrables de hasta un 35% de la inversión susceptible de apoyo, con un máximo de 150.000 euros por empleo generado y un límite que en ningún caso podrá superar la cantidad de 1.500.000 euros. Cuando el objetivo de la realización de las inversiones sea, entre otros, el mantenimiento del empleo, el anticipo reintegrable a conceder no superará la cantidad de 100.000 euros.
1.- Las PYMEs que desarrollen sus proyectos de inversión en los municipios de la Comunidad Autónoma del País Vasco podrán optar a:
- Anticipos reintegrables del 35% de la inversión susceptible de apoyo para pequeñas empresas consideradas de Base Tecnológica.
- Anticipos reintegrables del 30% de la inversión susceptible de apoyo para medianas empresas consideradas de Base Tecnológica.
- Anticipos reintegrables del 30% de la inversión susceptible de apoyo para pequeñas empresas consideradas, únicamente, Innovadoras.
- Anticipos reintegrables del 25% de la inversión susceptible de apoyo para medianas empresas consideradas, únicamente, Innovadoras.
1. Solicitud de la empresa.
2. Resolución de Concesión.
3. Materialización de la Inversión.
4. Declaración de inversiones.
5. Inspección de la inversión.
6. Pago del anticipo reintegrable.
7. Autoliquidación de los reintegros de la empresa.- Modelos de formularios:
- Modelos de solicitud y declaración jurada.
- Memoria detallada del proyecto de inversión.
- Desglose porcentual de la estructura accionarial.
- Memoria de la evolución de la plantilla.
- Escritura de constitución y NIF empresas nuevas.
- Copia de las cuentas anuales o las 2 últimas declaraciones del IS o IRPF.
- Fotocopia del poder de representación de la persona solicitante.
- Modelo de recurso: Recurso de Alzada
- Órgano resolutor: .
- Plazo de interposición: 1 mes.
- Plazo de resolución: 3 meses.
- Falta de resolución: Efecto desestimatorio.
- Modelo de recurso: Recurso de Alzada
- Órgano resolutor: .
- Plazo de interposición: 3 meses.
- Plazo de resolución: 3 meses.
- Falta de resolución: Efecto estimatorio.