Departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales

Subvenciones para la realización de actividades en el área de la inserción social

RESUMEN
Título:
Subvenciones para la realización de actividades en el área de la inserción social
Objeto:
El objeto de la presente Orden es la regulación de las ayudas que el Gobierno Vasco, a través del Departamento de Justicia, Empleo y Seguridad Social, otorgará a los consorcios, las mancomunidades, los ayuntamientos y a las entidades privadas sin ánimo de lucro, para la realización de actividades inscritas dentro de programas en el ámbito de la Inserción Social en el País Vasco, durante el ejercicio 2008, en colaboración con los Servicios sociales de base, teniendo como instrumento básico los convenios de inserción.

Su finalidad es paliar la carencia de recursos personales o sociales suficientes para desarrollar una vida independiente de las personas en situación o riesgo de exclusión social.

Dotación presupuestaria:
2.000.000 €
Normativa reguladora:
  • Orden de 22 de abril de 2009 (BOPV Nº 87/2009)
    del Consejero de Justicia, Empleo y Seguridad Social, por la que se regulan subvenciones para la realización de actividades en el área de la inclusión social en el País Vasco.
ORGANISMOS
Entidad convocante:
Empleo y Asuntos Sociales
Órgano convocante:
Dirección de Inclusión Social
Entidad resolutora:
Empleo y Asuntos Sociales
Órgano resolutor:
Dirección de Inclusión Social
Contacto presencial:

En las Delegaciones Territoriales del Departamento de Justicia, Empleo y Seguridad Social, o bien en la Dirección de Inserción Social.

Delegación Territorial de Álava: C/ Samaniego, nº 2 - 2º, Vitoria-Gasteiz. Teléfono: 945 01 70 30

Delegación Territorial de Bizkaia: Gran Vía, nº 85 - 7º, Bilbao. Teléfono: 94 403 10 00

Delegación Territorial de Gipuzkoa: C/ Vitoria-Gasteiz, nº 3 - 3º.Donostia-San Sebastián. Teléfono: 943 02 32 00

Dirección de Inserción Social: C/ Donostia-San Sebastián, nº 1. 01010 Vitoria-Gasteiz.
En todo caso, será de aplicación lo previsto en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

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En las Delegaciones Territoriales del Departamento de Justicia, Empleo y Seguridad Social, o bien en la Dirección de Inserción Social.

Delegación Territorial de Álava: C/ Samaniego, nº 2 - 2º, Vitoria-Gasteiz. Teléfono: 945 01 70 30

Delegación Territorial de Bizkaia: Gran Vía, nº 85 - 7º, Bilbao. Teléfono: 94 403 10 00

Delegación Territorial de Gipuzkoa: C/ Vitoria-Gasteiz, nº 3 - 3º.Donostia-San Sebastián. Teléfono: 943 02 32 00

Dirección de Inserción Social: C/ Donostia-San Sebastián, nº 1. 01010 Vitoria-Gasteiz.
En todo caso, será de aplicación lo previsto en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Contacto telefónico:
Itxaso Goikoetxea Etxebarria
Teléfono: 945 01 93 88
Fax: 945 01 91 57
E-mail: gizarteratze@ej-gv.es
TRAMITACIONES
Subvenciones para la realización de actividades en el área de la inserción social
El objeto de la presente Orden es la regulación de las ayudas que el Gobierno Vasco, a través del Departamento de Justicia, Empleo y Seguridad Social, otorgará a los consorcios, las mancomunidades, los ayuntamientos y a las entidades privadas sin ánimo de lucro, para la realización de actividades inscritas dentro de programas en el ámbito de la Inserción Social en el País Vasco, durante el ejercicio 2008, en colaboración con los Servicios sociales de base, teniendo como instrumento básico los convenios de inserción.

Su finalidad es paliar la carencia de recursos personales o sociales suficientes para desarrollar una vida independiente de las personas en situación o riesgo de exclusión social.

DESTINATARIOS
Colectivo beneficiario:
Podrán acogerse a las ayudas previstas en la presente Orden:

Los consorcios, las mancomunidades y los ayuntamientos de la Comunidad Autónoma del País Vasco que realicen los programas de inserción social descritos en el artículo dos de la Orden.

Las entidades privadas, sin ánimo de lucro, que desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma del País Vasco realizando programas de inserción social, descritos en el artículo anterior, en colaboración con los servicios sociales de base y que, además, estén inscritas en el Registro de Asociaciones o de Fundaciones de esta Administración o, en su caso, acreditación de su inscripción en los registros públicos correspondientes.
Requisitos:
se establecen los requisitos, régimen y obligaciones de las Entidades colaboradoras que participan en su gestión.
PRESTACIÓN
Dotación:

El Departamento de Justicia, Empleo y Seguridad Social podrá financiar hasta el 100% del presupuesto que resulte aprobado de cada programa presentado.

El pago será fraccionado, abonándose el 75 % en el momento de la concesión y el restante 25 % previa justificación de los gastos efectuados mediante documentos originales o, excepcionalmente, mediante copias compulsadas de los mismos, que deberán presentarse en el plazo de dos meses a partir de la finalización de la actividad.

TRAMITES
Solicitud:
Subvenciones para la realización de actividades en el área de la inserción social
En persona
Formularios:
Impreso de solicitud de la Orden de 27 de febrero de 2008 (Solicitud)

Solicitud de Subvención para la realización de programas de insercion social.

Documentación:
  • Documentacion a aportar
    a) Impreso de solicitud (instancia normalizada que se adjunta como anexo de esta Orden) debidamente cumplimentado, en el que necesariamente deberán constar los siguientes datos:

    Descripción del programa con memoria detallada de la actividad y sus fases de desarrollo.
    Presupuesto desglosado y detallado de ingresos y gastos.
    Otras solicitudes y, en su caso, concesiones de subvenciones instadas para el mismo objeto.
    Medios humanos y técnicos a emplear.

    b) Documentación que acredite que el programa está realizado con la colaboración de los servicios sociales de base.

    c) Fotocopia del Código de Identificación Fiscal. En el supuesto de que se hubiera percibido subvención en la misma convocatoria del ejercicio anterior, no será necesaria la aportación de este documento.

    d) Certificados actualizados, emitidos con no más de tres meses de antelación a la fecha de la solicitud, que acrediten,  espectivamente, estar al corriente de sus obligaciones tributarias, expedido por la Hacienda Foral correspondiente, y de cumplimiento, en su caso, de las obligaciones con la Seguridad Social, emitido por la Tesorería Territorial. No obstante, el/la beneficiario/a está obligado/a a presentar cuantas certificaciones sobre este extremo se le exijan durante todas las fases del procedimiento de concesión, justificación y liquidación de la subvención.

    e) Declaración jurada de no estar sancionados con prohibición para concurrir a la presente convocatoria, en virtud de la aplicación de una sanción administrativa o penal por haber incurrido en discriminación por razón de sexo o por aplicación de una sanción en virtud de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres.

Lugares de Presentación Lugares de Presentación
Por teléfono
Itxaso Goikoetxea Etxebarria
Teléfono: 945 01 93 88
Fax: 945 01 91 57
E-mail: gizarteratze@ej-gv.es


ESTADO CONVOCATORIA
Plazo de presentación:
12/05/2009 - 11/06/2009
Fecha límite de presentación:
12/05/2009 - 11/06/2009 (Ambos inclusive)

 

Plazo de resolución:
Tres meses.
Efectos del silencio:
Desestimatorios
Recurso contra la resolución:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:    Dirección de Inclusión Social.
  • Plazo de interposición: 1 mes.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto desestimatorio.
Recurso contra la desestimación por silencio:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:  Dirección de Inclusión Social.
  • Plazo de interposición: 3 meses.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto estimatorio.