Programa de Bonos Elkarrekin en el ámbito educativo para el año 2017

[Bonos_Elkarrekin_Hezkuntza]

Descripción


Objeto

Subvenciones a proyectos dirigidos a promover una nueva cultura de convivencia y encuentro social que sean promovidos de forma conjunta entre entidades sin ánimo de lucro y centros educativos.

Dotación presupuestaria

350.000 (euro)

Prestación económica

Importe de los bonos y límites cuantitativos.

1.– El importe de los bonos en el ámbito educativo será de 70 euros por hora justificada de servicios de formación o dinamización.

2.– Las entidades destinatarias de los proyectos deberán abonar a la entidad beneficiaria, al menos, el importe equivalente al 10% del importe de los bonos concedidos.

3.– Un mismo centro educativo no podrá acumular Bonos por una cantidad superior a 5.000 euros.

 

Forma de pago:

El abono de las ayudas se realizará previa justificación de la ejecución de cada proyecto subvencionado, por el importe total correspondiente a los Bonos concedidos.

A quién va dirigido


  • Entidades sin ánimo de lucro

    Requisitos:
    • Para acreditar suficiente poder de representación
    • Para acreditar el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social | Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social
    • Para acreditar suficiente poder de representación | Tener suficiente poder de representación
  • Requisitos generales

    • Compromiso de desarrollo del programa | Compromiso de la entidad destinataria (centro educativo) para el desarrollo del proyecto presentado

    Organismos


    Organismo que convoca

    • Presidencia del Gobierno - Lehendakaritza / Secretaría General de Derechos Humanos, Convivencia y Cooperación > Dirección de Víctimas y Derechos Humanos

    Organismo que resuelve

    • Presidencia del Gobierno - Lehendakaritza / Secretaría General de Derechos Humanos, Convivencia y Cooperación > Dirección de Víctimas y Derechos Humanos

    Información de contacto


    Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

    Código

    1024203

    Solicitud y aportación de documentación


    Para solicitar la ayuda, deberá:

    • preparar toda la documentación necesaria
    • cumplimentar la solicitud y los anexos
    • presentar la solicitud y toda la documentación en los lugares de presentación señalados
    • El siguiente enlace accede directamente al servicio de tramitación electrónica. Antes de entrar, asegúrese de tener toda la documentación preparada en formato digital y de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

    Resolución y recursos


    Plazo de resolución

    El plazo máximo para resolver y notificar las solicitudes será de seis meses desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el Registro del órgano competente para su tramitación.

    Tipo de concesión de la ayuda

    No concursal

    Efectos del silencio

    Estimatorios

    Alta o modificación de datos de tercero en el Registro del Departamento de Hacienda y Finanzas del Gobierno Vasco


    Para que la Administración pueda realizar el pago de las ayudas y subvenciones, deberá usted constar en la base de datos de la Oficina de Control Económico del Departamento de Hacienda y Finanzas del Gobierno Vasco.

    • El siguiente enlace accede directamente al servicio de tramitación electrónica. Antes de entrar, asegúrese de tener toda la documentación preparada en formato digital y de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

    Justificación


    Las entidades beneficiarias de la subvención deberán presentar la documentación justificativa del empleo de la subvención concedida, en el plazo de tres meses a partir de la finalización de la actividad realizada.

    • El siguiente enlace accede directamente al servicio de tramitación electrónica. Antes de entrar, asegúrese de tener toda la documentación preparada en formato digital y de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

    Otros trámites