Departamento de Cultura y Política Lingüística

Subvenciones para promover la movilidad de los/las creadores/as vascos/as: artes plásticas y visuales (2019)

[creadores de artes plásticas y visuales]

Descripción


Objeto

Establecer el procedimiento para la concesión de subvenciones a la movilidad de los creadores/as para promover la difusión exterior de la cultura vasca en 2019 fuera del ámbito territorial del euskera.

En la siguiente modalidad:

  • Artes plásticas y visuales:

La organización y/o participación en exposiciones o actividades relacionadas con el arte contemporáneo (concursos, festivales, exposiciones, proyectos de residencia...) durante 2019, fuera del ámbito territorial del euskera.

No se tendrán en consideración las programaciones anuales ni las que se consideran actividades ordinarias como exposiciones permanentes. Por lo tanto, sólo se tendrán en cuenta proyectos o iniciativas que se consideren extraordinarios.

Dotación presupuestaria

60.000 (euro)

Prestación económica

Criterios de evaluación de las solicitudes y propuesta de resolución:

Trayectoria profesional de los solicitantesHasta 20%
Número de miembros            3 puntos
Antigüedad del grupo3 puntos
Producción de los últimos años6 puntos
Número de proyectos/funciones fuera del País Vasco de los últimos  3 años8 puntos
Espacio/evento en el que se desarrollará la actividadHasta 35%
Países / ciudades10 puntos
Características del espacio/evento (aforo, programación internacional, profesional)25 puntos
Nivel de autofinanciación del proyectoHasta 10%

Nivel de autofinanciación del proyecto    

10 puntos
Presencia digital del solicitante5 puntos

Que la página web, redes sociales, y demás soportes comunicativos digitales tengan versión en euskera e inglés

5 puntos
Características y adecuación de los objetivos de EtxepareHasta 30%

Premios y críticas especializadas, proyección del autor o del grupo    

10 puntos
Presencia del euskera en el proyecto10 puntos
Aportación a la difusión internacional de la cultura vasca10 puntos

Los proyectos que no lleguen a la puntuación del 50 % no podrán recibir subvenciones.

No se concederán subvenciones inferiores a 500 euros. Si la cantidad correspondiente a la puntuacón está por debajo de este límite, el proyecto no será subvencionado.

Gastos subvencionables:

  • Los correspondientes a la participación en el festival o actividad: desplazamiento, gastos de montaje en el lugar del espectáculo, transporte de material o escenografía, dietas y alojamiento.
  • No se admitirán nóminas ni cachés de los artistas.

Importe de las subvenciones:

1. Normas generales:

  • Gastos máximos de alojamiento y dietas, por persona y día:
    • en España, setenta y cinco (75) euros para alojamiento, y cuarenta (40) euros en concepto de dieta.
    • Fuera de España, ciento veinte (120) euros para alojamiento, y sesenta (60) euros en concepto de dieta.
  • Se admitirán las siguientes dietas: días de actuación, y un día para la ida y vuelta.
  • En el caso de las exposiciones de artes plásticas y visuales, solo se admitirán dietas para los días de ida y vuelta, montaje e inauguración de la exposición. Se admitirán como máximo dietas correspondientes a una semana.  
  • En caso de utilizar coche, cero coma veinticinco (0,25) euros por km, más gastos de autopista y parking.
  • En caso de utilizar furgoneta, cero coma treinta y cinco (0,35) euros por km, mas gastos de autopista y parking. Para calcular la cantidad de kilómetros, se tomará como punto de partida la sede social o el establecimiento de la persona física o jurídica.
  • En caso de vehículo alquilado, factura del alquiler, combustible, gastos de autopista y parking.
  • En caso de utilizar avión, tren o algún otro transporte público, se abonará el billete ordinario.
  • Todo ello sin perjuicio de lo establecido con carácter general en Ley General de Subvenciones 38/2003, de 17 de noviembre, artículo 31, y su normativa de desarrollo.

2. Importes en el caso de actividades de Artes plásticas y visuales:

Los solicitantes podrán presentar tantas solicitudes como quieran, pero la suma de todas las subvenciones recibidas no superará en ningún caso la cantidad de 12.500 euros:

a) No se admitirán gastos amortizables.
b) En los proyectos de residencia, al margen de gastos de un viaje de ida y vuelta, la cantidad máxima a conceder por proyecto ascenderá a 4.200 euros. En todo caso, la cantidad mensual no superará los 700 euros.

 

Forma de pago:

Las subvenciones concedidas en base a la presente Resolución se harán efectivas en dos pagos, según el siguiente procedimiento:

  • 75 % en el plazo máximo de un mes desde la aceptación por el beneficiario de la resolución de adjudicación.
  • 25 % en el plazo máximo de seis meses, tras la finalización y justificación de la actividad.

Información de contacto


Alberto Irazu
a-irazu@etxepare.eus
Teléfono: 943 023 402

Atención presencial:

    Oficina: Plaza de las Cigarreras, nº 1, 20012 Donostia - San Sebastián.

    Horario de atención: 08:30-14:00

Atención telefónica:

    Horario de atención: 10:00-14:00

Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

1032507

Solicitud y aportación de documentación


Se presentará una solicitud por cada gira, proyecto o actividad.

Si un solicitante presenta más de una solicitud, será suficiente con que presente una única vez la documentación administrativa.

Se mostrarán cuatro pasos:

  1. cumplimentar el formulario de la solicitud,
  2. adjuntar los documentos y formularios preparados,
  3. firmar la solicitud,
  4. enviar la solicitud y la documentación aportada.
    Cuando se ha realizado el envío, se muestra una pantalla con el acuse de recibo
  • No es necesario cumplimentar, firmar y enviar el formulario en una única sesión, sino que, si lo desea, puede guardarlo en el sistema informático de la Administración y continuar el proceso en sesiones sucesivas.
  • La Administración conservará los datos cumplimentados durante el plazo de un mes. En todo caso, la presentación de la solicitud se deberá efectuar dentro de los plazos establecidos en la normativa.

En caso de tramitar la solicitud de forma presencial, usted dispone de dos opciones para cumplimentar el formulario:

Opción 1:

  1. Cumplimentar el formulario en el ordenador,
  2. guardar los datos y la documentación en el sistema informático de la Administración,
  3. imprimir el formulario,
  4. firmarlo de forma manuscrita
  5. y entregarlo en los lugares de presentación establecidos en el procedimiento.

Opción 2:

  1. Imprimir el formulario vacío, cumplimentarlo y firmarlo de forma manuscrita,
  2. guardar la documentación en el sistema informático de la Administración,
  3. entregar el formulario en los lugares de presentación establecidos en el procedimiento.
  • En ambos casos, cuando su solicitud y, en su caso, los documentos adjuntos lleguen a la unidad tramitadora, ésta ya dispondrá de sus datos facilitando así la tramitación del expediente.
  • Tenga en cuenta que la Administración guardará el formulario durante el plazo de un mes, de forma que en ese plazo deberá presentar el formulario firmado en los lugares de presentación establecidos.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

Las resoluciones de las distintas modalidades se dictarán y notificarán en el plazo máximo de cuatro meses, contados a partir de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Tipo de concesión de la ayuda

Concursal

Efectos del silencio

Desestimatorios

Aceptación de la ayuda


Si está conforme con la ayuda concedida, puede aceptarla rellenando el formulario. La Administración proseguirá con los trámites necesarios para el pago.

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
  1. Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida.
  3. Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
Formulario para la aceptación de la ayuda

Justificación de las ayudas recibidas


Los beneficiarios de las subvenciones establecidas en esta resolución dispondrán de plazo hasta el 31 de diciembre de 2019 para presentar los documentos relacionados a continuación. Sólo en el caso de las actividades llevadas a cabo en diciembre, se podrán  presentar hasta el 31 de enero de 2020.

Las personas jurídicas presentarán la justificación siempre por medio electrónico, excepto las de la Mancomunidad Única de Iparralde que podrán presentar sus justificantes también por canal presencial.

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
  1. Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida.
  3. Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.

Otros trámites