Asignaciones Individualizadas de Transporte Escolar para alumnado con discapacidad física, psíquica o sensorial, que no pueda utilizar el transporte escolar del Departamento (2019-2020).

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Descripción


Objeto

Convocar asignaciones individualizadas de transporte escolar para el alumnado con discapacidad física, psíquica o sensorial, matriculado en el curso 2019-2020 en centros educativos públicos o en centros privados concertados por asignación o atribución de la Delegación Territorial de Educación, que no puede utilizar el transporte escolar organizado por el Departamento de Educación.

Dotación presupuestaria

3.430.000 (euros)

Prestación económica

Forma de pago:

El abono de la subvención correspondiente a las asignaciones individualizadas de transporte escolar del curso 2019-2020 se hará efectivo de forma fraccionada en dos pagos a través del centro en el que el alumno o alumna curse estudios, según las siguientes previsiones:

- Primer pago, por el 73% del importe total, en el plazo de un mes desde la notificación de la resolución de la convocatoria, si no ha mediado renuncia expresa.

- Segundo pago, por el importe restante, a la finalización del curso escolar y de acuerdo a lo establecido sobre justificación de la ayuda.

A quién va dirigido


Alumnado de niveles no universitarios

Requisitos:

  • Se halla matriculado en el curso 2019-2020 en el centro porque le corresponde por domicilio, itinerario o por asignación o atribución de la administración educativa.
  • La distancia desde el domicilio del alumno o la alumna hasta el centro cumple el requisito establecido en el artículo 5, apartado c, del Decreto 69/2015, de 19 de mayo, sobre el transporte escolar del alumnado de los centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma del País Vaco financiado por el Departamento competente en materia educativa. Se tomará como referencia para la medición de la distancia el trayecto más corto desde el domicilio del alumno o la alumna al centro.
  • Tiene una discapacidad física, psíquica o sensorial y Certificado de Discapacidad en vigor, emitido por el organismo territorial competente, que indica tipo y grado de discapacidad, y, en su caso, si es de movilidad reducida permanente.
  • No tiene cumplidos 21 años a 31 de diciembre de 2019.
  • No puede utilizar en su desplazamiento el transporte escolar organizado por el Departamento de Educación.
  • No tiene posibilidad de acudir al centro mediante transporte gratuito o totalmente subvencionado por entidades públicas o privadas distintas del Departamento de Educación.

Requisitos

Organismos


Organismo que convoca

  • Gobierno Vasco > Educación

Organismo que resuelve

  • Educación / Viceconsejería de Educación > Dirección de Innovación Educativa

Información de contacto


Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

0173107

Instancia del alumnado


Instancia: 04/07/2019 -16/09/2019

Solicitud del centro: 17/09/2019 - 30/09/2018

Resolución y recursos


Plazo de resolución

La Directora de Innovación Educativa resolverá la convocatoria en un plazo de seis meses desde la publicación de esta Orden en el Boletín Oficial del País Vasco.

Efectos del silencio

Desestimatorios

Dictada resolución

Solicitud del centro concertado


Solicitud del centro: 17/09/2019 - 30/09/2019.

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Justificación


Hasta el 30/06/2020.

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Otros trámites