Departamento de Trabajo y Empleo

Renta de garantía de ingresos

  1. Objeto

    La Renta de Garantía de Ingresos es una prestación periódica de naturaleza económica, dirigida tanto a la cobertura de los gastos básicos para la supervivencia como a la de los gastos derivados de un proceso de inclusión social y/o laboral, y destinada a las personas integradas en unidades de convivencia que no dispongan de ingresos suficientes para hacer frente a dichos gastos.

    La Renta de Garantía de Ingresos (RGI) presenta dos modalidades:

    • La Renta Básica para la Inclusión y la Protección Social, dirigida a las personas que no dispongan de ingresos procedentes de rentas de trabajo, cuando su nivel mensual de recursos computables no alcance el importe de la Renta Básica para la Inclusión y la Protección Social que pudiera corresponder.
    • La Renta Complementaria de Ingresos de Trabajo dirigida a complementar el nivel de recursos de las unidades de convivencia que, aun disponiendo de ingresos procedentes del trabajo, cuentan con un nivel mensual de recursos computables inferior al importe de la Renta Básica para la Inclusión y la Protección Social que pudiera corresponder.
  2. Dotación presupuestaria

    281.400.000 €

  3. Normativa reguladora
    • Ley 18/2008 (BOPV Nº 250/2008) de 23 de diciembre, para la Garantía de Ingresos y para la Inclusión Social.
    • Decreto 147/2010 (BOPV Nº 114/2010) de 25 de mayo, de la Renta de Garantía de Ingresos.
Fecha de última modificación: 31/05/2011