41. Proyecto de Ley de Protección de datos personales.

Entidad:
Seguridad
Estado:
Proyecto de ley enviado al parlamento

Legislatura

XII Legislatura

Objetivos y Sectores

Se pretende adaptar la normativa de la Comunidad Autónoma de Euskadi en materia de protección de datos, contenida en la Ley 2/2004, de 25 de febrero, de Ficheros de Datos de Carácter Personal de Titularidad Pública y de Creación de la Agencia Vasca de Protección de Datos y sus disposiciones de desarrollo, al Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y el Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de sus datos personales y a la libre circulación de estos datos; y a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y completar sus disposiciones.

Otros Objetivos:

Regular el régimen jurídico de la Autoridad Vasca de Protección de Datos.

Sectores sociales implicados:
  • La Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
  • La Administraciones forales de los Territorios Históricos.
  • Las Administraciones locales del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Euskadi, así como sus correspondientes Administraciones Institucionales y los entes integrantes de su respectivo sector público.
  • El Parlamento Vasco.
  • Las Juntas Generales de los Territorios Históricos
  • El Tribunal Vasco de Cuentas Públicas.
  • El Ararteko.
  • Entidades creadas por Ley del Parlamento Vasco y las Autoridades Administrativas Independientes
  • Grupos Parlamentarios del Parlamento Vasco y los Grupos Políticos de los Territorios Históricos y de las Administraciones Locales.
  • Las Corporaciones de derecho público, representativas de intereses económicos y profesionales, cuyo ámbito territorial no exceda de la Comunidad Autónoma de Euskadi, así como las Delegaciones de las mismas que, actuando con plena autonomía orgánica, funcional y económica para la realización de los fines, tuviesen un ámbito territorial que no excediera de dicha Comunidad Autónoma.
  • La Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea y las demás Universidades integrantes del Sistema Universitario Vasco, así como los Entes de ellas dependientes.
  • Las personas físicas o jurídicas, si el tratamiento se lleva a cabo para el ejercicio de funciones públicas en materias que sean competencia de las Administraciones Públicas anteriores.
  • Las entidades de derecho privado que prestan servicios públicos mediante cualquier forma de gestión directa o indirecta, en lo que respecta a los tratamientos cuya finalidad se encuentre vinculada a la prestación de dichos servicios.
  • Las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas que, como encargados del tratamiento, presten servicios a los responsables anteriormente relacionados.

 

Fecha estimada de remisión a Consejo de Gobierno para la aprobación del Proyecto de ley

2º semestre de 2022.

Fases Pendientes

Fase Fecha de inicio Fecha de fin Estado
Trámite de negociación, audiencia o consulta ---

Fases Completadas

Fase Fecha de inicio Fecha de fin Estado
Orden del Consejero/a para la iniciación del procedimiento Completado
Aprobación del Consejero/a del texto redactado Completado
Trámite de negociación, audiencia o consulta Completado
Informes y dictámenes preceptivos Completado
Memoria sucinta del procedimiento seguido Completado
Aprobación en Consejo de Gobierno Completado
Envío al Parlamento Completado