01. Plan de Convivencia y Derechos Humanos 2017-2020

Objetivos

En el contexto actual y desde el punto de vista de la convivencia, existen tareas relevantes y pendientes: el final ordenado de la violencia (la verificación y confirmación del desarme y desaparición de ETA, y la clarificación y reflexión crítica sobre el pasado), el reconocimiento y reparación de todas las víctimas, la memoria crítica del pasado, la política penitenciaria, los nuevos retos de los derechos humanos…

Han pasado más de cinco años desde el anuncio del final de la violencia de ETA. Es preciso cerrar heridas sobre el pasado, resolver problemas pendientes en el presente y consolidar una cultura de convivencia democrática para el futuro. Un plan estratégico como este es una herramienta necesaria para contribuir a un futuro mejor.

Si el desarme de ETA es pieza indispensable para el final ordenado de la violencia, este plan trata de reunir todas las piezas necesarias para asentar una convivencia normalizada y con memoria, dando continuidad al trabajo realizado con anterioridad.

Con respecto al anterior, este plan pasa de denominarse Plan de Paz y Convivencia, a Plan de Convivencia y Derechos Humanos. La paz, asociada al final de un tiempo marcado por el terrorismo y la violencia, ha pasado a ser socialmente percibida como una agenda que va quedando atrás. La convivencia vinculada a los derechos humanos representa una formulación que, sin olvidar los retos pendientes, busca una mejor adaptación a los desafíos emergentes en un mundo cambiante y rodeado de incertidumbres.

Estas diferencias con respecto al plan anterior ponen de manifiesto una voluntad y decisión explícitas por parte del Gobierno Vasco de reforzar de un modo englobante e interdepartamental el enfoque de los derechos humanos en el conjunto de su acción.

El Encuentro Social es el objetivo estratégico de este plan. Representa el más alto valor de una sociedad democrática: alcanzar una convivencia conciliada. El Encuentro social se basa en el consenso sobre el valor superior de los derechos humanos y de la dignidad humana que los fundamenta. Hace referencia a una convivencia con memoria cuando mira a la agenda pendiente del pasado, y a una convivencia solidaria cuando mira a los retos emergentes.

Tanto en el mundo como en nuestro marco local se ha consolidado una nueva agenda de preocupaciones adaptadas a la realidad del siglo XXI. Son debates emergentes, relacionados con la gestión de valores como la diversidad y la solidaridad en la convivencia o la educación y que se plasman en realidades como los refugiados, las migraciones, la pluralidad religiosa o cultural, las nuevas formas de exclusión e injusticia, o en las respuestas a la amenaza del terrorismo internacional o la guerra. Este plan también aborda estas cuestiones.

Este es el contexto social en el que pretende desplegarse la intervención pública para contribuir al logro de una convivencia justa e integradora. Este es el valor superior, el fin último de toda acción política en democracia. Cuando por cualquier circunstancia el equilibrio convivencial se ha perdido la política debe orientarse a recuperarlo hasta donde sea posible y razonable poniendo las bases para encauzar una convivencia democrática y conciliada en el futuro y para configurar una cohesión de base en torno a la dignidad humana y los derechos humanos.

Antecedentes

En relación de la planificación

-Plan Vasco de Educación para la Paz y los Derechos humanos 2008-2011.

-Convivencia democrática y Deslegitimación de la Violencia 2010-2011.

-Plan de Paz y Convivencia 2013-2016.

Legislatura

XI Legislatura

Departamentos implicados

Departamento promotor: Lehendakaritza/Presidencia del Gobierno

El Plan está liderado por el Lehendakari y en él están implicados además de la Lehendakaritza, estos Departamentos: Educación, Seguridad y Trabajo y Justicia.

No obstante, el Plan requiere un planteamiento interdepartamental que busque generar sinergias y optimizar recursos para una materia esencial y básica, como es el fomento de la convivencia democrática.

Se atribuyen a Lehendakaritza a través de la Secretaría General de Derechos Humanos, Convivencia y Cooperación, las tareas propias de impulso y coordinación de las sinergias creadas en este ámbito en el seno del Gobierno, al menos en su aspecto más básico y esencial. Para el desarrollo concreto de la función de coordinación se prevé la constitución de una Comisión Interdepartamental y un Consejo Consultivo y de una Comisión de Coordinación que posibilitará la colaboración en un plan que persigue la implicación de toda la organización administrativa.

Participación de agentes sociales

Un plan de estas características requiere indudablemente de las aportaciones de los grupos de interés pero también de la ciudadanía en general. El plan tanto en su proceso de elaboración como en el tiempo de materialización contempla cauces de participación ciudadana convirtiendo este aspecto en una de sus iniciativas principales.

Impactos

Impacto normativo:

El marco normativo con incidencia en los contenidos de este Plan tiene las siguientes referencias principales:

  • Ley 52/2007, de 26 de diciembre, por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas a favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la guerra civil y la dictadura. (BOE nº 310, de 27 de diciembre de 2007)
  • Ley 4/2008, de 19 de junio, de Reconocimiento y Reparación a las Víctimas del Terrorismo. (BOPV nº 124, de 1 de julio de 2008) (BOE nº 212, de 3 de septiembre de 2011).
  • Ley 29/2011, de 22 de septiembre de Reconocimiento y Protección Integral a las Víctimas del Terrorismo. (BOE nº 229, de 23 de septiembre de 2011).
  • Decreto 107/2012, de 12 de junio, de declaración y reparación de las víctimas de sufrimientos injustos, como consecuencia de la vulneración de sus derechos humanos, producida entre los años 1960 y 1978 en el contexto de la violencia de motivación política vivida en la Comunidad Autónoma del País Vasco” (BOPV nº 119, de 19 de junio de 2012).
  • Ley 4/2014, de 27 de noviembre, de creación del Instituto de la Memoria, la Convivencia y los Derechos Humanos. (BOPV nº 230, de 2 de diciembre de 2014)
  • Ley 12/2016, de 28 de julio, de reconocimiento y reparación de víctimas de vulneraciones de derechos humanos en el contexto de la violencia de motivación política en la Comunidad Autónoma del País Vasco entre 1978 y 1999. (BOPV nº151, de 10 de agosto de 2016).
Impacto organizativo :

Se ha modificado la denominación de la Secretaría que pasará a denominarse Secretaría General de Derechos Humanos, Convivencia y Cooperación, y dentro de la misma han quedado integradas la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo y la coordinación de la respuesta a la crisis humanitaria de las personas refugiadas, por lo que se ha adaptado la estructura organizativa.

De este modo, la Secretaría General contará con la Dirección de Víctimas y Derechos Humanos, la Dirección de Gogora, y la Dirección de la Agencia Vasca de Cooperación. En cuanto a las herramientas de planificación, la Secretaría impulsa con rango de plan estratégico este Plan de Convivencia y Derechos Humanos 2017-2020; y con rango de plan departamental, el Plan de Actuación 2017-2020 de Gogora, y el Plan Director 2018-2021 para la Agencia Vasca de Cooperación.

Impacto presupuestario y financiero:

El Plan se implementará, en principio, mediante la disposición de las partidas que a nivel presupuestario ordinario se contemplen en relación al mismo.

Impacto en las relaciones institucionales :

Se trata de un Plan Estratégico de Gobierno que supera su ámbito en cuanto que tiene vocación para ser un plan de carácter interinstitucional en cuanto que pretende una concertación con el resto de las instituciones, en especial, Diputaciones Forales y Ayuntamientos.

Se trata de evitar, por responsabilidad institucional, solapamientos y duplicidades en un ámbito en el que proliferan iniciativas, en algunos casos similares, en los diferentes niveles institucionales. En ese sentido, el Gobierno Vasco tiene la voluntad de proponer un acuerdo al resto de las instituciones para la definición de unos ejes básicos de actuación concertada.

Plazo previsto para la ejecución del plan

2017 - 2020

Fases Completadas

Fase Fecha de inicio Fecha de fin Estado
Elaboración de Líneas estratégicas y económicas básicas Completado
Elaboración de Informes sobre Líneas estratégicas y económicas Completado
Elaboración del Plan Completado
Elaboración de Informes sobre los Planes Completado
Aprobación del Plan en Consejo de Gobierno Completado

Modos de evaluación

El plan dota de singularidad al proceso de seguimiento y evaluación de su ejecución al entender esta actuación como una iniciativa de carácter transversal.

Las funciones de seguimiento y evaluación del plan corresponden a la Secretaría General de Derechos Humanos, Convivencia y Cooperación que opta por establecer una dinámica permanente de evaluación sectorial del desarrollo del plan en torno a sus principales ejes de actuación para lo que se dota de un mecanismo de evaluación que se concretará en un informe de evaluación externa y completa del desarrollo del Plan. A mitad de Legislatura se elaborará un documento de actualización del programa y calendario de actuación para los dos siguientes años.

Evaluaciones intermedias

Fecha de evaluación:
Resumen de la evaluación:

1º Informe de Seguimiento

Documentos:
Informe Seguimiento 1.pdf (PDF, 265.21 KB)
Fecha de evaluación:
Resumen de la evaluación:

2º Informe de Seguimiento

Documentos:
Informe seguimiento anual 2 Plan CyDH.pdf (PDF, 248.67 KB)
Fecha de evaluación:
Resumen de la evaluación:

Documento de actualización del programa y calendario de actuación para los dos siguientes años

Fecha de evaluación:
Resumen de la evaluación:

3º Informe de Seguimiento

Evaluación ex-post

Fecha de evaluación:

Fecha de última modificación: