Plan Estratégico de subvenciones 2017

El artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, dispone que los órganos de las Administraciones públicas o cualesquiera entes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un Plan Estratégico de Subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria. 

La elaboración del Plan Estratégico de Subvenciones se ha realizado de conformidad con las instrucciones de la Circular nº 01/15, de 18 de septiembre de 2015, dictada por la Oficina de Control Económico, relativa a la Elaboración de los Planes Estratégicos de Subvenciones. Así mismo, en la confección del Plan se han considerado las distintas líneas de subvención siguiendo la estructura orgánica y funcional del Departamento. 

De esta manera, el Departamento de Cultura y Política Lingüística da cumplimiento a lo establecido en la normativa de aplicación aprobando el Plan Estratégico de Subvenciones para el año 2017 que se perfila como instrumento de planificación de las políticas públicas desarrolladas en el ámbito de responsabilidad del Departamento, en el marco de la política general diseñada por el Gobierno Vasco.

Plan Estratégico de subvenciones del Departamento de Cultura y Política Lingüística para el año 2017 (PDF, 586 KB)