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ORDEN de 7 de marzo de 2018, de la Consejera de Trabajo y Justicia, por la que se modifica la Orden de 27 de febrero de 2018, por la que se garantiza el mantenimiento de los servicios esenciales a la comunidad que se han de prestar durante la huelga general convocada para el día 8 de marzo de 2018.

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Orden
  • Órgano emisor: Trabajo y Justicia
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 54
  • Nº orden: 1423
  • Nº disposición: ---
  • Fecha de disposición: 07/03/2018
  • Fecha de publicación: 16/03/2018

Ámbito temático

  • Materia: Asuntos sociales y empleo
  • Submateria: Trabajo y empleo

Texto legal

Con fecha 27 de febrero de 2018 la Consejera de Trabajo y Justicia dictó Orden para garantizar el mantenimiento de los servicios esenciales a la comunidad durante el desarrollo de la huelga general convocada para el día 8 de marzo de 2018.

Dicha Orden ha sido recurrida por las organizaciones sindicales ELA y LAB, mediante el procedimiento especial de protección de los derechos fundamentales, solicitando la suspensión cautelar de determinados preceptos de la indicada Orden de 27 de febrero de 2018.

Mediante Auto de 7 de marzo de 2018, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha acordado estimar parcialmente la tutela cautelar de la Orden recurrida, en relación con el pronunciamiento Cuarto (Servicios Sociales) de la parte dispositiva de la Orden. En tal sentido, el porcentaje del 70% fijado en el párrafo primero del apartado a) queda sustituido por el 50%, manteniéndose dicho párrafo en lo demás.

Por otra parte, en cuanto al pronunciamiento Cuarto del párrafo segundo, del apartado a) de la Orden recurrida, el porcentaje del 80% fijado, queda sustituido por el 70%, manteniéndose dicho párrafo en lo demás.

Llevando a efecto lo acordado en el citado Auto, se dicta la presente Orden por la que se modifica la de 27 de febrero de 2018.

Por lo expuesto, la Consejera de Trabajo y Justicia, por delegación del Gobierno,

RESUELVE:

  1. En el pronunciamiento Cuarto de la parte Dispositiva de la Orden de 27 de febrero de 2018, en el párrafo segundo del apartado a), el porcentaje del 80% queda sustituido por el 70%, manteniéndose dicho párrafo en lo demás.

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