Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente

INFORME DE RESPUESTA A LAS ALEGACIONES Y PROPUESTAS DE MEJORA RECIBIDAS DURANTE LA FASE DE INSTRUCCIÓN DEL ANTEPROYECTO DE LEY DE CONSERVACIÓN DEL PATRIMONIO NATURAL DE EUSKADI

Fecha de publicación: 

El Anteproyecto de Ley de Conservación del Patrimonio Natural de Euskadi ha sido sometido a los trámites preceptivos de consulta previa, audiencia, información pública y participación y consulta a otras administraciones, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y los artículos 8 y 9 de la Ley 8/2003, de 22 de diciembre, de Procedimiento de Elaboración de las Disposiciones de Carácter General.

Con carácter previo a la elaboración del borrador del texto normativo, se trasladó a la ciudadanía información relativa a: a) ¿estas de acuerdo con el objetivo fundamental que se persigue; b) ¿echas en falta algún punto de vista?, invitándola a que se pronunciara al respecto a través de la consulta previa establecida en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Dicha consulta se inició el 13 de febrero de 2018 y se publicitó mediante anuncio en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

Posteriormente, además del trámite de información pública para la ciudadanía en general anunciado a través del BOPV del día 5 de junio de 2018, en paralelo y a efectos de contar con la opinión de los distintos sectores económicos y sociales que pudieran verse afectados por la iniciativa, se abrió un trámite de audiencia con distintos departamentos de las administraciones públicas, a niveles autonómico, foral y local, así como con diversos agentes económicos y sociales entre ellos, asociaciones medioambientales, conservacionistas, fundaciones, clústers, asociaciones del sector primario: ENBA, Baskegur…, Federaciones y asociaciones de Caza Vascas, Asociaciones de Forestalistas (Bizkaia, Gipuzkoa, Álava), Colegios y asociaciones profesionales: Geólogos, Facultad de Ciencia y Tecnología de la UPV/EHU y departamentos asociados y personas investigadoras de la UPV / EHU y Cátedra UNESCO.

Se ha dado participación, asimismo, a distintas administraciones que podrían verse afectadas directamente por la regulación prevista. Así, las Administraciones públicas a las que se les ha realizado el trámite de participación y consulta a otras Administraciones previsto en el artículo 9 de la Ley 8/2003, de 22 de diciembre, han sido las siguientes: Administración del Estado, a través del Ministerio para la Transición Ecológica, las tres Diputaciones Forales y los Ayuntamientos de Euskadi, a través de EUDEL.

Teniendo en cuenta la incidencia que la regulación tiene en sus respectivos ámbitos competenciales, la iniciativa normativa se puso a disposición de varios Departamentos de la Administración General de la CAPV mediante la herramienta de tramitación telemática de disposiciones de carácter general (Tramitagune) para que la analizaran y, si fuera el caso, realizaran aportaciones.

Es un hecho a destacar que todos y cada uno de los trámites anteriores han sido realizados electrónicamente y que tanto las organizaciones como las administraciones a los que se les ha dado pie a realizar alegaciones, más de medio centenar, han dispuesto en la Sede Electrónica del Gobierno Vasco, en el apartado Mi Carpeta, de un canal electrónico para realizar sus aportaciones.

Cumpliendo el compromiso de la Viceconsejeria de Medio Ambiente en relación a la garantía del ejercicio real y efectivo de los derechos de participación pública en materia de medio ambiente, en cumplimiento de los principios informadores de la Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente, se ha dado cuenta de todas estas actuaciones y trámites tanto en la sede electrónica del Gobierno, como en Irekia y la página sede electrónica departamental www.ingurumena.ejgv.euskadi.net.

Asimismo, el Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda, en aras a favorecer y facilitar el cumplimiento del derecho de la ciudadanía a participar en la elaboración de normas relacionadas con el medioambiente reflejado en el artículo 16 de la citada Ley 27/2006, de 18 de julio, ha llevado a cabo un proceso de participación presencial dirigido a dar a conocer en mayor medida el proyecto normativo, dinamizar a los agentes más directamente afectados y a recabar de manera directa su punto de vista y sus propuestas de mejora.

Durante este proceso se han llevado a cabo cuatro sesiones participativas en los tres Territorios Históricos dirigidas a empresas, clústeres, asociaciones empresariales y sindicatos agrarios; colegios profesionales, centros tecnológicos y universidades; una sesión dedicada a otros Departamentos del Gobierno Vasco y entidades públicas tres sesiones dedicadas a las Diputaciones Forales (entrevistas individuales en cada territorio histórico) y, finalmente, una sesión adicional con Ayuntamientos.