Gobierno, Diputaciones y Ayuntamientos aprueban el Anteproyecto de Ley de Empleo Público Vasco que entra, ahora, en fase final de tramitación (Consejo de Gobierno 25-09-2018)

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25 de septiembre de 2018

Es un proyecto ambicioso que actualiza, de una manera integral, el sistema vasco de empleo público, atendiendo a todos los aspectos del itinerario profesional

El proyecto es avanzado e innovador porque incluye, entre otras, políticas de conciliación, igualdad y respeto a los nuevos modelos de familia, elimina todo lenguaje discriminatorio y extiende los estándares éticos todo el servicio público

Afectará a 110.000 personas que trabajan en los tres niveles institucionales y en la Universidad del País Vasco EHU/UPV

El Consejo Vasco de Función Pública ha dado luz verde al Anteproyecto de Ley de Empleo Público Vasco que, a partir de hoy, aborda su recta final de tramitación antes de su aprobación por parte del Consejo de Gobierno y envío al Parlamento Vasco este mismo año. Este Consejo es el foro de encuentro de las tres diputaciones forales, EUDEL y el Gobierno Vasco con todos los sindicatos que tienen representación en la función pública vasca. 

El anteproyecto de ley establecerá un nuevo marco normativo para las cerca de 110.000 personas que trabajan en los tres niveles institucionales así como en la Universidad del País Vasco, EHU/UPV. Es una actualización, ambiciosa, integral y novedosa, de la regulación actual, que data de 1989. Entronca directamente con el proceso de racionalización y modernización de la Administración Pública Vasca. El objetivo último del Gobierno Vasco es regular el empleo público para crear una administración más eficiente, eficaz y próxima a la ciudadanía, que demanda un trato acorde a los nuevos y exigentes criterios de “Buena Gobernanza”.

REFORMA INTEGRAL

El Anteproyecto de Ley de Empleo Público Vasco regulará, de manera novedosa, todos los aspectos del itinerario profesional del personal público, desde que una persona decide presentarse a una oferta pública de empleo, hasta su jubilación.

Además, el texto supone un compromiso con el empleo público estable y de calidad y así, aborda la reducción de la elevada tasa de  interinidad de ciertos colectivos. El Gobierno abre la puerta a los procesos especiales de consolidación de empleo público para aprovechar el conocimiento adquirido durante años de trabajo y formación de las personas que ya trabajan en las administraciones públicas.

También regula otros aspectos muy importantes como la carrera profesional del personal público, los procesos de selección y formación, la adquisición y pérdida de la condición de funcionario,  provisión de puestos de trabajo y movilidad, sistema retributivo, derechos y deberes, negociación colectiva, normalización lingüística del personal empleado público vasco y de las situaciones administrativas del personal funcionario, etc.

NOVEDADES

Dos de las principales novedades de la futura Ley de Empleo Público Vasco tienen que ver, precisamente, con dos cambios importantes que la sociedad está demandando de su administración pública:

  • Políticas de conciliación, igualdad y respeto a los nuevos modelos de familia eliminando el lenguaje discriminatorio para cualquier colectivo
  • La aplicación de exigentes estándares éticos a quién gestiona las políticas, el presupuesto y presta el servicio público 

Respecto a lo primero, el Gobierno Vasco realiza una propuesta pionera, en su Título XI,  “Derechos, deberes, código de conducta e incompatibilidades del personal empleado público vasco”, Capítulo I, en el que:

  • Favorece la conciliación de las personas trabajadoras públicas creando tres tipos de permisos:
    • Permisos parentales de, mínimo, 16 semanas: se otorgarán, por igual, a las dos personas que integran la pareja. Serán permisos 100% remunerados e intransferibles.
    • Permiso por cuidado de hija o hijo menor de doce meses: se sumará al permiso parental y podrá solicitarlo, indistintamente, cualquiera de las dos personas que integran la pareja, independientemente del sexo. Esta licencia, de 150 horas, sustituirá a la que, comúnmente, se denomina “permiso de lactancia”.  
    • Permisos por cuidado de familiares en primer grado: son dos permisos diferentes que supondrán la reducción remunerada de la jornada laboral por motivos de salud de sus familiares.
      • Acompañamiento a padres, madres, hijos o hijas a consultas, tratamientos y exploraciones médicas.
      • Cuidado de hijos o hijas con enfermedades graves.
  • Da un salto cualitativo en materia de igualdad plena de mujeres y hombres. A partir de ahora, ambos progenitores, dispondrán del mismo tiempo libre remunerado para el cuidado de sus hijos e hijas. No lo podrán transferir y así, esta ley contribuirá a corregir el desequilibrio que supone el reparto desigual de tareas de cuidado de hijos e hijas entre ambos sexos.
  • Respeta los nuevos modelos de familia. Elimina, definitivamente, los conceptos de “maternidad” o “paternidad” y plantea el de “permisos por parentalidad”.

Respecto a lo segundo, el texto incluye un apartado, en el Título XI, Capítulo II, para que el conjunto del personal público rija su actividad inspirados en una serie de “valores”, “principios” y “conductas” alineadas con la ética pública: 

  • El personal público vasco respetará los principios generales incluidos en la Ley 1/2014, de 26 de junio, Reguladora del Código de Conducta y de los Conflictos de Intereses de los Cargos Públicos
  • La actuación profesional del personal público se llevará a cabo desde el respeto a los principios de integridad y transparencia y con plena observancia de los principios de conducta individual, de calidad institucional y de relación con la ciudadanía
  • Las administraciones públicas vascas aprobarán un Código Ético y de Conducta para desarrollar estos principios y aplicarlos a su personal. Por su parte, el Gobierno Vasco aprobará el suyo propio para el personal público autonómico. Además, realizará un seguimiento y evaluación del mismo.

CONSEJO VASCO DE FUNCIÓN PÚBLICA 

La aprobación de una ley tan importante como la futura Ley de Empleo Público Vasco requiere, obligatoriamente, del visto bueno del Consejo Vasco de Función Pública en el que hay:

  • Seis personas en representación del Gobierno Vasco
  • Tres representantes de las diputaciones forales, una persona por cada territorio.
  • Tres representantes en nombre de todos los ayuntamientos de Euskadi
  • Seis representantes que designarán los sindicatos en proporción a su representatividad: 3 ELA, 1 LAB, 1 CC.OO. y 1 UGT