Departamento de Seguridad

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Aprobado el Decreto que regula las gratificaciones de las personas participantes en las elecciones al Parlamento Vasco y otros gastos de funcionamiento

Fecha de publicación: 

Irekia

El Consejo de Gobierno, a instancias del Departamento de Seguridad, ha aprobado hoy el Decreto por el que se regulan las gratificaciones de las personas participantes en las elecciones al Parlamento Vasco y otros gastos de funcionamiento vinculados a la Administración electoral.

El artículo 16.2.b) de la Ley 5/1990, de 15 de junio, de elecciones al Parlamento Vasco, dispone que el Departamento de Seguridad del Gobierno Vasco, como órgano de la Administración de la Comunidad Autónoma competente en materia electoral, deberá “poner a disposición de las Juntas Electorales, los medios personales y materiales necesarios para el ejercicio de sus funciones” en las elecciones al Parlamento Vasco.

Dos son los decretos que han desarrollado reglamentariamente aspectos relativos a los medios materiales precisos en cuanto a los modelos oficiales y las caracerísticas de las urnas, cabinas, papeletas, sobres de votación y demás documentación electoral así como el procedimiento de entrega del citado material.

En lo que atañe a los medios personales que participan en el proceso electoral y sus dietas y gratificaciones, la práctica seguida hasta la fecha ha sido la aprobación puntual por acuerdo del Consejo de Gobierno al inicio de cada proceso electoral del régimen aplicable a los gastos de personal y funcionamiento que se generaban por la Administración electoral y sus órganos delegados.

Por medio de la presente Disposición se trata de fijar el régimen de gratificaciones y compensaciones para tales gastos de personal y de funcionamiento en una disposición general de cáracter estable, que garantice una mayor publicidad y difusión de las normas aplicables y en aras a un desarrollo reglamentario más preciso de la Ley de Elecciones al Parlamento vasco.

El presente decreto, por tanto, regula las cantidades a percibir por aquellas personas que intervienen en las elecciones autonómicas.

Se trata de más de 3.700 personas entre las cuales se pueden distinguir distintos colectivos que tienen el común denominador de colaborar en la correcta ejecución de las elecciones al Parlamento Vasco.

En este colectivo se integran los miembros de las Juntas Electorales de Territorio Histórico y de zona y elpersonal colaborador de las mismas.

Igualmente se regulan las cantidades que perciben los y las Secretarias de los Ayuntamientos que en cuanto delegados de las Juntas Electorales, forman parte de la columna vertebral de la gestión del proceso electoral.

Además, se fijan las gratificaciones a percibir por el personal que colabora con el o la Secretaria para el correcto ejercicio de sus funciones.

Del mismo modo se regulan las cantidades a percibir por los Jueces de paz y Primera Instancia - que tienen una función de custodia de las actas electorales- y de los y las representantes de la administración vasca en las elecciones, que son aquellas personas que recogen y transmiten los resultados electorales en cada mesa, y que además tienen la función de asistir a la mesa en las necesidades que le pudieran surgir.

Aparte de las 3.700 personas que forman los colectivos mencionados, el Decreto también regula las dietas a percibir y otros aspectos concernientes a las y los miembros de las mesas electorales, que en las últimas elecciones de 2016 fueron unos 7.800.

Finalmente el Decreto también establece una serie de previsiones para hacer frente a los gastos materiales en los que pudieran incurrir las Juntas Electorales y los Secretarios de ayuntamientos con ocasión del proceso electoral

Por otra parte, el decreto prevé la posibilidad de que con ocasión de cada elección el Consejo de Gobierno actualice las cantidades que se señalan mediante un acuerdo, que se publicaría en el Boletín Oficial del País Vasco.

Las cantidades que se señalan no suponen alteración significativa alguna de las abonadas hasta la fecha, fuera de algunos ajustes concretos.

La mayor novedad estriba en que se establece una dieta para cada uno de los miembros de mesa de 85 euros frente a los 75 euros de los últimos comicios autonómicos del 2016, cantidad que por otro lado estaba congelada desde el año 2009.

Para calibrar la importancia del Decreto, es de señalar que la cantidad total que por ejemplo se abonó en las últimas elecciones de 2016 por los conceptos que se han referido ascendió a unos 2.370.000 euros.