Ayudas económicas COVID-19

Servicio de Asesoramiento e Implantación de Teletrabajo a disposición de autónomos y pymes, para apoyarles en el uso de la tecnología que les permita continuar con su actividad o parte de la misma desde su domicilio.  Este servicio se presta de forma telemática por un equipo de profesionales tecnológicos con amplia experiencia en asesoramiento a autónomos/as y empresas.

El servicio está en marcha desde el viernes 20 de marzo, y se han registrado hasta el momento 160 solicitudes que serán atendidas en los próximos días. El importe de la iniciativa es de 390.000 euros. Este servicio ya se venía ofreciendo con anterioridad al COVID-19. Ahora lo hemos adaptado a la situación de Alarma y al Teletrabajo, sin coste adicional.

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El Gobierno Vasco estima vital la implementación de medidas extraordinarias ante un escenario económico y social de análogas características y, por ello, ha activado con ELKARGI, una línea urgente de financiación de 25 millones de euros de préstamos directos para apoyar a autónomos y pymes, a través del Instituto Vasco de Finanzas (IVF).

El objetivo es tratar de mitigar el impacto de la crisis sanitaria y un efecto financiero que pueda colapsar la tesorería de pymes, microempresas, autónomos y comercios vascos. Así, ya está disponible esta financiación para cubrir las tensiones de liquidez.

Esta herramienta es una medida “puente”, hasta tener lista la línea de financiación de circulante de 500M/€ contemplada por el ejecutivo vasco en colaboración con ELKARGI y las entidades bancarias que operan aquí.

La Línea COVID19 del IVF podrá dedicarse a cubrir los gastos fijos de estructura equivalentes a seis meses de funcionamiento ordinario de la empresa, si bien es cierto que de este importe deberán deducirse todas aquellas facilidades de liquidez o coste transitorias o temporales a las que se acojan (por ejemplo, aplazamientos de las Haciendas Forales, reducción de los costes laborales por ERTES u otras deducciones aplicables).

Las condiciones de los préstamos son:

  • Importe mínimo: 5.000€ autónomos y 5.000€ PYMES.
  • Importe máximo: 50.000€ autónomos y 1.000.000€ PYMES.
  • Tipo de interés: Coste 0% (el IVF subvenciona el Euribor +0,50% anual).
  • Plazo de financiación: Máximo de 5 años.
  • Carencia: Hasta 12 meses.
  • Cuotas: Trimestrales.

 Las condiciones de acceso son:

  • Ejercer actividad económica en la Comunidad Autónoma del País Vasco, con domicilio social, centro de decisión y/o al menos un centro de actividad ubicado en Euskadi.
  • Tener la calificación de PYME.
  • No tener deudas vencidas con el IVF o ELKARGI.
  • Estar al corriente en los pagos por obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
  • Así mismo, en las solicitudes se deberá presentar una breve descripción de la afectación de la emergencia sanitaria en la actividad y las necesidades de financiación que tienen.

Más Información:

  • INSTITUTO VASCO DE FINANZAS
  • Tlfno: 945019113
  • @: info@ivf-fei.eus
  • www.elkargionline.com  
  • GIPUZKOA: 943309060 comercialgipuzkoa@elkargi.es / BIZKAIA: 944238228 comercialbizkaia@elkargi.es / ARABA 945231212 comercialaraba@elkargi.es

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Esta línea de financiación pretende dar cobertura a los gastos fijos de estructura de las empresas citadas y personas autónomas, tomando consideración su importancia en el tejido empresarial, sus implicaciones en el conjunto de la actividad productiva y su menor capacidad relativa de acceso a los mercados de financiación mayorista o a las líneas tradicionales de las entidades de crédito.

Información en BOPV

Mediante esta misma Orden se posibilitará que las pymes beneficiarias del programa INDARTU (subvenciones a fondo perdido para inversiones industriales en zonas desfavorecidas) reciban el abono de la subvención antes de lo que les correspondería en situación de normalidad.

Cabe señalar que, el programa Indartu establece que, con carácter previo al pago, las inversiones declaradas serán objeto de inspección por parte de las Delegaciones Territoriales del Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras.

Ahora, de manera excepcional, durante los próximos 2 meses desde la entrada en vigor de la presente Orden, las beneficiarias podrán solicitar, con carácter previo a la realización de las correspondientes inspecciones, el abono de los pagos parciales asociados a las declaraciones de inversiones realizadas y justificadas mediante la presentación de las correspondientes facturas. Dichas facturas se verificarán en la inspección que se realice posteriormente.

El importe del adelanto de la administración a las pymes será de 1.500.000 euros

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La Red de Parques Tecnológicos de Euskadi facilitará financiación indirecta a las empresas instaladas en los parques en régimen de alquiler, aplazándoles el cobro de dicho alquiler.

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Asimismo, desde SPRILUR –Grupo SPRI se acuerda el aplazamiento del cobro de alquileres a favor de Sprilur durante 3 meses, con posibilidad de optar a otros 3 meses adicionales.

  • Aplazamiento de las cuotas arrendaticias de los contratos de arrendamiento simple correspondientes a los 3 siguientes meses, pudiendo llegar a negociarse también las de los 3 meses posteriores.
  • Aplazamiento de las cuotas arrendaticias de los contratos de arrendamiento con opción a compra correspondientes a los 3 siguientes meses, pudiendo llegar a negociarse también las de los 3 meses posteriores

Se prevés que el impacto de esta actuación alcance los 3.315.000 de euros y que sería el montante a refinanciar por parte de Sprilur a las pymes que se acojan a la medida.

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Apoyo extraordinario con 1 M de euros a la Investigación y Desarrollo a través de ayudas directas “en orden de su urgencia, necesidad y oportunidad”, tanto para los agentes de la RVCTI (Investigación Fundamental) como para las EMPRESAS (Investigación Industrial y Desarrollo Experimental).

Proyectos relacionados con la lucha contra el Coronavirus, así como con la mitigación y recuperación de los efectos socio – económicos derivados de la emergencia Sanitaria.

Más Información: i+dcovid19@spri.eus

El Consejo de Gobierno también ha dado hoy luz verde a un nuevo programa de Lanbide – Servicio Vasco de Empleo de ayudas de carácter excepcional para empresarios/as individuales y autónomos/as. Esta línea subvencionará gastos como los de cotización a la Seguridad Social y rentas de alquiler, con un máximo de 3.000 euros por persona.

En total, el Gobierno Vasco destinará 3 millones de euros a esta novedosa línea de ayudas que pretende paliar la situación a la que se han visto abocadas a miles de personas en Euskadi, que han tenido que bajar sus persianas. De hecho, pretenden hacer frente a la situación de pérdida económica directa producida por el cierre temporal de los negocios por parte de empresarios/as individuales  y autónomos/as debido a situación de alarma generada por la expansión del COVID-19.

Los conceptos subvencionables son:

  • Las cuotas relativas al pago de la cotización como trabajador por cuenta propia en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o en el que, en su caso, corresponda de la Seguridad Social o en Mutualidades profesionales obligatorias. (Dicho gasto no se considerará subvencionable cuando haya sido subvencionado por Lanbide-Servicio Vasco de Empleo u otras administraciones públicas).
  • Y el arrendamiento de locales de negocio, siempre y cuando no sean parte de una vivienda familiar y no exista relación de parentesco hasta 2º grado de consanguinidad o afinidad con el/la arrendador/a del local, ni sea socio/a o participe de la persona física o jurídica que actúe como arrendador/

Podrán beneficiarse de esta línea de ayudas: (Siempre que estén empadronados y tengan la residencia efectiva en la CAE y tengan domiciliada, social y fiscalmente, la actividad empresarial en Euskadi y radique en la misma el centro de trabajo)

  • Las empresarias o empresarios y profesionales individuales.
  • Las socias y socios integrantes de Comunidades de Bienes y Sociedades Civiles, siempre que la subvención se solicite a título personal.

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Los programas que podrán acogerse al pago extraordinario adelantado serán los siguientes:

  • Ayudas a la transformación y comercialización de productos agrarios, alimentarios y los derivados de la pesca y la acuicultura (Programa Lehiatu Berria).
  • Ayudas a proyectos de inversión en el sector vitivinícola, bajo el régimen de ayudas de minimis (Programa Ardoinb).
  • Ayudas a las acciones y los programas de información y promoción en terceros países de productos vinícolas, y las ayudas a la inversión del programa de apoyo al sector vitivinícola (Programa OCM Vino Inversión).
  • Ayudas acogidas al régimen de minimis del programa de promoción de la calidad gastronómica (Gastrobikain).
  • Ayudas para el grupo de acción local del sector pesquero (GALP) para el desarrollo sostenible de las zonas de pesca en el marco del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMP).
  • Ayudas al sector pesquero y acuícola de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
  • Ayudas destinadas al desarrollo y a la diversificación económica de las zonas rurales clasificadas G4, G5 y G6 según el estudio «Definición Técnica de Zonas Rurales»  - (Erein Privados).
  • Ayudas destinadas a la promoción y al desarrollo de las zonas rurales de la Comunidad Autónoma del País Vasco, clasificadas G4, G5 y G6, dirigidas a entidades de carácter público (Erein Públicos).
  • Ayudas a la promoción y desarrollo de las zonas litorales de la comunidad autónoma del País Vasco (Programa Itsaspen).
  • Ayudas destinadas a la promoción, al desarrollo y a la diversificación económica de los municipios rurales incluidos en la zona Leader aprobada en el marco del Programa de Desarrollo Rural del País Vasco 2015-2020 (LEADER).

Fecha de última modificación: