Departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales

Medidas de conciliación

QUÉ SON LAS MEDIDAS DE CONCILIACIÓN

Las medidas de conciliación son acciones dirigidas a crear condiciones que favorezcan que las personas trabajadoras puedan compatibilizar su vida personal y familiar con su vida laboral. 

Surgen inicialmente como medidas de protección de las llamadas políticas familiares. Dichas políticas, a través de la regulación y configuración de los permisos por nacimiento, reducciones de jornada, excedencias y medidas similares, han intentado proteger los derechos de las personas trabajadoras y de sus hijos e hijas, y facilitar la conciliación.

Existen algunas reguladas de forma explícita por Ley,  y que son directamente aplicables (permiso por nacimiento, reducción de jornada por cuidado de personas menores de edad, excedencia por cuidado de hijos/as…), y otras cuyo disfrute se circunscribe a los convenios colectivos o a la negociación interna de la empresa con su plantilla.

Si quieres más información al respecto puedes consultar el apartado siguiente.

  1. Medidas dirigidas al cuidado de descendientes: El cuidado de los hijos e hijas menores

Una de las mayores necesidades de las personas trabajadoras es organizar la atención y el cuidado de sus hijos e hijas tras la finalización del periodo de permiso por nacimiento, ya que la reincorporación al mundo laboral genera situaciones que hacen incompatible la vida personal y familiar con la vida laboral.

La Ley recoge la posibilidad de utilizar las siguientes medidas de conciliación para el cuidado de hijos e hijas:

  • Reducción de jornada por cuidado de menores hasta los 12 años de edad
  • Excedencia por cuidado de menores de 3 años
  • Excedencia voluntaria

Además de estas medidas, la normativa actual reconoce el derecho de la persona trabajadora a la adaptación y distribución de su jornada laboral, aunque lo hace de forma genérica y condiciona su ejercicio a lo que la negociación colectiva o el pacto individual de cada empresa determinen.

Entre las medidas pactadas que podemos encontrar en diversos Convenios figuran:

  • Derecho de adaptación y distribución de la jornada laboral.
  • Permiso no retribuido.
  • Permiso para el acompañamiento a médicos y/o especialistas.
  • Permiso para acompañamiento de menores hospitalizados.
  • Bolsa de horas para periodos de adaptación escolar.

 

  1. Medidas dirigidas al cuidado de ascendientes y dependientes

Otra gran necesidad de conciliación de las familias tiene que ver con el cuidado de familiares en situación de dependencia o de extrema gravedad sanitaria.

La Ley establece como medidas:

  • Reducción de jornada por cuidado de persona dependiente
  • Excedencia voluntaria

Dependiendo de las medidas aprobadas en la negociación colectiva o en la negociación en la propia empresa, se podrá hacer uso de otras, como:

  • Permiso para el acompañamiento a especialistas
  • Derecho de adaptación y distribución de la jornada laboral.
  • Permiso no retribuido.
  • ….

 

  1. Medidas dirigidas a cuidar la dimensión personal de las personas trabajadoras

Es importante no descuidar la dimensión personal. Existen ciertas medidas que, aunque no estén reguladas expresamente en la legislación actual, pueden facilitar la conciliación de las necesidades personales de cualquier persona trabajadora. Entre estas medidas se encuentran:

  • Medidas de teletrabajo
  • Bolsa de horas a distribuir a lo largo del año de acuerdo a las necesidades de la persona trabajadora
  • Bonos sociales (descuentos en centros deportivos, guarderías, proyectos sociales,…)

 

Las medidas de conciliación benefician tanto a las personas trabajadoras como a las empresas; a las primeras porque les ayudan a satisfacer sus necesidades, y a las segundas porque les ayudan a mejorar la organización del trabajo, y a obtener plantillas más satisfechas que incrementan su productividad y competitividad.

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