Plan Estratégico de subvenciones del Departamento de Medio Ambiente, Planificación territorial y Vivienda-2017
La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones establece en su artículo 8.1 la obligatoriedad de contar con un Plan Estratégico de subvenciones en el que se identifiquen, en relación con las subvenciones del Departamento, los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su concesión, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.
La Circular 1/2015 de la Oficina de Control Económico aprobó un modelo-guía conforme al cual los distintos Departamentos del Gobierno debían aprobar los planes estratégicos en materia de subvenciones y, siguiendo los criterios establecidos en la misma, se aprobaron por los Departamentos de Medio Ambiente y Política territorial y Empleo y Políticas sociales, sus respectivos planes estratégicos de subvenciones para el año 2016.
En las circunstancias de prórroga presupuestaria, el mantenimiento de la actividad administrativa ordinaria motivo que el Departamento optara por prorrogar la vigencia de dichos planes en los ámbitos actualmente competencia del Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda.
Dichos ámbitos, identificados en el Decreto 24 /2016, de 26 de noviembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos son los siguientes:
- Medio Ambiente.
- Aguas.
- Canales y regadíos.
- Ordenación de recursos naturales y conservación de la naturaleza.
- Ordenación del territorio y del litoral.
- Suelo y urbanismo.
- Vivienda, suelo y urbanización afectos a vivienda.
- Arquitectura, edificación, sostenibilidad y calidad en la construcción.
- Promoción de la accesibilidad.
Las dotaciones presupuestarias vinculadas a la ejecución del Plan serían las resultantes de los créditos finales o actualizados del Presupuesto prorrogado para 2017. No obstante, conviene tener presente que el Plan tiene un carácter programático, por lo que su contenido no crea derechos ni obligaciones, y su efectividad queda condicionada a la puesta en práctica de las diferentes líneas de subvención.