Fecha de publicación: 28/06/2012

El Consejo Económico y Social apoya al Gobierno en la flexibilización de criterios para la adopción de niños

El Consejo Económico y Social (CES) apoya la flexibilización de criterios a la hora de adoptar niños que quiere introducir el Departamento de Empleo y Asuntos Sociales. El departamento va a modificar el decreto que regula los procesos de adopción de menores de edad para considerar la diferencia de edad como un criterio más en la valoración de la idoneidad de los padres adoptantes, y no como un requisito excluyente.

La eliminación de la diferencia de edad como criterio excluyente y dejándolo como un criterio de valoración por parte de los técnicos encargados de decidir sobre la idoneidad de la adopción es una decisión que se ha adoptado en vista de que se trataba de una medida discriminatoria.

El CES, principal organismo consultivo del Gobierno vasco y cuyo objetivo es elaborar dictámenes sobre iniciativas legislativas del Ejecutivo y del Parlamento autónomo, ha emitido un dictamen en el que apoya esta modificación porque los cambios jurídicos y sociales producidos en materia de adopción de menores y la entrada en vigor en España del Convenio Europeo en materia de adopción de menores (revisado) hacen necesaria una adecuación de la normativa en vigor”.

Esa adecuación, prosigue el CES, debe hacerse “teniendo presente que ningún criterio per se puede constituir una limitación o incluso un motivo de generación de la idoneidad de adoptar, y que el criterio que la diferencia generacional se aplique de forma razonada y permeable habida cuenta de las circunstancias de cada caso concreto”.

Por ello, el Consejo Económico y Social valora positivamente la modificación del decreto que tiene por objeto “ajustar un marco normativo más natural y adecuado en lo concerniente a la valoración del criterio de la adecuación entre la edad de las personas interesadas en adoptar y las personas menores de edad a adoptar, de forma que dicho criterio de idoneidad no sea un requisito de exclusión por si sólo de desestimación de la idoneidad”.

La posición del Gobierno también es avalada por el Ararteko, quien en su momento ya abogó por eliminar la diferencia de edad como criterio de exclusión porque resultaba discriminatorio cuando no se tenía en cuenta para otro tipo de cosas. Además, el convenio dela Unión Europeasobre adopción, al que hace referencia el CES en su dictamen, también establece la eliminación de la diferencia de edad y se encuentra en vigor desde septiembre del año pasado.

 

Igualdad

Además, hasta ahora la diferencia de edad no se tenía en cuenta cuando la persona solicitante o la pareja quería adoptar a personas menores de edad con necesidades especiales. Es decir, a grupos de hermanos en reagrupamiento familiar, a menores con alguna discapacidad o problemas de salud especiales, a niños mayores de siete años y a menores con antecedentes clínicos hereditarios de riesgo.

La consejera de Empleo y Asuntos Sociales, Gemma Zabaleta, ya recalcó en su momento que la modificación del decreto es un un paso que elimina exclusiones preventivas y a favor de la igualdad de todos los ciudadanos”. En esta línea,  considera que para determinar la idoneidad o no de una persona como adoptante, hay que tener en cuenta diversos factores de la vida en cuanto a su capacidad como padre o madre, entre los que la edad debe ser valorada como un criterio más, pero no constituir un elemento previo de exclusión.