Industria Digitala. 2019

RESUMEN
Título: 
Industria Digitala. 2019
Objeto: 
Apoyar la incorporación de las Tecnologías de la Electrónica, la Información y las Comunicaciones (TEICs) en las empresas industriales o de servicios técnicos (ligados al producto-proceso) conexos a las anteriores, así como las empresas que realicen tareas de diseño y montaje de productos industriales con el objeto de mejorar la competitividad de la empresa.
Dotación presupuestaria: 
2.263.557 euros
Normativa de la convocatoria: 
  • RESOLUCIÓN, de 29 de abril de 2019 (BOPV N 90/2019)
    RESOLUCIÓN, de 29 de abril de 2019, del Director General de SPRI Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial, por la que se procede a la aprobación, publicación y convocatoria de las bases reguladoras del Programa de Ayudas «Industria Digitala» 2019.
ORGANISMOS
Entidad convocante: 
SPRI - Sociedad para la Transformación Competitiva S.A.
Órgano convocante: 
SPRI - Sociedad para la Transformación Competitiva S.A.
Entidad resolutora: 
Organismos Autónomos, Entes y Sociedades Públicas
Contacto presencial: 
Alameda de Urquijo 36 - 4ª Planta. Edificio Plaza Bizkaia - 48011 Bilbao.
Contacto telefónico: 
Teléfono: 902 702 142. Fax: 94 403 70 22.
TRAMITACIONES
Lugares de Presentación: 
Alameda de Urquijo 36 - 4ª Planta. Edificio Plaza Bizkaia - 48011 Bilbao.
VolverAlameda de Urquijo 36 - 4ª Planta. Edificio Plaza Bizkaia - 48011 Bilbao.
Industria Digitala. 2019
Apoyar la incorporación de las Tecnologías de la Electrónica, la Información y las Comunicaciones (TEICs) en las empresas industriales o de servicios técnicos (ligados al producto-proceso) conexos a las anteriores, así como las empresas que realicen tareas de diseño y montaje de productos industriales con el objeto de mejorar la competitividad de la empresa.
DIRIGIDO A
Colectivo beneficiario: 
Podrán acceder a las ayudas contempladas en el presente Programa las empresas industriales o de servicios técnicos (ligados al producto-proceso) conexos a las anteriores, así como las empresas que realicen tareas de diseño y montaje de productos industriales. Podrán acceder, igualmente, las empresas matrices de los grupos industriales ubicados en la Comunidad Autónoma del País Vasco, que así lo soliciten, siempre que en su conjunto cumplan con las características del párrafo anterior, teniendo en cuenta su situación económica consolidada.
- Disponer de un centro de actividad industrial en la Comunidad Autónoma del País Vasco - Realizar la actuación subvencionable en la Comunidad Autónoma del País Vasco. - Estar al corriente de las obligaciones tributarias y para con la Tesorería General de la Seguridad Social y/o sus entidades colaboradoras, así como de las obligaciones que mantenga con el Gobierno Vasco, sin tener asimismo, deudas vencidas, reclamadas y no abonadas con cualquiera de las empresas del Grupo SPRI. - Deberán acreditar estar de alta en el correspondiente epígrafe industrial del Impuesto de Actividades Económicas del País Vasco - No encontrarse en las situaciones detalladas en el artículo 6. apartado 2e de la normativa del programa
PRESTACIÓN
Dotación: 
2.263.557 euros
Límite: 
La subvención máxima anual por empresa beneficiaria para apoyar los gastos de consultoría-ingeniería, hardware y software asociados al proyecto será de 18.000 euros para la realización de una o más actuaciones subvencionables a lo largo del ejercicio. La subvención máxima por concepto subvencionable, dentro de los 18.000 euros de límite máximo de subvención global, será el siguiente: Hardware y/o Sofware: máximo 9.000 euros. Gastos de Consultoría y/o Ingeniería: máximo 18.000 euros.
TRAMITES
De Solicitud y Aportación de Documentación
El trámite de "Solicitud y aportación de documentación", es el que inicia el procedimiento, para ello la persona interesada debe de presentar el formulario de solicitud correctamente cumplimentado dentro del plazo indicado de presentación de solicitudes
Trámite Solicitud
Trámite Solicitud
Trámite Solicitud
Presencial
Documentación:
  • a) Declaración responsable del representante legal de la entidad. b) Copia del poder notarial del representante legal. En el caso de que el beneficiario sea un trabajador autónomo, Certificado del Departamento de Hacienda de la Diputación Foral o Ayuntamiento correspondiente, actualizado, que acredite la actividad económica. c) NIF de la entidad beneficiaria. d) Oferta técnica y económica del proyecto, que deberá contener información detallada sobre los siguientes puntos: ¿ Actividad y situación actual de la empresa (en base a tecnología). - Problema / necesidad detectada. Objetivos que se quieren alcanzar. - Descripción de las tareas de ingeniería y consultoría a realizar y descripción del producto / servicio y documentos que se espera generar en el proyecto. - Descripción de las inversiones en hardware y software a abordar en el proyecto objeto de subvención. Aclarar la relación con el proyecto y la necesidad del mismo. - Análisis detallado de la solución TEIC a implantar. Tecnologías a emplear en el proyecto. - Desglose del presupuesto que incluya costes de consultoría y/o ingeniería, licencias del sistema y mantenimiento (si proceden). - Estimación de horas por cada una de las tareas a realizar (dedicaciones). - Calendario de ejecución del proyecto. e) En el caso de que la empresa beneficiaria haya sido constituida en los 12 meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud de ayuda, deberá presentar su «Plan de Negocio». f) Autorización a SPRI de solicitar el cumplimiento de obligaciones tributarias y para con la Seguridad Social así como para consultar el epígrafe en el que se encuentra dada de alta la empresa en el IAE (Impuesto de Actividades Económicas).
Lugares de Presentación Lugares de Presentación
Electrónico
Aplicaciones:


Electrónico
Aplicaciones:


ESTADO CONVOCATORIA
Plazo de presentación:
16/05/2019 - 27/09/2019
Fecha límite de presentación: 
El plazo de presentación de las solicitudes de ayuda se iniciará el día siguiente a la publicación de las presentes bases en el Boletín Oficial del País hasta las 15:00 horas (hora peninsular española) del día 27 de septiembre de 2019.
Plazo de resolución: 
Se establece un plazo máximo de resolución de 120 días naturales desde la fecha de presentación de la documentación completa. La falta de resolución en plazo se entenderá como resolución denegatoria.
Efectos del silencio: 
Desestimatorios
Recurso contra la resolución:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor: 
  • Plazo de interposición: 1 mes
  • Plazo de resolución: 3 meses
  • Falta de resolución: Efecto desestimatorio
Recurso contra la desestimación por silencio:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor: 
  • Plazo de interposición: 3 meses
  • Plazo de resolución: 3 meses
  • Falta de resolución: Efecto estimatorio