Prestación Complementaria de Vivienda (PCV)

RESUMEN
Título:
Prestación Complementaria de Vivienda (PCV)
Objeto:
La PCV es una prestación periódica, de naturaleza económica, articulada como un complemento de la Renta de Garantía de Ingresos (RGI) y dirigida a la cobertura de los gastos de alquiler de la vivienda o del alojamiento habitual, en cualquiera de sus modalidades de arrendamiento, subarriendo, coarriendo, hospedaje y alquiler de habitaciones.

La PCV se configura como un derecho subjetivo en la Ley 18/2008, de 23 de diciembre, para la Garantía de Ingresos y para la Inclusión Social.

Dotación presupuestaria:

43.108.373 €

Normativa reguladora:
  • LEY 18/2008 (BOPV N 250/2008)
    de 23 de diciembre, para la Garantía de Ingresos y para la Inclusión Social. (BOPV nº 250 de 31-12-08)
  • Decreto 2/2010 (BOPV N 11/2010)
    de 12 de enero, de la prestación complementaria de vivienda.
ORGANISMOS
Entidad convocante:
Empleo y Asuntos Sociales
Órgano convocante:
Dirección de Servicios Sociales
Entidad resolutora:
Empleo y Asuntos Sociales
Órgano resolutor:
Dirección de Inclusión Social
Contacto presencial:

Servicios Sociales de Base del Ayuntamiento del municipio de residencia del interesado.

Contacto telefónico:

Dirección de Inclusión Social
E-mail: gizarteratze@ej-gv.es

TRAMITACIONES
Lugares de Presentación:
Zuzenean - Atención Ciudadana
  • Bilbao:
    Gran Vía, 85
    48011 Bilbao, (Bizkaia)
  • Donostia- San Sebastián:
    Andía, 13
    20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
  • Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
    Ramiro Maeztu, 10 bajo
    01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)
Horario de atención al público
De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.

Otros Lugares de Presentación de solicitudes:
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
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  • Bilbao:
    Gran Vía, 85
    48011 Bilbao, (Bizkaia)
  • Donostia- San Sebastián:
    Andía, 13
    20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
  • Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
    Ramiro Maeztu, 10 bajo
    01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)
Horario de atención al público
De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.

Otros Lugares de Presentación de solicitudes:
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
Prestación Complementaria de Vivienda (PCV)
La PCV es una prestación periódica, de naturaleza económica, articulada como un complemento de la Renta de Garantía de Ingresos (RGI) y dirigida a la cobertura de los gastos de alquiler de la vivienda o del alojamiento habitual, en cualquiera de sus modalidades de arrendamiento, subarriendo, coarriendo, hospedaje y alquiler de habitaciones.
La PCV se configura como un derecho subjetivo en la Ley 18/2008, de 23 de diciembre, para la Garantía de Ingresos y para la Inclusión Social.
DIRIGIDO A
Colectivo beneficiario:

1.- Podrán ser titulares de la Prestación Complementaria de Vivienda las personas que reúnan los siguientes requisitos:
a) Ser titular de la Renta de Garantía de Ingresos, en cualquiera de sus modalidades, debiendo, en consecuencia, reunir los requisitos exigidos para el acceso a dicha prestación, en los términos previstos en su normativa reguladora.
b) Encontrarse la persona titular en la necesidad de hacer frente a los gastos periódicos de vivienda o alojamiento habitual contemplados en el artículo 4, debiendo verificarse dicha necesidad por los servicios sociales municipales del municipio en el que tiene su domicilio habitual.
c) Estar inscrita o haber solicitado la inscripción como solicitante de vivienda de alquiler en el servicio Etxebide del Departamento de Vivienda, Obras Públicas y Transportes.

2.– No podrán acceder a la Prestación Complementaria de Vivienda las personas solicitantes cuando ellas mismas o cualquiera de las personas miembros de su unidad de convivencia se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:
a) Tener una vivienda en alquiler o en propiedad que se considere incluida en alguno de los tipos de vivienda de protección pública en los términos pre¬vistos en la legislación vigente en el momento de la solicitud.
b) Disponer de una vivienda en propiedad o en usufructo y solicitar la Prestación Complementaria de Vivienda para la cobertura de gastos de alquiler de otra vivienda, aun cuando esta última constituyera su residencia habitual, salvo cuando se trate de personas que se hubieran visto obligadas a dejar su domicilio habitual por separación o divorcio y otras causas, como desahucio.

 

  • Ser titular de la RGI.
  • Encontrarse len la necesidad de hacer frente al alquiler de la vivienda o alojamiento habitual.
  • Estar inscrita o haber solicitado la inscripción como solicitante de vivienda de alquiler en el servicio Etxebide del Departamento de Vivienda, Obras Públicas y Transportes.
  • No existir relación de parentesco hasta el tercer grado con la persona arrendadora de la vivienda .
PRESTACIÓN
Dotación:

Concurrencia de titulares y número máximo de prestaciones por vivienda o alojamiento.
1.- En el supuesto de que una misma vivienda particular fuera compartida por dos o más unidades de convivencia unidas entre sí por lazos de parentesco, sólo podrá otorgarse a una de ellas.
2.- En el supuesto de que una misma vivienda particular fuera compartida por dos o más unidades de convivencia sin relación de parentesco, podrán otorgarse, hasta un máximo de dos Prestaciones Complementarias de Vivienda.
La cuantía máxima de la PCV será de 250 euros mensuales. No obstante lo anterior, la cuantía máxima se elevará a 320 euros mensuales cuando se dé alguna de las siguientes circunstancias:

  • La unidad de convivencia de la persona titular de la prestación sea una unidad familiar con dos o más hijos o hijas a su cargo.
  • La persona titular de la prestación o cualquiera de las personas miembros de su unidad de convivencia realiza una actividad laboral remunerada, ya sea por cuenta propia o ajena.


Las cuantías máximas previstas serán aplicables tanto cuando se trate de casas particulares como de alojamientos colectivos.

TRAMITES
De Solicitud y Aportación de Documentación
El trámite de "Solicitud y aportación de documentación", es el que inicia el procedimiento, para ello la persona interesada debe de presentar el formulario de solicitud correctamente cumplimentado dentro del plazo indicado de presentación de solicitudes
Solicitud
Solicitud:
Solitud de Prestación Complementaria de Vivienda (PCV)
Presencial
Documentación:
  • Documentación a aportar

    La solicitud se podrá recoger en los Servicios Sociales del Ayuntamiento.
    La solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación:

    • Documentos acreditativos de los gastos de vivienda o alojamiento habitual a cuya cobertura se destina la PCV, a saber, el contrato de arrendamiento o, en su caso, el contrato de subarriendo, coarriendo, hospedaje o alquiler de habitaciones.
    • Declaración jurada sobre inexistencia de vínculos familiares con la persona arrendadora de la vivienda o alojamiento o con cualquiera de las personas miembros de su unidad familiar.
    • Documentación acreditativa de estar inscrito o haber solicitado su inscripción como solicitante de vivienda de alquiler en el Servicio de Etxebide del Departamento de Vivienda, Obras Públicas y Transportes del Gobierno Vasco, en los supuestos en los que tal inscripción sea exigible.
    • Declaración jurada de no disponer de vivienda en propiedad o usufructo.
    • Declaración jurada de no disponer de vivienda en alquiler o en propiedad incluida en alguno de los tipos de vivienda de protección pública en los términos previstos en la legislación vigente en el momento de la solicitud.
    • Documentación acreditativa de la solicitud o de la concesión o denegación de cualquier prestación económica destinada a la misma finalidad que la prestación complementaria de vivienda, y procedente de cualquier Administración, debiendo expresar en todo caso, el órgano concedente de la misma, así como el importe solicitado o concedido por tal concepto.

    Para la tramitación de la PCV no se exigirá la presentación de la documentación que ya haya sido aportada en el marco de la tramitación de la RGI.

Lugares de Presentación Lugares de Presentación
Comunes de la Subvención
Los trámites comunes, no son obligados, y la persona interesada puede realizarlos a lo largo de la vida de su expediente por iniciativa propia o cuando la administración le comunica que tiene esa opción.
En este apartado, se le facilitan formularios para cada trámite que tenga que realizar siempre que la persona solicitante haya escogido continuar el procedimiento por canal presencial.
En caso, de haber escogido el canal electrónico, estos trámites se realizan a través de “Mis Gestiones” previa identificación con un certificado electrónico
Aportación de Documentación
Aportación de Documentación:
El/La interesado/a deberá de presentar, para la aportación de documentos requeridos por la administración o que el/la propio/a interesado/a estime conveniente aportar el siguiente formulario indicando los documentos que adjunta.
Presencial
Formularios:
Aportación de Documentación (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para la aportación de documentos requeridos por la administración.
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Ampliación de Plazo
Ampliación de Plazo:
Cuando la solicitud de iniciación no reúna los requisitos exigidos en la normativa específica de convocatoria requerirá al/a interesado/a para que en un plazo de diez días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos. El/La interesado/a, siempre y cuando no sea un procedimiento de concurrencia competitiva, puede solicitar la ampliación del plazo para la subsanación o la aportación de los documentos requeridos presentando el siguiente formulario cumplimentado. Este plazo puede ser ampliado en cinco días siempre y cuando la aportación de los documentos presente dificultades especiales.
Presencial
Formularios:
Ampliación de Plazo (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para solicitar la ampliación de plazo de subsanación.
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Modificación Datos Notificación
Modificación Datos Notificación:
El/La interesado/a puede modificar sus datos personales de notificación en este procedimiento rellenando el formulario adjunto en el que indicará el canal por el que desea recibir las notificaciones y el idioma.
Presencial
Formularios:
Modificación Datos Notificación (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para solicitar la modificación de datos personales de notificación en el procedimiento.
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Desistimiento
Desistimiento:
El/La Interesado/a tendrá derecho a desistir de su solicitud una vez realizada la misma, en cualquier momento hasta que haya sido dictada la resolución. El desistimiento no impide al/a interesado/a seguir conservando los derechos que le amparan que podrá hacer valer, si lo desea, en otro procedimiento.
Presencial
Formularios:
Desistimiento (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para solicitar desistimiento de su solicitud
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Aceptación de la Ayuda
Aceptación de la Ayuda:
Si el/la interesado/a está conforme con la ayuda concedida puede aceptarla cumplimentando el formulario que se le facilita. En este caso, la Administración continuará, una vez recepcionada la aceptación, con los trámites necesarios para el pago de la ayuda.
Presencial
Formularios:
Aceptación de la Ayuda (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para la aceptación de la ayuda concedida.
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Renuncia
Renuncia:
El/La Interesado/a tendrá derecho a renunciar a la continuación del procedimiento o a la ayuda solicitada, una vez pasado dictada la resolución de la misma, si bien, el/la interesado/a que renuncia, pierde los derechos que le amparan.
Presencial
Formularios:
Renuncia (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para solicitar la renuncia respecto a la continuación del procedimiento o ayuda solicitada.
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Recurso Alzada
Recurso Alzada:
El recurso de alzada es un recurso de carácter administrativo a través del cual se busca que un órgano administrativo revise un acto dictado por otro órgano dependiente jerárquicamente de él, buscando que enmiende conforme a Derecho el acto del órgano inferior.
Presencial
Formularios:
Recurso Alzada (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para la interposición de recurso de alzada
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
ESTADO CONVOCATORIA
Plazo de presentación:
01/01/2010 - 31/12/2010
Fecha límite de presentación:
Durante todo el año.
Plazo de resolución:
Dos meses desde la fecha de presentación de la solicitud.
Efectos del silencio:
Estimatorios
Recurso contra la resolución:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:    Dirección de Inclusión Social.
  • Plazo de interposición: 1 mes.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto desestimatorio.
Resolución:
Esta información tiene únicamente carácter orientativo, por lo que no sustituye ni modifica las Disposiciones normativas que regulan los diferentes procedimientos administrativos ni, en consecuencia, puede dar origen a derechos u obligaciones que no se encuentren contempladas en la Reglamentación específica.