Ayudas destinadas a promover la Eficiencia Energética y el Uso de Energías Renovables en Edificios Públicos de Euskadi mediante contratos con empresas de Servicios Energéticos (ESES). Año 2017

RESUMEN
Título:
Ayudas destinadas a promover la Eficiencia Energética y el Uso de Energías Renovables en Edificios Públicos de Euskadi mediante contratos con empresas de Servicios Energéticos (ESES). Año 2017
Objeto:
El objeto del presente Programa de Ayudas es incentivar la participación de Empresas de Servicios Energéticos (en adelante «ESE») en el estudio e incorporación de medidas de ahorro, eficiencia energética y energías renovables en los edificios e instalaciones de la Administración Autonómica y Local de Euskadi.
Dotación presupuestaria:
300.000
Normativa de la convocatoria:
  • RESOLUCIÓN de 5 de junio de 2017, del Director General del Ente Vasco de la Energía (BOPV N 120/2017)
    RESOLUCIÓN de 5 de junio de 2017, del Director General del Ente Vasco de la Energía, por la que se procede a la aprobación, convocatoria y publicación de las bases reguladores del Programa de Ayudas al Plan para Promover la Eficiencia Energética y el Uso de Energías Renovables en Instalaciones y Edificios Públicos de Euskadi mediante contratos con empresas de servicios energéticos (ESES). Año 2017.
ORGANISMOS
Entidad convocante:
EVE - Ente Vasco de la Energía
Órgano convocante:
EVE - Ente Vasco de la Energía
Entidad resolutora:
Organismos Autónomos, Entes y Sociedades Públicas
Contacto presencial:
C/Alameda de Urquijo, 36 - 1º.Edificio Plaza Bizkaia 48011 Bilbao. Indicando la referencia: ESES 2017 PROGRAMA DE AYUDAS A EMPRESAS DE SERVICIOS ENERGÉTICOS (ESES)
Contacto telefónico:
Teléfono:944 035 600.Fax. 944 035 699
TRAMITACIONES
Lugares de Presentación:
C/Alameda de Urquijo, 36 - 1º.Edificio Plaza Bizkaia 48011 Bilbao. Indicando la referencia: ESES 2017 PROGRAMA DE AYUDAS A EMPRESAS DE SERVICIOS ENERGÉTICOS (ESES)
Volver C/Alameda de Urquijo, 36 - 1º.Edificio Plaza Bizkaia 48011 Bilbao. Indicando la referencia: ESES 2017 PROGRAMA DE AYUDAS A EMPRESAS DE SERVICIOS ENERGÉTICOS (ESES)
Ayudas destinadas a promover la Eficiencia Energética y el Uso de Energías Renovables en Edificios Públicos de Euskadi mediante contratos con empresas de Servicios Energéticos (ESES). Año 2017
El objeto del presente Programa de Ayudas es incentivar la participación de Empresas de Servicios Energéticos (en adelante «ESE») en el estudio e incorporación de medidas de ahorro, eficiencia energética y energías renovables en los edificios e instalaciones de la Administración Autonómica y Local de Euskadi.
DIRIGIDO A
Colectivo beneficiario:
Podrán acceder a la condición de beneficiarios, a los efectos del presente Programa de Ayudas, cualquier persona jurídica que desarrolle su actividad como ESE y lleve a cabo actuaciones del tipo de las especificadas en la base 4.ª de este Programa de Ayudas. En el marco del presente Programa de Ayudas se entiende por ESE: «Aquella persona jurídica que proporcione servicios energéticos en las instalaciones de un usuario, y afronte cierto grado de riesgo económico al hacerlo. Todo ello siempre que el pago de los servicios prestados se base, en todo o en parte, en la obtención de ahorros de energía, por introducción de mejoras de la eficiencia energética y/o energías renovables».
Será requisito necesario para la calificación de sujeto beneficiario, con carácter previo a la concesión de la ayuda así como para mantenerse en dicha condición hasta la liquidación de la subvención concedida, el encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, para con la seguridad social y, en su caso, en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
PRESTACIÓN
Dotación:
300.000
Límite:
Tanto en actuaciones de eficiencia energética como en el ámbito de las energías renovables, la cuantía total y máxima de ayuda que podrá recibir un mismo beneficiario, en el marco de esta convocatoria de ayudas, será de cien mil (100.000) euros y en ningún caso se superarán los porcentajes establecidos para cada tipo de actuación en la base 4.ª del presente Programa de Ayudas. En cualquier caso, la cuantía de la ayuda no podrá superar el 30% del coste subvencionable para las actuaciones enmarcadas en el ámbito de la eficiencia energética, del 35% del coste subvencionable para las instalaciones de aprovechamiento energético de la b iomasa y d el 3 0% p ara e l r esto d e l as instalaciones de uso de energías renovables, salvo en el caso de nuevas conexiones a sistemas urbanos de calefacción y refrigeración ya existentes, para los que el porcentaje máximo será del 50%.
TRAMITES
De Solicitud y Aportación de Documentación
El trámite de "Solicitud y aportación de documentación", es el que inicia el procedimiento, para ello la persona interesada debe de presentar el formulario de solicitud correctamente cumplimentado dentro del plazo indicado de presentación de solicitudes
Trámite Solicitud
Trámite Solicitud:
Trámite Solicitud
Presencial
Documentación:
  • a. Anexo I-1, Solicitud de Ayuda Económica 2016 ¿ Datos del solicitante, debidamente cumplimentado. b. Anexo I-2, Solicitud de Ayuda Económica 2016 ¿ Documentación Técnico-Administrativa y los documentos que en él figuran: ¿ Copia del DNI del firmante. ¿ Copia del CIF. ¿ Copia de la escritura, norma o acta de constitución de la Sociedad. ¿ Copia de la escritura de apoderamiento o documento acreditativo de los poderes de representación del solicitante. ¿ Justificante actualizado de estar al corriente en los pagos a la Hacienda Foral. ¿ Certificación actualizada que justifique estar al corriente en los pagos a la Seguridad Social. ¿ Certificado bancario acreditativo del número de cuenta (24 dígitos), de la que el beneficiario deberá ser titular; este número de cuenta será en el que, cumplidos todos los requisitos del proceso exigido por el presente Programa de Ayudas, se abonará la subvención comprometida. ¿ Certificado de la Administración contratante que refleje la adjudicación definitiva del contrato en favor del solicitante. c. Anexo II, Declaración de la solicitud u obtención de otras subvenciones o ayudas, debidamente cumplimentado, siempre que sea para la misma finalidad, procedente de cualquier otra administración o, ente tanto público como privado. Este documento debe aportarse i ncluso e n e l c aso d e q ue n o h aya existido ningún otro tipo de ayuda adicional. d. Anexo III, Declaración de no incurrir en situación penal o de sanción administrativa que conlleve a incompatibilidad para obtener la consideración de beneficiario. e. Anexo IV, Declaración de consideración de empresa a los efectos del Reglamento 651/2014 y, en su caso, si se trata de empresa grande o mediana. f. Anexo V, en caso de empresas, declaración responsable del solicitante en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 14/2007, de 28 de diciembre, de carta de justicia y solidaridad con los países empobrecidos, que la empresa no tiene por objeto social ni se dedica a la producción, comercialización y financiación de armas. g. Anexo VI, en el caso de tratarse de empresas de más de 250 trabajadores, deberá presentarse declaración jurada de disponer del Plan de Igualdad exigido por l a L ey O rgánica 3 /2007, d e 2 2 d e m arzo, p ara l a igualdad efectiva de mujeres y hombres. h. En el caso de empresas sujetas al Reglamento 651/2014 que tengan la consideración de grandes empresas, justificación del efecto incentivador según el artículo 6.2 del citado Reglamento. Actuaciones en el área de Eficiencia Energética: Anexos técnicos específicos i. Anexo VII.1, Eficiencia Energética. Documentación Técnica, que exige la presentación de los siguientes documentos: ¿ Anexo VII.1, debidamente cumplimentado. ¿ Memoria técnico-económica, en la que, para cada actuación subvencionable, deberá incluir, conforme al correspondiente contrato formalizado, descripción del proyecto, plazo de ejecución, esquemas de principio y resumen de cálculos. ¿ Calificación energética del proyecto y justificación de la calificación energética para los proyectos de alumbrado público exterior. ¿ Declaración de cumplimiento del R.D. 1890/2008 para los proyectos de alumbrado público exterior. ¿ Presupuesto detallado y, aceptado y firmado por el solicitante de la ayuda; este documento deberá estar perfectamente detallado en cuanto a sus diferentes partidas económicas. No se admitirá ningún presupuesto con partidas económicas agregadas, haciendo imposible la distinción de las partidas económicas relevantes de la instalación energética. La mano de obra de personal propio, prevista para la ejecución del proyecto, deberá especificarse detalladamente en cuanto a categoría, horas previstas de participación y coste horario de cada persona participante en la ejecución del proyecto. ¿ Justificación acreditativa del ahorro energético previsto. ¿ Justificación del cumplimiento del documento HE-1- limitación de la demanda energética, del CTE, para los proyectos de mejora de la envolvente térmica de edificios. Actuaciones en el área de Energías Renovables: Anexos técnicos específicos j. Anexo VII.2 a VII.6, Energías Renovables. Documentación Técnica, que corresponda, según tipo de actuación, que exige la presentación de los siguientes documentos: ¿ Anexo VII.2 a VII.6, que corresponda, debidamente cumplimentado. ¿ Memoria técnico-económica, en la que, para cada proyecto subvencionable, deberá incluir los apartados de descripción de la instalación, plazo para su realización, esquemas de principio y resumen de cálculos. Es imprescindible que la memoria incluya el correspondiente apartado de demanda energética a satisfacer por la instalación objeto de subvención; la demanda energética deberá especificarse tanto para las necesidades de calor como, si procede, para las de frío, siendo obligatorio detallar, según el caso, la potencia máxima calorífica y/o la potencia máxima frigorífica, requeridas. En esta línea, para toda aplicación de climatización que se acoja al presente programa de ayudas ¿ residencias, polideportivos, etc.- es necesario indicar el ratio de potencia de cálculo requerida por unidad de superficie climatizada (calor y/o frío). En este sentido, debe tenerse en cuenta que el ratio indicado deberá estar soportado por los valores estadísticos locales-regionales vigentes para cada tipo específico de aplicación. En el caso particular de instalaciones energéticas mixtas, como por ejemplo en los casos de combinación de una bomba de calor geotérmica con una caldera de gas natural, o la combinación caldera de biomasa con bomba de calor geotérmica, la consideración de las potencias máximas de demanda calorífica y/o frigorífica estarán explicitadas de acuerdo con la contribución específica calculada para cada tipo de equipo componente de la instalación mixta de que se trate. ¿ Presupuesto detallado y, aceptado y firmado por el solicitante de la ayuda; este documento deberá estar perfectamente detallado en cuanto a sus diferentes partidas económicas. No se admitirá ningún presupuesto con partidas económicas agregadas, haciendo imposible la distinción de las partidas económicas relevantes de la instalación energética. ¿ En el caso de solicitudes de ayuda para instalaciones energéticas fundamentadas en el uso de energías renovables exigidas con carácter obligatorio por la vigente normativa del Código Técnico de la Edificación (CTE), se deberá aportar documentación justificativa que acredite que no les es de aplicación dicha normativa (p.e., copia de licencia de obras anterior a la entrada en vigor del CTE, etc.). ¿ Especificaciones técnicas de los fabricantes de los equipos de generación energética (copia de la documentación técnica proporcionada por cada fabricante).
Lugares de Presentación Lugares de Presentación
ESTADO CONVOCATORIA
Plazo de presentación:
27/06/2017 - 30/11/2017
Fecha límite de presentación:
finalizará en el momento de producirse el agotamiento del presupuesto destinado a este efecto.
Efectos del silencio:
Desestimatorios
Recurso contra la resolución:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:    .
  • Plazo de interposición: 1 mes.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto desestimatorio.
Recurso contra la desestimación por silencio:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:  .
  • Plazo de interposición: 3 meses.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto estimatorio.