Subvenciones para la promoción de la empleabilidad mediante la contratación en prácticas. Bizkaia 2012

RESUMEN
Título:
Subvenciones para la promoción de la empleabilidad mediante la contratación en prácticas. Bizkaia 2012
Objeto:
Promoción de la empleabilidad mediante contratación en prácticas de personas jóvenes hasta 30 años.
Dotación presupuestaria:
99.222 €
Normativa de la convocatoria:
  • DECRETO FORAL 124/2012 de 21 de agosto (BOB N 176/2012)
    DECRETO FORAL de la Diputación Foral de Bizkaia 124/2012 de 21 de agosto, por el que se modifica el Decreto Foral 62/2010, de 27 de abril, por el que se establecen las bases y convocatoria reguladoras de la concesión de subvenciones para la promoción de la empleabilidad mediante la contratación en prácticas.
  • DECRETO FORAL de la Diputación Foral de Bizkaia 161/2012 de 27 de noviembre (BOB N 235/2012)
    DECRETO FORAL de la Diputación Foral de Bizkaia 161/2012 de 27 de noviembre, por el que se modifica el Decreto Foral 88/2012 por el que se establecen las bases y convocatoria reguladoras de la concesión de subvenciones para la promoción de la empleabilidad mediante la contratación en prácticas.
Normativa reguladora:
  • DECRETO FORAL 88/2012 de 24 de abril de 2012, (BOB N 81/2012)
    DECRETO FORAL de la Diputación Foral de Bizkaia 88/2012 de 24 de abril de 2012, por el que se establecen establecen las bases y convocatoria reguladoras de la concesión de subvenciones para la promoción de la empleabilidad mediante la contratación en prácticas.
ORGANISMOS
Entidad convocante:
Departamento de Innovación y Promoción Económica
Órgano convocante:
Departamento de Innovación y Promoción Económica
Entidad resolutora:
Diputación Foral Bizkaia
Contacto presencial:
C/Obispo Orueta 6. 48009 Bilbao
Contacto telefónico:
Teléfono: 944 068 000
TRAMITACIONES
Lugares de Presentación:
C/Obispo Orueta 6. 48009 Bilbao
Volver C/Obispo Orueta 6. 48009 Bilbao
Subvenciones para la promoción de la empleabilidad mediante la contratación en prácticas. Bizkaia 2012
Promoción de la empleabilidad mediante contratación en prácticas de personas jóvenes hasta 30 años.
DIRIGIDO A
Colectivo beneficiario:
Podrán ser beneficiarias de las ayudas previstas en la presente Iniciativa las empresas de Bizkaia, cualquiera que sea su forma jurídica, los empresarios y empresarias individuales y profesionales, las comunidades de bienes y sociedades civiles, así como las Asociaciones, Fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro, del Territorio Histórico de Bizkaia.
Las entidades beneficiarias, deberán cumplir además, las siguientes condiciones: Tener su domicilio social y fiscal en el Territorio Histórico de Bizkaia. Asimismo, el centro de trabajo, radicará también en dicho territorio. Tener una plantilla inferior a 250 personas. No hallarse participada directa o indirectamente en más de un 25% por empresas que no reúnan los requisitos anteriores. Acreditar residencia habitual en el Territorio Histórico de Bizkaia en el caso de empresarios o empresarias individuales o profesionales. Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. Para ser beneficiarias, las entidades no pueden verse afectadas por ninguna de las prohibiciones del artículo 12 de la NFS. Quedan excluidas de la condición de entidad beneficiaria, los organismos autónomos y las sociedades públicas y asociaciones o entidades sin ánimo de lucro dependientes o vinculadas a cualquier ámbito de la administración local, foral, autonómica o central, así como los Centros públicos y privados de formación profesional y las empresas de trabajo temporal.
PRESTACIÓN
Dotación:
99.222 €
Límite:
La cuantía de la subvención a otorgar a cada entidad beneficiaria por el conjunto de actuaciones subvencionables, en esta iniciativa, no podrá rebasar el límite de 90.000 euros, ni superar un máximo de 10 contrataciones La subvención máxima por contrato ascenderá a 7.000 euros en el caso de contratos de duración de un año, y de 3.000 en el caso de contratos de 6 meses de duración. Las subvenciones a otorgar por contrato no podrán ser inferiores, en ningún caso, a 1.500 euros en el caso de contratos de duración de 6 meses y 2.000 euros en el caso de contratos de duración de 12 meses.
TRAMITES
De Solicitud y Aportación de Documentación
El trámite de "Solicitud y aportación de documentación", es el que inicia el procedimiento, para ello la persona interesada debe de presentar el formulario de solicitud correctamente cumplimentado dentro del plazo indicado de presentación de solicitudes
Trámite Solicitud
Trámite Solicitud:
Trámite Solicitud
Presencial
Documentación:
  • — Ficha de acreedor: El número de cuenta reflejado en la misma deberá coincidir con la señalada en la solicitud. La ficha de acreedor deberá estar cumplimentada en todos sus extremos, con las firmas y sellos requeridos al efecto. — Certificado de empadronamiento que acredite la residencia habitual en el Territorio Histórico de Bizkaia en el caso de empresarios o empresarias individuales o profesionales. — Copia del Documento Nacional de Identidad de la persona contratada — Certificado de empadronamiento acreditativo de la residencia habitual en Bizkaia de la persona contratada, en el caso en que previa comprobación del DNI no resida en Bizkaia. — Copia del contrato de trabajo registrado y/o comunicado a la oficina de empleo, así como de la prórroga en el supuesto de contratos prorrogados durante 6 meses. — Copia de la resolución sobre el reconocimiento del alta de Seguridad Social de la persona contratada. — Copia de la nómina correspondiente al mes en que se produjo el contrato. — En el caso de que la persona contratada esté inscrita en la Bolsa de empleo del Departamento de Promoción Económica, «informe de períodos de inscripción y de situación laboral» expedido por Lanbide.
Lugares de Presentación Lugares de Presentación
ESTADO CONVOCATORIA
Plazo de presentación:
01/09/2012 - 31/01/2013
Fecha límite de presentación:
La segunda convocatoria estará comprendida entre el 1 de septiembre y el 31 de enero de 2013, para los contratos de 6 o de 12 meses formalizados entre el 1 de julio y el 31 diciembre de 2012 inclusive.
Plazo de resolución:
Las solicitudes serán resueltas mediante resolución expresa e individualizada del Diputado Foral de Promoción Económica. La resolución será dictada en el plazo de seis meses a contar desde el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes
Efectos del silencio:
Desestimatorios
Recurso contra la resolución:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:    .
  • Plazo de interposición: 1 mes.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto desestimatorio.
Recurso contra la desestimación por silencio:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:  .
  • Plazo de interposición: 3 meses.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto estimatorio.