Ayudas para la realización de actuaciones referidas al aprendizaje a lo largo de toda la vida para 2012
Convocar para el corriente ejercicio 2012 las ayudas previstas en el Decreto 298/2002, de 17 de diciembre, por el que se regulan ayudas para la realización de actuaciones referidas al aprendizaje a lo largo de toda la vida.
1.156.000 euros
- ORDEN de 29 de mayo de 2012 (BOPV N 112/2012)
de la Consejera de Educación, Universidades e Investigación, por la que se realiza para el corriente año 2012 la convocatoria de las ayudas previstas en el Decreto 298/2002, de 17 de diciembre, por el que se regulan ayudas para la realización de actuaciones referidas al aprendizaje a lo largo de toda la vida
- Decreto 298/2002, de 17 de diciembre de 2002 (BOPV N 248/2002)
por el que se regulan ayudas para la realización de actuaciones referidas al aprendizaje a lo largo de toda la vida
Oficinas de atención al público:
- Bilbao:
Gran Vía, 85
48011 Bilbao, (Bizkaia)
- Donostia- San Sebastián:
Andía, 13
20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
- Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
Ramiro Maeztu, 10 bajo
01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)
- Delegaciones Territoriales de Educación
- Dirección de Aprendizaje Permanente
- Viceconsejería de Formación Profesional y Aprendizaje Permanente
Horario de atención al público:
- De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
La Administración Pública del país Vasco pone a disposición de la ciudadanía el teléfono 012.
- Horario de atención telefónica:
El servicio de atención a la ciudadanía del Gobierno dispondrá de horarios ininterrumpidos de atención telefónica de lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
- Número de Teléfono:
Desde el País Vasco: 012
Desde fuera del País Vasco: 945 018000
Desde el extranjero: 00 34 945 018000
- Bilbao:
Gran Vía, 85
48011 Bilbao, (Bizkaia)
- Donostia- San Sebastián:
Andía, 13
20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
- Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
Ramiro Maeztu, 10 bajo
01008 Vitoria-Gasteiz, (Ãlava)
De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
Otros Lugares de Presentación de solicitudes:
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
- Bilbao:
Gran Vía, 85
48011 Bilbao, (Bizkaia)
- Donostia- San Sebastián:
Andía, 13
20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
- Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
Ramiro Maeztu, 10 bajo
01008 Vitoria-Gasteiz, (Ãlava)
De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
Otros Lugares de Presentación de solicitudes:
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
Convocar para el corriente ejercicio 2012 las ayudas previstas en el Decreto 298/2002, de 17 de diciembre, por el que se regulan ayudas para la realización de actuaciones referidas al aprendizaje a lo largo de toda la vida.
Los destinatarios son los establecidos en el artículo 3 del Decreto 298/2002.
Los previstos en el Decreto 298/2002, de 17 de diciembre, regulador de las ayudas para la realización de actuaciones referidas al aprendizaje a lo largo de toda la vida.
1.156.000 euros
1.156.000 euros
a) Un primer pago del 70% del total de la subvención en el momento de la concesión de la subvención.
b) Un segundo pago del 30% restante, una vez finalizadas todas las actividades recogidas en la Resolución, previa presentación de una memoria final
El formulario de solicitud es un pdf rellenable, que la persona y/o entidad interesada puede rellenar, imprimir y entregar en los lugares de presentación especificados.
- Documentación a aportar por el ciudadano:
a) Documentación relativa a la entidad solicitante
- Acreditar la constitución legal de la entidad según su naturaleza jurídica y la identidad de la persona representante, así como justificar poder suficiente de representación.
Se establece la posibilidad de que la entidad solicitante de la ayuda consienta expresamente que estos datos o documentos sean obtenidos o verificados por el órgano gestor, tanto cuando utilice el canal presencial como el electrónico, sin perjuicio de las facultades de comprobación, control e inspección que tiene atribuidasla Administración Pública.
- Acreditación de cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la seguridad social.
La acreditación del cumplimiento de estas obligaciones se verificará automáticamente, tantas veces como fuera necesario, por el órgano gestor sin necesidad del consentimiento de los mismos, en aplicación del Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido dela Leyde Principios Ordenadores dela HaciendaGeneraldel País Vasco.
b) Documentación relativa a la actividad
- Memoria descriptiva del conjunto de acciones previstas a realizar en el proyecto, especificando el nombre del proyecto, el importe solicitado para su realización, los contenidos de las actuaciones a desarrollar, los objetivos que se persiguen, el ámbito geográfico y temporal, los colectivos a quienes se dirige la actuación, los agentes y agrupaciones de intereses que participen en la actuación, la metodología propuesta, el coste de la acción desglosado por conceptos (personal y funcionamiento) y acciones previstas, y demás circunstancias que sirvan para definir el proyecto.
El formulario de solicitud, enlaza directamente con la tramitación electrónica. Para ello, le pedirá que se identifique con un certificado electrónico:
- Para Personas Físicas: DNIe, ONA, Certificado de Ciudadano
- Para Personas Jurídicas: Certificado de entidad
Junto al formulario de solicitud, debe de aportar documentación específica.
Es recomendable obtener los certificados que vaya a tener que aportar antes de indicar la tramitación, así como cumplimentar otros formularios si fuera necesario y guardarlos en su ordenador.
En este apartado, se le facilitan formularios para cada trámite que tenga que realizar siempre que haya escogido continuar el procedimiento por canal presencial.
En caso, de haber escogido el canal electrónico, los trámites se realizan a través de "Mis Gestiones" previa identificación con un certificado electrónico..
- Documentación justificativa
Una vez finalizadas todas las actividades recogidas en la Resolución, previa presentación de una memoria final, que se deberá presentar, en todo caso, en el plazo de tres meses desde la finalización de las actuaciones. Dicha memoria contendrá una descripción de la ejecución del proyecto debiéndose acompañar a la misma aquellos documentos fehacientes relativos a la efectiva materialización de las actuaciones.
La presentación de esta documentación se realiza en las Delegaciones Territoriales del Departamento de Educación, Universidades e Investigación del Gobierno Vasco del Territorio Histórico donde se materialice la acción. En todo caso, será de aplicación lo previsto en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Esta documentación también podrá ser presentada por medios electrónicos en "Mis Gestiones"
Una vez finalizadas todas las actividades recogidas en la Resolución, previa presentación de una memoria final, que se deberá presentar, en todo caso, en el plazo de tres meses desde la finalización de las actuaciones. Dicha memoria contendrá una descripción de la ejecución del proyecto debiéndose acompañar a la misma aquellos documentos fehacientes relativos a la efectiva materialización de las actuaciones.
Dicha documentación se presentará por medios electrónicos en "Mis Gestiones"
En este apartado, se le facilitan formularios para cada trámite que tenga que realizar siempre que la persona solicitante haya escogido continuar el procedimiento por canal presencial.
En caso, de haber escogido el canal electrónico, estos trámites se realizan a través de Mis Gestiones previa identificación con un certificado electrónico
Un mes a partir del día siguiente de la publicación de esta Orden en el BOPV
6 meses a contar desde la finalización del plazo de presentación de las solicitudes
- Modelo de recurso: Recurso Potestativo de Reposición
- Órgano resolutor: Viceconsejería de Formación Profesional y Aprendizaje Permanente.
- Plazo de interposición: 1 mes.
- Plazo de resolución: 1 mes.
- Falta de resolución: Efecto desestimatorio.
- Modelo de recurso: Recurso Potestativo de Reposición
- Órgano resolutor: Viceconsejería de Formación Profesional y Aprendizaje Permanente.
- Plazo de interposición: 3 meses.
- Plazo de resolución: 1 mes.
- Falta de resolución: Efecto desestimatorio.