Ayudas del programa de formación para el empleo juvenil en la economía digital. 2017

RESUMEN
Título:
Ayudas del programa de formación para el empleo juvenil en la economía digital. 2017
Objeto:
Se incluyen dos modalidades de ayuda en materia de TIC y de la economía digital, en el marco de la Iniciativa de Empleo Juvenil: i) Ayudas para actividades formativas. ii) Ayudas para la inserción laboral. Las ayudas para la inserción laboral son complementarias a las ayudas para actividades formativas y no se otorgarán de forma independiente.
Dotación presupuestaria:
20.000.000 €.
Normativa de la convocatoria:
  • Extracto de la Resolución de 20 de enero de 2017 (BOE N 24/2017)
    Extracto de la Resolución de 20 de enero de 2017, de la Entidad Pública Empresarial Red.es, por la que se convocan las ayudas del programa de formación para el empleo juvenil en la economía digital.
  • Resolución de 28 de febrero de 2017 (BOE N 53/2017)
    Resolución de 28 de febrero de 2017, de la Entidad Pública Empresarial Red.es, por la que se corrigen errores en la de 12 de enero de 2017, por la que se establecen las bases reguladoras del programa de formación para el empleo juvenil en la economía digital.
Normativa reguladora:
  • Resolución de 12 de enero de 2017 (BOE N 16/2017)
    Resolución de 12 de enero de 2017, de la Entidad Pública Empresarial Red. es, por la que se establecen las bases reguladoras del programa de formación para el empleo juvenil en la economía digital.
ORGANISMOS
Entidad convocante:
Red.es
Órgano convocante:
Red.es
Entidad resolutora:
Organismos, Entes y Sociedades Públicas
Contacto presencial:
Plaza Manuel Gómez Moreno s/n 28020 Madrid
Contacto telefónico:
Contacto telefónico: +34 91 212 76 20
TRAMITACIONES
Lugares de Presentación:
Plaza Manuel Gómez Moreno s/n 28020 Madrid
Volver Plaza Manuel Gómez Moreno s/n 28020 Madrid
Ayudas del programa de formación para el empleo juvenil en la economía digital. 2017
Se incluyen dos modalidades de ayuda en materia de TIC y de la economía digital, en el marco de la Iniciativa de Empleo Juvenil: i) Ayudas para actividades formativas. ii) Ayudas para la inserción laboral. Las ayudas para la inserción laboral son complementarias a las ayudas para actividades formativas y no se otorgarán de forma independiente.
DIRIGIDO A
Colectivo beneficiario:
Se establecen dos tipos de solicitantes de las ayudas, entidades sin actividad de mercado regular, asociaciones o fundaciones que no desarrollen una actividad de mercado regular, y entidades con actividad de mercado regular, cualquier tipo de persona jurídica que desarrolle una actividad de mercado regular.
Dichos solicitantes deben estar legalmente constituidos, al menos, desde antes de la fecha de publicación en el Boletín Oficial del Estado de la convocatoria correspondiente, haber ejecutado proyectos profesionales relacionados con las TIC o la Economía Digital, y vayan a realizar las actuaciones de formación descritas en la base séptima de las bases reguladoras.
PRESTACIÓN
Dotación:
20.000.000 €.
Límite:
El importe mínimo de ayuda será de 100.000 euros por cada beneficiario y proyecto subvencionable asociado a cada grupo de regiones, y el importe máximo de ayuda será de 2.000.000 de euros por beneficiario, en total.
TRAMITES
De Solicitud y Aportación de Documentación
El trámite de "Solicitud y aportación de documentación", es el que inicia el procedimiento, para ello la persona interesada debe de presentar el formulario de solicitud correctamente cumplimentado dentro del plazo indicado de presentación de solicitudes
Trámite Solicitud
Trámite Solicitud:
Trámite Solicitud
Presencial
Formularios:
(Solicitud)
Formulario
Documentación:
  • 1. Solicitud Electrónica: 1.1. Formulario electrónico habilitado en la sede electrónica de Red.es (se rellenará y enviará a través de Internet, firmado digitalmente por el representante legal de la entidad). 1.2. Acreditación del apoderamiento del firmante. Se adjuntará al formulario la documentación acreditativa del apoderamiento del representante legal firmante de la solicitud. En dicha documentación deberán estar reflejados los poderes que se confieren, así como el nombramiento de la persona o personas que firman la solicitud. 2. Documentación acreditativa de los requisitos de los solicitantes, establecidos en la base CUARTA de las bases reguladoras: 2.1. Acreditación del domicilio y fecha de constitución 2.2. Acreditación de la experiencia, en el conjunto de los dos años anteriores, en la ejecución de proyectos profesionales relacionados con las TIC o la Economía Digital, por un importe total igual o superior a la suma de los presupuestos subvencionables de los proyectos para los que se solicita la ayuda 2.3. Acreditación de la experiencia en los dos últimos años en la ejecución de proyectos de formación en TIC o la Economía Digital 2.4. Acreditación de no tener deudas tributarias o con la Seguridad Social. 2.5. Acreditación de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. 2.6. Acreditación de no estar sujeto a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común. 2.7. Acreditación de no tener la consideración de empresa en crisis conforme a lo dispuesto en el artículo 2 apartado 18 del Reglamento (UE) n. º 651/2014, de 17 de junio de 2014 3. Documentación acreditativa de los requisitos de los proyectos subvencionables, establecidos en la base QUINTA de las bases reguladoras: 3.1. Propuesta del proyecto para el que solicita la ayuda. 3.2. Presupuesto subvencionable del proyecto para el que solicita la ayuda. 4. Documentación acreditativa de los requisitos necesarios para calcular el porcentaje de financiación, establecidos en la base DECIMOTERCERA de las bases reguladoras: 4.1. Acreditación de la falta de actividad económica regular: 4.2. Acreditación de la condición de pyme: 5. Documentación acreditativa de los requisitos de los criterios objetivos de otorgamiento de la ayuda, establecidos en la base DECIMONOVENA de las bases reguladoras. En el caso de que una solicitud incluya más de un proyecto subvencionable, se deberá presentar la siguiente documentación acreditativa de cada uno de los proyectos subvencionables presentados, con los valores que sean de aplicación en cada caso: 5.1. Acreditación del impacto del proyecto: 5.2. Acreditación del compromiso de inserción laboral: 5.3. Acreditación del apoyo a los programas de formación de fabricantes o desarrolladores de soluciones tecnológicas comerciales en las TIC o la Economía Digital: 5.4. Acreditación del desarrollo de los proyectos presentados: 5.5. Acreditación del carácter innovador de las temáticas de los programas de formación: 5.6. Acreditación de la calidad de las inserciones laborales alcanzadas:
Lugares de Presentación Lugares de Presentación
Electrónico
Aplicaciones:
Solicitud


Electrónico
Aplicaciones:


ESTADO CONVOCATORIA
Plazo de presentación:
29/01/2017 - 09/03/2017
Plazo de resolución:
El plazo máximo para la resolución del procedimiento y su notificación será de 6 meses contados desde el día siguiente a la publicación del extracto de la Convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
Efectos del silencio:
Desestimatorios
Recurso contra la resolución:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:    .
  • Plazo de interposición: 1 mes.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto desestimatorio.
Recurso contra la desestimación por silencio:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:  .
  • Plazo de interposición: 3 meses.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto estimatorio.