Subvenciones del programa Fábricas de Creación (2012). Modalidad ARRAGOA.

RESUMEN
Título:
Subvenciones del programa Fábricas de Creación (2012). Modalidad ARRAGOA.
Objeto:

Regular las subvenciones para el desarrollo de propuestas dentro del programa “Fábricas de Creación” durante el año 2012 y aprobar la normativa específica para cada una de las modalidades de subvenciones.

Áreas subvencionables:

  • Las subvenciones previstas en la presente Orden van dirigidas a aquellos proyectos interdisciplinares que se materialicen durante el 2012 y que promuevan la intersección entre los diferentes ámbitos artísticos y sociales con el fin de promover las mejores oportunidades para la innovación artística.
  • A los efectos de definir la interdisciplinariedad solicitada, los ámbitos se ordenan de la siguiente manera:
    • Bloque 1. Un bloque troncal obligatorio en el que se recogen los ámbitos siguientes: Artes visuales, Cine y Audiovisuales, Danza, Literatura, Música, Teatro, Circo, Magia y Bertsolarismo.
    • Bloque 2. Un segundo bloque de materias que se desarrollen en los campos de la economía cultural, la ciencia y la sociedad, y más concretamente:
      • Economía cultural: Artesanía, Diseño gráfico o industrial, Gastronomía, Moda, Patrimonio cultural, Softwares interactivos para entretenimiento y comunicación, Robótica y similares.
      • Ciencias aplicadas: Administración de empresas, Agricultura, Arquitectura e Ingenierías, Biotecnología, Ciencias de la comunicación, Ciencias de la salud, Economía, Industria, Medio ambiente, Metalurgia, Transporte y otras ciencias aplicadas similares.
      • Ciencias sociales: Demografía, Ecología, Pedagogía, Urbanismo y otras ciencias sociales similares.
      • Trabajo social: Adicciones, Discapacidades, Exclusión social, Maltrato (mujeres, menores, ancianos…), Reclusos/as, Tercera edad, Víctimas de violencia, Igualdad de género y otras áreas sociales similares.
  • Los proyectos presentados deberán cumplir con cada una de las siguientes condiciones:
    • Que se trate de un proyecto nítidamente encuadrado dentro de alguna de las artes referidas en el Bloque 1.
    • Que el proyecto presente una clara intersección con al menos una de las disciplinas del Bloque 2, entendiéndose que se da la citada intersección cuando la propuesta presentada combine conocimientos, técnicas, formas y/o estructuras de alguna/s de las disciplinas del Bloque 1 con las de la/s disciplina/s del Bloque 2, y dé cómo resultado aplicaciones innovadoras en proyectos, productos o procesos relacionados con las disciplinas implicadas en la propuesta.
    • No serán subvencionables aquellos proyectos en los que la intersección propuesta tenga un sentido únicamente instrumental.

Proyectos subvencionables:

  • Esta modalidad regula las subvenciones dirigidas a aquellos proyectos que, en todo caso:
    • Estén destinados a la realización de productos culturales comprometidos con la investigación, la innovación y la contemporaneidad artística, susceptibles de ser fabricados en serie o no, pero, en cualquier caso reconocibles como tales por su estructura de forma y contenido, destinados a ser distribuidos, exhibidos y consumidos o participados por un público destinatario.
    • Estén participados por colectivos o entidades pertenecientes a las disciplinas que se incluyen en el Bloque 2, ya sea como partícipes en el diseño y desarrollo del proyecto o como destinatarios de las aplicaciones resultantes del proyecto, debiendo acreditar documentalmente dicha circunstancia.
  • Sólo podrán ser objeto de subvención los proyectos cuya realización se hubiera iniciado o inicie en el 2012 y se encuentren realizados a 31 de diciembre de 2012.
  • Quedarán excluidas y no serán objeto de subvención aquellas propuestas que no cumplan con la exigencia de intersección.
Dotación presupuestaria:

290.000 euros.

Normativa de la convocatoria:
  • ORDEN de 24 de abril de 2012 (BOPV N 92/2012)

    de la Consejera de Cultura, por la que se regula el régimen de concesión de subvenciones durante el ejercicio 2012 dentro del programa “Fábricas de Creación “.

ORGANISMOS
Entidad convocante:
Educación, Política Lingüística y Cultura
Órgano convocante:
Dirección de Promoción de la cultura
Entidad resolutora:
Cultura
Órgano resolutor:
Viceconsejería de Cultura, Juventud y Deportes
Contacto presencial:

Oficinas de atención al público:

  • Bilbao:
    Gran Vía, 85
    48011 Bilbao, (Bizkaia)
  • Donostia- San Sebastián:
    Andía, 13
    20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
  • Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
    Ramiro Maeztu, 10 bajo
    01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)

Horario de atención al público:

  • De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
Contacto telefónico:

La Administración Pública del país Vasco pone a disposición de la ciudadanía el teléfono 012.

  • Horario de atención telefónica:
    El servicio de atención a la ciudadanía del Gobierno dispondrá de horarios ininterrumpidos de atención telefónica de lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
  • Número de Teléfono:
    Desde el País Vasco: 012
    Desde fuera del País Vasco: 945 018000
    Desde el extranjero: 00 34 945 018000
TRAMITACIONES
Lugares de Presentación:
Zuzenean - Atención Ciudadana
  • Bilbao:
    Gran Vía, 85
    48011 Bilbao, (Bizkaia)
  • Donostia- San Sebastián:
    Andía, 13
    20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
  • Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
    Ramiro Maeztu, 10 bajo
    01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)
Horario de atención al público
De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.

Otros Lugares de Presentación de solicitudes:
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
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  • Bilbao:
    Gran Vía, 85
    48011 Bilbao, (Bizkaia)
  • Donostia- San Sebastián:
    Andía, 13
    20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
  • Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
    Ramiro Maeztu, 10 bajo
    01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)
Horario de atención al público
De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.

Otros Lugares de Presentación de solicitudes:
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
Subvenciones del programa Fábricas de Creación (2012). Modalidad ARRAGOA.

Regular las subvenciones para el desarrollo de propuestas dentro del programa “Fábricas de Creación” durante el año 2012 y aprobar la normativa específica para cada una de las modalidades de subvenciones.

Áreas subvencionables:

  • Las subvenciones previstas en la presente Orden van dirigidas a aquellos proyectos interdisciplinares que se materialicen durante el 2012 y que promuevan la intersección entre los diferentes ámbitos artísticos y sociales con el fin de promover las mejores oportunidades para la innovación artística.
  • A los efectos de definir la interdisciplinariedad solicitada, los ámbitos se ordenan de la siguiente manera:
    • Bloque 1. Un bloque troncal obligatorio en el que se recogen los ámbitos siguientes: Artes visuales, Cine y Audiovisuales, Danza, Literatura, Música, Teatro, Circo, Magia y Bertsolarismo.
    • Bloque 2. Un segundo bloque de materias que se desarrollen en los campos de la economía cultural, la ciencia y la sociedad, y más concretamente:
      • Economía cultural: Artesanía, Diseño gráfico o industrial, Gastronomía, Moda, Patrimonio cultural, Softwares interactivos para entretenimiento y comunicación, Robótica y similares.
      • Ciencias aplicadas: Administración de empresas, Agricultura, Arquitectura e Ingenierías, Biotecnología, Ciencias de la comunicación, Ciencias de la salud, Economía, Industria, Medio ambiente, Metalurgia, Transporte y otras ciencias aplicadas similares.
      • Ciencias sociales: Demografía, Ecología, Pedagogía, Urbanismo y otras ciencias sociales similares.
      • Trabajo social: Adicciones, Discapacidades, Exclusión social, Maltrato (mujeres, menores, ancianos…), Reclusos/as, Tercera edad, Víctimas de violencia, Igualdad de género y otras áreas sociales similares.
  • Los proyectos presentados deberán cumplir con cada una de las siguientes condiciones:
    • Que se trate de un proyecto nítidamente encuadrado dentro de alguna de las artes referidas en el Bloque 1.
    • Que el proyecto presente una clara intersección con al menos una de las disciplinas del Bloque 2, entendiéndose que se da la citada intersección cuando la propuesta presentada combine conocimientos, técnicas, formas y/o estructuras de alguna/s de las disciplinas del Bloque 1 con las de la/s disciplina/s del Bloque 2, y dé cómo resultado aplicaciones innovadoras en proyectos, productos o procesos relacionados con las disciplinas implicadas en la propuesta.
    • No serán subvencionables aquellos proyectos en los que la intersección propuesta tenga un sentido únicamente instrumental.

Proyectos subvencionables:

  • Esta modalidad regula las subvenciones dirigidas a aquellos proyectos que, en todo caso:
    • Estén destinados a la realización de productos culturales comprometidos con la investigación, la innovación y la contemporaneidad artística, susceptibles de ser fabricados en serie o no, pero, en cualquier caso reconocibles como tales por su estructura de forma y contenido, destinados a ser distribuidos, exhibidos y consumidos o participados por un público destinatario.
    • Estén participados por colectivos o entidades pertenecientes a las disciplinas que se incluyen en el Bloque 2, ya sea como partícipes en el diseño y desarrollo del proyecto o como destinatarios de las aplicaciones resultantes del proyecto, debiendo acreditar documentalmente dicha circunstancia.
  • Sólo podrán ser objeto de subvención los proyectos cuya realización se hubiera iniciado o inicie en el 2012 y se encuentren realizados a 31 de diciembre de 2012.
  • Quedarán excluidas y no serán objeto de subvención aquellas propuestas que no cumplan con la exigencia de intersección.
DIRIGIDO A
Colectivo beneficiario:

Personas físicas y jurídicas privadas que en el momento de publicación de la presente Orden tengan su domicilio o sede social en la Comunidad Autónoma del País Vasco y estén dadas de alta en el epígrafe del Impuesto sobre Actividades Económicas relativo a alguna de las actividades pertenecientes a los bloques previstos entre las que el proyecto presentado plantea la intersección.

No se concederán subvenciones a las solicitudes formuladas por aquellas entidades privadas en las que la participación mayoritaria en su capital social, patrimonio fundacional o en sus órganos de gobierno, administración o dirección corresponda a cualquier Administración pública o institucional, entidad del sector público, financiera o de crédito.

No podrán concurrir a esta convocatoria quienes se encuentren sancionados administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, o se hallen incursos en prohibición legal alguna que les inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por discriminación de sexo de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Final sexta de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.

  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias, así como en el pago de la Seguridad Social. La acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, por parte de las personas o entidades solicitantes de las subvenciones se verificará automáticamente, tantas veces como fuera necesario, por el órgano gestor de la presente convocatoria, sin necesidad de consentimiento de los mismos, de conformidad con el Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco, aprobado por Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre.
  • Estar dados de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas en el epígrafe relativo a alguna de las actividades pertenecientes a los bloques previstos entre las que el proyecto presentado plantea la intersección.
PRESTACIÓN
Dotación:

290.000 euros.

Límite:
  • En la presente modalidad el importe máximo concedido a cada proyecto seleccionado no podrá ser superior a cincuenta mil (50.000) euros, ni, en ningún caso, la subvención concedida podrá superar el 65% del coste de la actividad para la que se solicita la misma.
  • Asimismo, los siguientes gastos ordinarios no podrán superar el 40% del coste total del presupuesto:
    • Gastos de alquiler de local.
    • Consumos de luz, agua, teléfono, gas, internet.
    • Nóminas del personal de administración.
    • Gastos de desplazamientos, alojamiento y dietas.
    • Otros gastos ordinarios.
  • No será en ningún caso gasto subvencionable el importe del IVA deducible.
  • Sin perjuicio de la posible presentación de diversos proyectos por cada solicitante en esta modalidad, tan sólo podrá ser objeto de subvención un proyecto por persona beneficiaria. 
Forma de pago:
  • El 75% de la cuantía subvencionada se hará efectivo una vez dictada la Resolución de adjudicación y transcurrido el plazo de quince días hábiles desde la misma si no ha mediado renuncia expresa.
  • El importe restante siempre a partir del 1 de enero de 2013 y previa acreditación de la realización de la actividad subvencionada y una vez que haya quedado debidamente justificada la totalidad de la actividad subvencionada, y de conformidad, en su caso, al presupuesto de gastos admitido, en los términos señalados en cada una de las modalidades.
TRAMITES
De Solicitud y Aportación de Documentación
El trámite de "Solicitud y aportación de documentación", es el que inicia el procedimiento, para ello la persona interesada debe de presentar el formulario de solicitud correctamente cumplimentado dentro del plazo indicado de presentación de solicitudes
Trámite de solicitud
Trámite de solicitud:
Solicitud.
Presencial
Formularios:
Formulario de Solicitud (Solicitud)

Formulario de solicitud firmado.

Anexo I: Declaración de otras ayudas (Doc. Ayuda)

Declaración de otras ayudas solicitadas y obtenidas para el mismo proyecto y cuantía de las mismas. Deberá cumplimentarse sólo en caso de haber solicitado/recibido alguna ayuda para el proyecto.

Anexo II: Declaración de ayudas de Minimis (Doc. Ayuda)

Declaración sobre cualquier otra ayuda de “Minimis” recibida en los tres últimos ejercicios fiscales.

Anexo III: Ficha resumen de la propuesta (Doc. Ayuda)

Este documento se entregará también en formato digital (cd, dvd,...).

Anexo IV: Presupuesto (Doc. Ayuda)

Presupuesto del proyecto desglosado y detallado por partidas que incluya todos los gastos previstos, así como la previsión de ingresos.
Este documento se entregará también en formato digital (cd, dvd,...).

Anexo V: Calendario previsto (Doc. Ayuda)

  

Alta de terceros (Doc. Ayuda)

Deberá rellenarse en el caso de que la persona/entidad solicitante no esté registrada o desee modificar los datos bancarios existentes en el Registro de Terceros del Dpto. de Economía y Hacienda del Gobierno Vasco.

Documentación:
  • En el caso de que el solicitante sea una persona física:
    • Documento nacional de identidad (DNI), pasaporte o documento similar.
      No será necesario presentarlo en el caso de que la persona solicitante consienta expresamente en el formulario de solicitud que la Administración compruebe, constate o verifique los datos de identidad.
  • En el caso de que el solicitante sea una persona jurídica:
    • Escritura de constitución, estatutos y acreditación de inscripción en los registros públicos correspondientes.
      En el caso de que la asociación, fundación o cooperativa, esté inscrita en los correspondientes Registros del País Vasco no es necesario aportar estos documentos y en el formulario de solicitud debe indicar:
      "Que la entidad solicitante está constituida legalmente e inscrita en el registro de Asociaciones/fundaciones/Cooperativas del País Vasco
      ______________________________________________________con fecha ________
      "
    • Copia del documento nacional de identidad del representante legal, escritura de apoderamiento o certificación expedida por el órgano correspondiente.
      No es necesario presentar la copia de DNI, si el representante da consentimiento en el formulario de solicitud a que la Administración compruebe o verifique los datos de identidad por los medios disponibles.
    • Tarjeta acreditativa del número de identificación fiscal.
  • Acreditación del Impuesto de Actividades Económicas (IAE)

    Acreditación de estar dado de alta en el epígrafe correspondiente del Impuesto de Actividades Económicas.
    En el caso de que la persona dé consentimiento a que la Administración compruebe o verifique los datos del cumplimiento del Epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas, no es necesario aportar este documento.

  • Memoria explicativa de la propuesta

    Este documento se entregará en formato digital (cd, dvd,...).
    Memoria explicativa de la propuesta en la que se especifique el interés y valores de la misma, así como el desarrollo previsto, y se desarrollen los aspectos necesarios para la correcta valoración de la propuesta conforme a los criterios fijados en el artículo 37.2 de la presente Orden.

    • El interés cultural del proyecto.
    • El nivel de profundidad y calidad de la intersección entre disciplinas.
    • El historial o trayectoria de la empresa.
    • El uso que en el proyecto se haga de las Tecnologías de la información y comunicación (Tic’s).
    • La aportación del proyecto al fomento de la interculturalidad.
    • El uso que del euskera se haga en el proyecto.
  • Declaración suscrita por los colectivos o entidades que corresponda en la que se acredite su participación en el proyecto

    Deberá acreditarse documentalmente que el proyecto está participado por colectivos o entidades pertenecientes a las disciplinas que se incluyen en el Bloque 2 del artículo 3 de la Orden, ya sea como partícipes en el diseño y desarrollo del proyecto o como destinatarios de las aplicaciones resultantes del proyecto.

  • Acreditación de tener los derechos de propiedad intelectual sobre la obra

    En su defecto, acreditar tener pactadas las condiciones del futuro contrato de cesión de los derechos.

Lugares de Presentación Lugares de Presentación
Electrónico
Aplicaciones:
Solicitud electrónica

Formularios
Debe descargar, rellenar y guardar estos documentos antes de cumplimentar la solicitud electrónica, ya que luego deberá incorporarlos a la misma:


Documentación
Antes de cumplimentar la solicitud electrónica debe elaborar y preparar en formato electrónico la siguiente documentación, ya que luego deberá incorporarla a la misma:

En el caso de que el solicitante sea una persona jurídica:

Si la entidad se ha identificado con certificado de persona física del representante se deberá acreditar la siguiente documentación:

  • Escritura de constitución, estatutos e inscripción en los registros públicos correspondientes.
    En el caso de que la asociación, fundación o cooperativa, esté inscrita en los correspondientes Registros del País Vasco no es necesario aportar estos documentos y en el formulario de solicitud debe indicar:
    "Que la entidad solicitante está constituida legalmente e inscrita en el registro de Asociaciones/fundaciones/Cooperativas del País Vasco
    ___________________________________________con fecha ________
    "
  • Acreditación del poder de representación legal: escritura de apoderamiento o certificación expedida por el órgano correspondiente.
  • Tarjeta acreditativa del número de identificación fiscal.

Si la entidad se ha identificado con un certificado “de entidad”, no deberá aportar la documentación anterior.

Acreditación del Impuesto de Actividades Económicas (IAE)
Acreditación de estar dado de alta en el epígrafe correspondiente del Impuesto de Actividades Económicas.
En el caso de que la persona dé consentimiento a que la Administración compruebe o verifique los datos del cumplimiento del Epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas, no es necesario aportar este documento.

Memoria explicativa de la propuesta
Memoria explicativa de la propuesta en la que se especifique el interés y valores de la misma, así como el desarrollo previsto, y se desarrollen los aspectos necesarios para la correcta valoración de la propuesta conforme a los criterios fijados en el artículo 37.2 de la presente Orden.

  • El interés cultural del proyecto.
  • El nivel de profundidad y calidad de la intersección entre disciplinas.
  • El historial o trayectoria de la empresa.
  • El uso que en el proyecto se haga de las Tecnologías de la información y comunicación (Tic’s).
  • La aportación del proyecto al fomento de la interculturalidad.
  • El uso que del euskera se haga en el proyecto.

Declaración suscrita por los colectivos o entidades que corresponda en la que se acredite su participación en el proyecto
Deberá acreditarse documentalmente que el proyecto está participado por colectivos o entidades pertenecientes a las disciplinas que se incluyen en el Bloque 2 del artículo 3 de la Orden, ya sea como partícipes en el diseño y desarrollo del proyecto o como destinatarios de las aplicaciones resultantes del proyecto.

Acreditación de tener los derechos de propiedad intelectual sobre la obra.
En su defecto, acreditar tener pactadas las condiciones del futuro contrato de cesión de los derechos.



Electrónico
Aplicaciones:


Específicos de la Subvención
Los trámites específicos son los que, dependiendo del tipo de procedimiento de ayuda de que se trate, la persona interesada tiene que realizar a lo largo de la vida de su expediente cuando la administración se lo solicita.
En este apartado, se le facilitan formularios para cada trámite que tenga que realizar siempre que haya escogido continuar el procedimiento por canal presencial.
En caso, de haber escogido el canal electrónico, los trámites se realizan a través de "Mis Gestiones" previa identificación con un certificado electrónico..
Justificación
Justificación:
--
Presencial
Documentación:
  • Las personas/entidades beneficiarias de subvenciones de la presente modalidad, deberán presentar, en los tres meses siguientes a la fecha de finalización de la actividad subvencionada, y siempre antes del 31 de marzo de 2013, la documentación siguiente:
    • Memoria detallada relativa a la ejecución, grado de cumplimiento y evaluación de la actividad subvencionada.
    • Anexo IV (xls, 50 kB). Mediante declaración jurada presupuesto definitivo de ejecución (gastos e ingresos) lo más desglosado posible de la actividad subvencionada.
      Este documento se entregará también en formato digital.
      En la relación de ingresos se deberá incluir, entre otras:
      • La aportación definitiva de la entidad beneficiaria.
      • Las aportaciones de otras administraciones o entidades ya sean públicas o privadas. En el caso de que la entidad beneficiaria no hubiera recibido subvención alguna diferente a la del Departamento de Cultura, se deberá adjuntar declaración jurada efectuada a tal efecto.
      • La subvención otorgada por el Departamento de Cultura, que no podrá ser superior al 65% del coste de la actividad subvencionada.
    • Anexo VI (pdf, 680 kB). Relación comprensiva de todos los documentos justificativos de gasto efectuados con motivo de la ejecución del proyecto o actividad subvencionado. No se podrá incluir como gasto subvencionable el importe del IVA deducible.
      Este documento se entregará también en formato digital.
    • Justificantes y facturas que justifiquen los gastos incurridos por importe, como mínimo, de la subvención otorgada.
      No obstante, cuando la Dirección de Promoción de la Cultura así lo requiera y dentro del plazo establecido en el primer párrafo de este artículo, las personas beneficiarias asumen el compromiso de poner a disposición de aquella los justificantes que cubran el importe total del presupuesto presentado.
    • Ejemplares de las diversas versiones lingüísticas de los catálogos, programas, carteles anunciadores, fotografías y demás material gráfico o sonoro, donde conste expresamente la mención al patrocinio del Departamento de Cultura.
Lugares de Presentación Lugares de Presentación
Electrónico
Aplicaciones:
Mis Gestiones

Las justificaciones podrán presentarse por medios electrónicos en Mis Gestiones.

Las personas/entidades beneficiarias de subvenciones de la presente modalidad, deberán presentar, en los tres meses siguientes a la fecha de finalización de la actividad subvencionada, y siempre antes del 31 de marzo de 2013, la documentación siguiente:

  • Memoria detallada relativa a la ejecución, grado de cumplimiento y evaluación de la actividad subvencionada.
  • Anexo IV (xls, 50 kB). Mediante declaración jurada presupuesto definitivo de ejecución (gastos e ingresos) lo más desglosado posible de la actividad subvencionada.
    En la relación de ingresos se deberá incluir, entre otras:
    • La aportación definitiva de la entidad beneficiaria.
    • Las aportaciones de otras administraciones o entidades ya sean públicas o privadas. En el caso de que la entidad beneficiaria no hubiera recibido subvención alguna diferente a la del Departamento de Cultura, se deberá adjuntar declaración jurada efectuada a tal efecto.
    • La subvención otorgada por el Departamento de Cultura, que no podrá ser superior al 65% del coste de la actividad subvencionada.
  • Anexo VI (pdf, 680 kB). Relación comprensiva de todos los documentos justificativos de gasto efectuados con motivo de la ejecución del proyecto o actividad subvencionado. No se podrá incluir como gasto subvencionable el importe del IVA deducible.
  • Justificantes y facturas que justifiquen los gastos incurridos por importe, como mínimo, de la subvención otorgada.
    No obstante, cuando la Dirección de Promoción de la Cultura así lo requiera y dentro del plazo establecido en el primer párrafo de este artículo, las personas beneficiarias asumen el compromiso de poner a disposición de aquella los justificantes que cubran el importe total del presupuesto presentado.
  • Ejemplares de las diversas versiones lingüísticas de los catálogos, programas, carteles anunciadores, fotografías y demás material gráfico o sonoro, donde conste expresamente la mención al patrocinio del Departamento de Cultura.


Instrucciones generales
Comunes de la Subvención
Los trámites comunes, no son obligados, y la persona interesada puede realizarlos a lo largo de la vida de su expediente por iniciativa propia o cuando la administración le comunica que tiene esa opción.
En este apartado, se le facilitan formularios para cada trámite que tenga que realizar siempre que la persona solicitante haya escogido continuar el procedimiento por canal presencial.
En caso, de haber escogido el canal electrónico, estos trámites se realizan a través de “Mis Gestiones” previa identificación con un certificado electrónico
Aportación de Documentación
Aportación de Documentación:
El/La interesado/a deberá de presentar, para la aportación de documentos requeridos por la administración o que el/la propio/a interesado/a estime conveniente aportar el siguiente formulario indicando los documentos que adjunta.
Presencial
Formularios:
Aportación de Documentación (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para la aportación de documentos requeridos por la administración.
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Ampliación de Plazo
Ampliación de Plazo:
Cuando la solicitud de iniciación no reúna los requisitos exigidos en la normativa específica de convocatoria requerirá al/a interesado/a para que en un plazo de diez días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos. El/La interesado/a, siempre y cuando no sea un procedimiento de concurrencia competitiva, puede solicitar la ampliación del plazo para la subsanación o la aportación de los documentos requeridos presentando el siguiente formulario cumplimentado. Este plazo puede ser ampliado en cinco días siempre y cuando la aportación de los documentos presente dificultades especiales.
Presencial
Formularios:
Ampliación de Plazo (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para solicitar la ampliación de plazo de subsanación.
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Modificación Datos Notificación
Modificación Datos Notificación:
El/La interesado/a puede modificar sus datos personales de notificación en este procedimiento rellenando el formulario adjunto en el que indicará el canal por el que desea recibir las notificaciones y el idioma.
Presencial
Formularios:
Modificación Datos Notificación (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para solicitar la modificación de datos personales de notificación en el procedimiento.
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Desistimiento
Desistimiento:
El/La Interesado/a tendrá derecho a desistir de su solicitud una vez realizada la misma, en cualquier momento hasta que haya sido dictada la resolución. El desistimiento no impide al/a interesado/a seguir conservando los derechos que le amparan que podrá hacer valer, si lo desea, en otro procedimiento.
Presencial
Formularios:
Desistimiento (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para solicitar desistimiento de su solicitud
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Aceptación de la Ayuda
Aceptación de la Ayuda:
Si el/la interesado/a está conforme con la ayuda concedida puede aceptarla cumplimentando el formulario que se le facilita. En este caso, la Administración continuará, una vez recepcionada la aceptación, con los trámites necesarios para el pago de la ayuda.
Presencial
Formularios:
Aceptación de la Ayuda (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para la aceptación de la ayuda concedida.
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Renuncia
Renuncia:
El/La Interesado/a tendrá derecho a renunciar a la continuación del procedimiento o a la ayuda solicitada, una vez dictada la resolución de la misma, si bien, el/la interesado/a que renuncia, pierde los derechos que le amparan.
Presencial
Formularios:
Renuncia (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para solicitar la renuncia respecto a la continuación del procedimiento o ayuda solicitada.
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Recurso Alzada
Recurso Alzada:
El recurso de alzada es un recurso de carácter administrativo a través del cual se busca que un órgano administrativo revise un acto dictado por otro órgano dependiente jerárquicamente de él, buscando que enmiende conforme a Derecho el acto del órgano inferior.
Presencial
Formularios:
Recurso Alzada (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para la interposición de recurso de alzada
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
ESTADO CONVOCATORIA
Plazo de presentación:
12/05/2012 - 11/06/2012
Fecha límite de presentación:

11/06/2012

Plazo de resolución:

Seis meses.

Efectos del silencio:
Desestimatorios
Recurso contra la resolución:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:    Consejería de Cultura.
  • Plazo de interposición: 1 mes.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto desestimatorio.
Recurso contra la desestimación por silencio:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:  Consejería de Cultura.
  • Plazo de interposición: 3 meses.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto estimatorio.
Fecha de resolución:
1/10/2012
Resoluciones asociadas:
Fecha de fin de vigencia:
03/06/2013