Desarrollo entre las personas jóvenes de programas y actividades de educación en valores democráticos y cultura de paz 2012.

RESUMEN
Título:
Desarrollo entre las personas jóvenes de programas y actividades de educación en valores democráticos y cultura de paz 2012.
Objeto:

Regulación del régimen de concesión de subvenciones destinadas a la ejecución entre las personas jóvenes de actividades de educación en valores democráticos y cultura de paz que se desarrollen en el ejercicio 2012.

Ello comprenderá el fomento de valores que faciliten la convivencia democrática promoviendo, entre otros, la igualdad, la justicia, la participación, el pluralismo, la tolerancia, el respeto mutuo, la resolución dialogada y participativa de conflictos, así como la defensa de los derechos humanos.

Dotación presupuestaria:

120.000 euros.

Normativa de la convocatoria:
  • ORDEN de 9 de mayo de 2012 (BOPV N 103/2012)

    El Departamento de Cultura comparte con otras Instituciones la labor de fomento entre las personas jóvenes de programas de educación en valores democráticos y cultura de paz en la Comunidad Autónoma de Euskadi. A tal fin, establece, a través de la presente Orden, los cauces para hacer efectivo su apoyo a aquellas personas jurídicas, públicas o privadas, que tengan entre sus fines el desarrollo de una actividad enmarcada en alguna de las áreas que determina la presente disposición.

    El apoyo al desarrollo de programas para las personas jóvenes de educación en valores democráticos y cultura de paz que la presente Orden pretende se plantea por el Departamento de Cultura como un instrumento más que ayude a potenciar la integración de las personas jóvenes y otros sectores singulares en la sociedad, permitiendo a las diferentes entidades de la Comunidad Autónoma de Euskadi la ejecución de sus programas de educación en valores democráticos y cultura de paz conforme al diseño libremente elaborado por las mismas y eludiendo la determinación de unos límites estrictos que pudieran coartar la iniciativa creativa de los agentes del ámbito de educación en valores democráticos y cultura de paz.

    Así, la presente convocatoria, se dirige fundamentalmente a la determinación, por un lado, de los Artículos legales mínimos que garanticen los principios de objetividad, concurrencia y publicidad, comunes a cualquier convocatoria de subvenciones, y, por otro, a la fijación de los mecanismos que permitan al Departamento de Cultura conocer el correcto destino de los fondos públicos.

    A tenor de lo expuesto, se diseña un marco de apoyo para las entidades dedicadas a realizar para las personas jóvenes programas de educación en valores democráticos y cultura de paz lo suficientemente amplio para permitir el acceso al régimen de subvenciones a todas aquellas entidades que deseen ejecutar una actividad o un programa anual, con rigor, desde cualquier perspectiva, con la única limitación de la consignación presupuestaria que, a tal efecto, contenga los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

ORGANISMOS
Entidad convocante:
Cultura
Órgano convocante:
Dirección de Juventud
Entidad resolutora:
Viceconsejería de Cultura, Juventud y Deportes
Órgano resolutor:
Viceconsejería de Cultura, Juventud y Deportes
Contacto presencial:

Oficinas de atención al público:

  • Bilbao:
    Gran Vía, 85
    48011 Bilbao, (Bizkaia)
  • Donostia- San Sebastián:
    Andía, 13
    20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
  • Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
    Ramiro Maeztu, 10 bajo
    01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)

Horario de atención al público:

  • De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
Contacto telefónico:

La Administración Pública del país Vasco pone a disposición de la ciudadanía el teléfono 012.

  • Horario de atención telefónica:
    El servicio de atención a la ciudadanía del Gobierno dispondrá de horarios ininterrumpidos de atención telefónica de lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
  • Número de Teléfono:
    Desde el País Vasco: 012
    Desde fuera del País Vasco: 945 018000
    Desde el extranjero: 00 34 945 018000
TRAMITACIONES
Lugares de Presentación:
Zuzenean - Atención Ciudadana
  • Bilbao:
    Gran Vía, 85
    48011 Bilbao, (Bizkaia)
  • Donostia- San Sebastián:
    Andía, 13
    20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
  • Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
    Ramiro Maeztu, 10 bajo
    01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)
Horario de atención al público
De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.

Otros Lugares de Presentación de solicitudes:
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
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  • Bilbao:
    Gran Vía, 85
    48011 Bilbao, (Bizkaia)
  • Donostia- San Sebastián:
    Andía, 13
    20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
  • Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
    Ramiro Maeztu, 10 bajo
    01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)
Horario de atención al público
De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.

Otros Lugares de Presentación de solicitudes:
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
Subvenciones destinadas a la ejecución entre las personas jóvenes de actividades de educación en valores democráticos y cultura de paz.

Regulación del régimen de concesión de subvenciones destinadas a la ejecución entre las personas jóvenes de actividades de educación en valores democráticos y cultura de paz que se desarrollen en el ejercicio 2012.

Ello comprenderá el fomento de valores que faciliten la convivencia democrática promoviendo, entre otros, la igualdad, la justicia, la participación, el pluralismo, la tolerancia, el respeto mutuo, la resolución dialogada y participativa de conflictos, así como la defensa de los derechos humanos.

DIRIGIDO A
Colectivo beneficiario:

Personas jurídicas, públicas o privadas, sin ánimo de lucro, radicadas en la Comunidad Autónoma de Euskadi, que realicen actividades de fomento y difusión dirigidas a jóvenes de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

1.- La entidad solicitante debe estar al corriente en el cumplimiento de las  obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. La acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social por parte de las entidades solicitantes de las ayudas se verificará automáticamente, tantas veces como fuera necesario, por el órgano gestor sin necesidad del consentimiento de las mismas, en aplicación del Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido dela Leyde Principios Ordenadores dela Hacienda Generaldel País Vasco. En el supuesto de tributar enla Haciendade Navarra, las personas interesadas deberán presentar certificado acreditativo del cumplimiento de las obligaciones tributarias.

2.- La entidad solicitante de la ayuda puede consentir expresamente que el resto de datos o documentos sean obtenidos o verificados por el órgano gestor, tanto cuando utilice el canal presencial como el electrónico, sin perjuicio de las facultades de comprobación, control e inspección que tiene atribuidasla Administración Pública.

3.- En aplicación del Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido dela Leyde Principios Ordenadores dela Hacienda Generaldel País Vasco, mediante una declaración responsable, se acreditarán en la instancia normalizada de solicitud las siguientes obligaciones:

  • Comunicar la solicitud y, en su caso, la obtención de subvenciones, ayudas, ingresos u otros recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o entes tanto públicos como privados.
  • No estar la entidad solicitante sancionada ni penal ni administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas; ni está incursa en prohibición legal alguna que la inhabilite para ello, con expresa referencia a las que se hayan producido por discriminación de sexo de conformidad con lo dispuesto en la Disposición final sexta de la ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.
  • Estar la entidad legalmente constituida e inscrita en el Registro correspondiente.
  • Así mismo, la persona solicitante deberá manifestar que son ciertos los datos contenidos en la solicitud y documentación que le acompaña y que cumple con los requisitos establecidos en la normativa vigente para ser beneficiario/a de estas ayudas.

 La inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial, en cualquier dato, manifestación o documento que se acompañe o incorpore a una declaración responsable, determinará la imposibilidad de continuar en el procedimiento desde el momento en que se tenga constancia de tales hechos, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas a que hubiera lugar. Asimismo, la resolución de la Administración Pública que declare tales circunstancias podrá determinar la obligación del interesado/a de reintegro si fuera el caso.

4.- La entidad solicitante debe estar dada de alta en el Registro de Terceros del Departamento de Economía y Hacienda antes de la resolución de esta subvención. En caso de no estar registrado o querer modificar los datos bancarios existentes en el Registro de Terceros del Departamento de Economía y Hacienda debe utilizar el formulario disponible en http://www.euskadi.net/r33-2288/es/contenidos/autorizacion/alta_terceros/es_7999/alta_terceros.html

PRESTACIÓN
Dotación:

120.000 euros.

Forma de pago:

El abono de la subvención se efectuará en dos pagos, el primero, de un cincuenta por ciento de la cantidad subvencionada, dentro de los dos meses desde la notificación de la Resolución del Viceconsejero de Cultura, Juventud y Deportes reconociendo la misma; el segundo, por la cantidad restante, se efectuará el siguiente ejercicio previa justificación del programa o actividad realizada.

TRAMITES
De Solicitud y Aportación de Documentación
El trámite de "Solicitud y aportación de documentación", es el que inicia el procedimiento, para ello la persona interesada debe de presentar el formulario de solicitud correctamente cumplimentado dentro del plazo indicado de presentación de solicitudes
Solicitud de subvención.
Solicitud de subvención.:
Subvenciones destinadas a la ejecución entre las personas jóvenes de actividades de educación en valores democráticos y cultura de paz.
Presencial
Formularios:
Solicitud (Solicitud)

Junto con el formulario de solicitud debe enviar también el siguiente formulario:

Anexo I. Memoria y presupuesto (Doc. Ayuda)

Memoria y presupuesto del programa o actividad.

Lugares de Presentación Lugares de Presentación
Electrónico
Aplicaciones:
Solicitud de subvención

Antes de cumplimentar la solicitud electrónica, debe descargar, rellenar y guardar el siguiente formulario:

Anexo I. Memoria y presupuesto de la actividad (este formulario debe enviarse junto con la solicitud de subvención).



Electrónico
Aplicaciones:


Específicos de la Subvención
Los trámites específicos son los que, dependiendo del tipo de procedimiento de ayuda de que se trate, la persona interesada tiene que realizar a lo largo de la vida de su expediente cuando la administración se lo solicita.
En este apartado, se le facilitan formularios para cada trámite que tenga que realizar siempre que haya escogido continuar el procedimiento por canal presencial.
En caso, de haber escogido el canal electrónico, los trámites se realizan a través de "Mis Gestiones" previa identificación con un certificado electrónico..
Justificación
Justificación:
Justificación de la subvención concedida
Presencial
Formularios:
Formulario de justificación (Doc. Ayuda)

Formulario para la justificación de la subvénción concedida.

Lugares de Presentación Lugares de Presentación
Electrónico
Aplicaciones:
Justificación

A traves de Mis gestiones debe enviar el siguiente formulario:

Anexo II. Justificación de la subvención (formulario para la justificación de la subvención concedida).



Comunes de la Subvención
Los trámites comunes, no son obligados, y la persona interesada puede realizarlos a lo largo de la vida de su expediente por iniciativa propia o cuando la administración le comunica que tiene esa opción.
En este apartado, se le facilitan formularios para cada trámite que tenga que realizar siempre que la persona solicitante haya escogido continuar el procedimiento por canal presencial.
En caso, de haber escogido el canal electrónico, estos trámites se realizan a través de “Mis Gestiones” previa identificación con un certificado electrónico
Aportación de Documentación
Aportación de Documentación:
El/La interesado/a deberá de presentar, para la aportación de documentos requeridos por la administración o que el/la propio/a interesado/a estime conveniente aportar el siguiente formulario indicando los documentos que adjunta.
Presencial
Formularios:
Aportación de Documentación (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para la aportación de documentos requeridos por la administración.
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Modificación Datos Notificación
Modificación Datos Notificación:
El/La interesado/a puede modificar sus datos personales de notificación en este procedimiento rellenando el formulario adjunto en el que indicará el canal por el que desea recibir las notificaciones y el idioma.
Presencial
Formularios:
Modificación Datos Notificación (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para solicitar la modificación de datos personales de notificación en el procedimiento.
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Desistimiento
Desistimiento:
El/La Interesado/a tendrá derecho a desistir de su solicitud una vez realizada la misma, en cualquier momento hasta que haya sido dictada la resolución. El desistimiento no impide al/a interesado/a seguir conservando los derechos que le amparan que podrá hacer valer, si lo desea, en otro procedimiento.
Presencial
Formularios:
Desistimiento (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para solicitar desistimiento de su solicitud
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Aceptación de la Ayuda
Aceptación de la Ayuda:
Si el/la interesado/a está conforme con la ayuda concedida puede aceptarla cumplimentando el formulario que se le facilita. En este caso, la Administración continuará, una vez recepcionada la aceptación, con los trámites necesarios para el pago de la ayuda.
Presencial
Formularios:
Aceptación de la Ayuda (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para la aceptación de la ayuda concedida.
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Renuncia
Renuncia:
El/La Interesado/a tendrá derecho a renunciar a la continuación del procedimiento o a la ayuda solicitada, una vez dictada la resolución de la misma, si bien, el/la interesado/a que renuncia, pierde los derechos que le amparan.
Presencial
Formularios:
Renuncia (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para solicitar la renuncia respecto a la continuación del procedimiento o ayuda solicitada.
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Recurso Alzada
Recurso Alzada:
El recurso de alzada es un recurso de carácter administrativo a través del cual se busca que un órgano administrativo revise un acto dictado por otro órgano dependiente jerárquicamente de él, buscando que enmiende conforme a Derecho el acto del órgano inferior.
Presencial
Formularios:
Recurso Alzada (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para la interposición de recurso de alzada
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
ESTADO CONVOCATORIA
Plazo de presentación:
29/05/2012 - 28/06/2012
Fecha límite de presentación:

28/06/2012

Plazo de resolución:

3 meses.

Efectos del silencio:
Desestimatorios
Recurso contra la resolución:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:    Consejero/a de Cultura.
  • Plazo de interposición: 1 mes.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto desestimatorio.
Recurso contra la desestimación por silencio:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:  Consejero/a de Cultura.
  • Plazo de interposición: 3 meses.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto estimatorio.
Fecha de resolución:
02/10/2012