Subvenciones para la organización de festivales, ciclos, concursos, certámenes y acciones culturales singulares

RESUMEN
Título:
Subvenciones para la organización de festivales, ciclos, concursos, certámenes y acciones culturales singulares
Objeto:

El objeto de la presente Orden es la regulación de las condiciones de concesión de subvenciones durante el ejercicio 2012 a la organización de Festivales, Ciclos, Concursos, Certámenes y Acciones culturales singulares en las diversas áreas culturales, particularmente las de Audiovisuales, Teatro, Danza, Música, Artes visuales y Literatura, que presenten un elevado grado de especialización o singularidad y sean de especial interés para el panorama cultural de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

Dotación presupuestaria:

El importe global del crédito destinado a financiar las subvenciones que se concedan al amparo de esta Orden es de trescientos treinta y cinco mil (335.000) euros y podrá verse incrementado en los términos recogidos en la disposición adicional primera.

Normativa de la convocatoria:
  • 02612 (bopv N 112/2012)

     De conformidad con el Decreto 4/2009, de 8 de mayo, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos (BOPV n.º 86, de 9 de mayo de 2009), competen al Departamento de Cultura las funciones relativas a actividades artísticas y culturales, así como su difusión. Dichas funciones se atribuyen en el seno de este Departamento, a través del Decreto 45/2011, de 22 de marzo, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Cultura (BOPV n.º 59, de 25 de marzo de 2011), a la Dirección de Promoción de la Cultura.

    Esta Dirección estima oportuno proceder a arbitrar un cauce que permita apoyar la realización

    de festivales, ciclos, concursos, certámenes y acciones culturales singulares que se desarrollen en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Euskadi, actuación encuadrable en su ámbito de competencia, mediante la concesión de subvenciones para la organización de este tipo de actividades en las diversas áreas culturales, particularmente las de Audiovisuales, Teatro, Danza, Música, Artes visuales y Literatura. Con tal medida se pretende obtener una fórmula que facilite el acceso de la sociedad al disfrute de la producción cultural en sus distintas manifestaciones.

ORGANISMOS
Entidad convocante:
Educación, Política Lingüística y Cultura
Órgano convocante:
Dirección de Promoción de la Cultura
Entidad resolutora:
Cultura
Órgano resolutor:
Dirección de Promoción de la cultura
Contacto presencial:

Oficinas de atención al público:

  • Bilbao:
    Gran Vía, 85
    48011 Bilbao, (Bizkaia)
  • Donostia- San Sebastián:
    Andía, 13
    20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
  • Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
    Ramiro Maeztu, 10 bajo
    01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)

Horario de atención al público:

  • De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
Contacto telefónico:

La Administración Pública del país Vasco pone a disposición de la ciudadanía el teléfono 012.

  • Horario de atención telefónica:
    El servicio de atención a la ciudadanía del Gobierno dispondrá de horarios ininterrumpidos de atención telefónica de lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
  • Número de Teléfono:
    Desde el País Vasco: 012
    Desde fuera del País Vasco: 945 018000
    Desde el extranjero: 00 34 945 018000
TRAMITACIONES
Lugares de Presentación:
Zuzenean - Atención Ciudadana
  • Bilbao:
    Gran Vía, 85
    48011 Bilbao, (Bizkaia)
  • Donostia- San Sebastián:
    Andía, 13
    20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
  • Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
    Ramiro Maeztu, 10 bajo
    01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)
Horario de atención al público
De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.

Otros Lugares de Presentación de solicitudes:
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
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  • Bilbao:
    Gran Vía, 85
    48011 Bilbao, (Bizkaia)
  • Donostia- San Sebastián:
    Andía, 13
    20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
  • Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
    Ramiro Maeztu, 10 bajo
    01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)
Horario de atención al público
De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.

Otros Lugares de Presentación de solicitudes:
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
Organización de festivales, ciclos, concursos, certámenes

El objeto de la presente Orden es la regulación de las condiciones de concesión de subvenciones durante el ejercicio 2012 a la organización de Festivales, Ciclos, Concursos, Certámenes y Acciones culturales singulares en las diversas áreas culturales, particularmente las de Audiovisuales, Teatro, Danza, Música, Artes visuales y Literatura, que presenten un elevado grado de especialización o singularidad y sean de especial interés para el panorama cultural de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

DIRIGIDO A
Colectivo beneficiario:

 Podrán solicitar subvenciones con arreglo a esta Orden cuantas personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, realicen actividades o programas en las diversas áreas culturales a las que se refiere

 Las actividades subvencionables deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Independientemente del origen de la entidad organizadora, los programas o actividades se

desarrollarán en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Euskadi, entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2012.

b) El programa o actividad presentado para ser subvencionado será económicamente viable, acreditando dicha viabilidad por medio de la presentación de un presupuesto equilibrado, es decir, en el que las cantidades de gastos e ingresos sean equivalentes, y que respete los límites a la financiación establecidos en el artículo 7 de esta Orden.

PRESTACIÓN
Dotación:

 El importe global del crédito destinado a financiar las subvenciones que se concedan

al amparo de esta Orden es de trescientos treinta y cinco mil (335.000) euros y podrá verse incrementado en los términos recogidos en la disposición adicional primera

Límite:

 1.– El total de la cantidad con la que se subvencionen los programas o actividades al amparo

de esta Orden no superará el 50% del total del presupuesto presentado.

2.– Las subvenciones concedidas al amparo de esta Orden serán compatibles con cualesquiera otras, concedidas por Organismos públicos o privados para el mismo objeto, sin que pueda existir sobrefinanciación en ningún caso, procediendo en tal supuesto la reducción de la subvención concedida hasta el límite del coste total de la actividad subvencionada.

Forma de pago:

 Las subvenciones concedidas con arreglo a lo regulado en esta Orden se abonarán en dos

pagos, de acuerdo con el siguiente procedimiento:

– Un primer pago anticipado a la justificación, por el 75% de la subvención concedida, que se abonará en el plazo de un mes a partir de la aceptación de la misma, según los términos señalados en el artículo 11.2 de esta Orden, con el fin de asegurar la viabilidad de las actividades.

– Un segundo y último pago, por el 25% restante, que se abonará, si así correspondiera, previa justificación del gasto y otros aspectos de la actividad subvencionada, en los términos señalados en el artículo 13.1 de esta Orden.

TRAMITES
De Solicitud y Aportación de Documentación
El trámite de "Solicitud y aportación de documentación", es el que inicia el procedimiento, para ello la persona interesada debe de presentar el formulario de solicitud correctamente cumplimentado dentro del plazo indicado de presentación de solicitudes
Solicitud
Solicitud:
Las solicitudes para acogerse a las subvenciones previstas en esta Orden se formalizarán en el modelo de impreso que figura como anexo I, adjuntando necesariamente la documentación establecida en el mismo. Se dirigirán al Viceconsejero de Cultura, Juventud y Deportes y se presentarán directamente o por cualquiera de los medios previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Igualmente, es de aplicación el Decreto 72/2008, de 29 de abril, de creación, organización y funcionamiento de los registros de la Administración General de la CAE y sus Organismos Autónomos (BOPV n.º 102, de 30 de mayo de 2008), que establece la posibilidad de que los ciudadanos presenten solicitudes, escritos o comunicaciones dirigidos a cualquier órgano de cualquier Administración pública en cualquiera de los registros que figuran en los anexos de dicho Decreto, en los términos establecidos en el mismo; en especial el Servicio de Atención Ciudadana Zuzenean. No está prevista la presentación de solicitudes a esta convocatoria por vía telemática.
Presencial
Formularios:
IMPRESO DE SOLICITUD DE SUBVENCIÓN (Solicitud)

IMPRESO DE SOLICITUD DE SUBVENCIÓN

Lugares de Presentación Lugares de Presentación
Comunes de la Subvención
Los trámites comunes, no son obligados, y la persona interesada puede realizarlos a lo largo de la vida de su expediente por iniciativa propia o cuando la administración le comunica que tiene esa opción.
En este apartado, se le facilitan formularios para cada trámite que tenga que realizar siempre que la persona solicitante haya escogido continuar el procedimiento por canal presencial.
En caso, de haber escogido el canal electrónico, estos trámites se realizan a través de “Mis Gestiones” previa identificación con un certificado electrónico
Aportación de Documentación
Aportación de Documentación:
El/La interesado/a deberá de presentar, para la aportación de documentos requeridos por la administración o que el/la propio/a interesado/a estime conveniente aportar el siguiente formulario indicando los documentos que adjunta.
Presencial
Formularios:
Aportación de Documentación (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para la aportación de documentos requeridos por la administración.
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Ampliación de Plazo
Ampliación de Plazo:
Cuando la solicitud de iniciación no reúna los requisitos exigidos en la normativa específica de convocatoria requerirá al/a interesado/a para que en un plazo de diez días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos. El/La interesado/a, siempre y cuando no sea un procedimiento de concurrencia competitiva, puede solicitar la ampliación del plazo para la subsanación o la aportación de los documentos requeridos presentando el siguiente formulario cumplimentado. Este plazo puede ser ampliado en cinco días siempre y cuando la aportación de los documentos presente dificultades especiales.
Presencial
Formularios:
Ampliación de Plazo (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para solicitar la ampliación de plazo de subsanación.
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Modificación Datos Notificación
Modificación Datos Notificación:
El/La interesado/a puede modificar sus datos personales de notificación en este procedimiento rellenando el formulario adjunto en el que indicará el canal por el que desea recibir las notificaciones y el idioma.
Presencial
Formularios:
Modificación Datos Notificación (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para solicitar la modificación de datos personales de notificación en el procedimiento.
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Desistimiento
Desistimiento:
El/La Interesado/a tendrá derecho a desistir de su solicitud una vez realizada la misma, en cualquier momento hasta que haya sido dictada la resolución. El desistimiento no impide al/a interesado/a seguir conservando los derechos que le amparan que podrá hacer valer, si lo desea, en otro procedimiento.
Presencial
Formularios:
Desistimiento (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para solicitar desistimiento de su solicitud
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Aceptación de la Ayuda
Aceptación de la Ayuda:
Si el/la interesado/a está conforme con la ayuda concedida puede aceptarla cumplimentando el formulario que se le facilita. En este caso, la Administración continuará, una vez recepcionada la aceptación, con los trámites necesarios para el pago de la ayuda.
Presencial
Formularios:
Aceptación de la Ayuda (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para la aceptación de la ayuda concedida.
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Renuncia
Renuncia:
El/La Interesado/a tendrá derecho a renunciar a la continuación del procedimiento o a la ayuda solicitada, una vez dictada la resolución de la misma, si bien, el/la interesado/a que renuncia, pierde los derechos que le amparan.
Presencial
Formularios:
Renuncia (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para solicitar la renuncia respecto a la continuación del procedimiento o ayuda solicitada.
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
Recurso Reposición
Recurso Reposición:
El recurso se interpondrá ante el mismo órgano que haya dictado el acto recurrido. Se interpondrá contra actos que pongan fin a la vía administrativa.
Presencial
Formularios:
Recurso Reposición (Doc. Ayuda)
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para la interposición de recurso potestativo de reposición.
Lugares de PresentaciónLugares de Presentación
ESTADO CONVOCATORIA
Plazo de presentación:
09/06/2012 - 09/07/2012
Fecha límite de presentación:

9 de julio de 2012

Plazo de resolución:

 La Resolución será notificada a los interesados en el plazo máximo de cinco meses, a contar desde el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes, transcurrido el cual sin haber sido notificada a los interesados Resolución alguna, las solicitudes podrán entenderse desestimadas a efectos de lo previsto en el artículo 44.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, cuando fuere de aplicación lo previsto en el artículo 5 de esta Orden sobre subsanaciones, el plazo para resolver se suspenderá por el tiempo que este trámite requiera, en función de la recepción de la notificación y del plazo para las subsanaciones.

Efectos del silencio:
Desestimatorios
Recurso contra la resolución:
  • Modelo de recurso: Recurso Potestativo de Reposición
  • Órgano resolutor:  Dirección de Promoción de la cultura.
  • Plazo de interposición: 1 mes.
  • Plazo de resolución: 1 mes.
  • Falta de resolución: Efecto desestimatorio.
Recurso contra la desestimación por silencio:
  • Modelo de recurso: Recurso Potestativo de Reposición
  • Órgano resolutor:  Dirección de Promoción de la cultura.
  • Plazo de interposición: 3 meses.
  • Plazo de resolución: 1 mes.
  • Falta de resolución: Efecto desestimatorio.
Fecha de resolución:
20/11/2012
Resoluciones asociadas:
Fecha de fin de vigencia:
07/10/2013