Fecha de publicación: 30/04/2012

Kontsumobide recomienda cautela e información para evitar estafas en servicios mediante teléfonos de tarificación adicional

Kontsumobide (Instituto Vasco de Consumo) quiere trasladar a la ciudadanía vasca una serie de recomendaciones que pueden resultar de utilidad a la hora de evitar posibles estafas mediante números telefónicos de tarificación adicional.

Así, y al hilo de algunos casos que han trascendido a la opinión pública en las últimas semanas, Kontsumobide recuerda que:

  1. Existen diferentes servicios ofertados a través de códigos de acceso telefónico y que tienen una tarificación adicional:
    • Los servicios que se prestan bajo los códigos de acceso telefónico 803 son servicios exclusivos para adultos. Habitualmente suelen ser contenidos eróticos o pornográficos.
      Duración máxima del servicio: 30 minutos.
    • Los servicios que se prestan bajo los códigos de acceso telefónico 806 son servicios de ocio y entretenimiento. También determinados concursos deberán ser adscritos, en función de su contenido, al código 803 o al 905 por tratarse de un servicio con recepción de llamadas masivas.
      Duración máxima del servicio: 30 minutos, excepto en el caso de los concursos, en que será de 5.
    • Los servicios que se prestan bajo los códigos de acceso telefónico 807 son servicios profesionales o artísticos. Los prestadores de servicios facilitarán: fuente de información, persona experta o cualificada, identificación del prestador del servicio y sus datos.
      Duración de conexión: 30 minutos.
    • El código 905 se utiliza para la gestión de las llamadas masivas.
  2. Los servicios destinados a solicitar u ofrecer empleo o trabajo, directa o indirectamente, ya sea remunerado o sin remunerar, no podrán ofrecerse por medio de llamadas a números de tarificación adicional.
  3. Algunos de los códigos con tarificación adicional no son accesibles libremente. Para los códigos 803, 806 y 807 seguidos por las cifras 6, 7, 8 ó 9 el abonado deberá solicitar expresamente por escrito a su operador el acceso a estos servicios. Estos números son de precios superiores.
  4. Inmediatamente después de producirse el descolgado de la llamada y además de lo establecido para cada prefijo específicamente, se deberá informar al usuario llamante de lo siguiente:
    • Identidad del titular del nº telefónico al que ha llamado.
    • Información del precio máximo por minuto de llamada (o coste total por llamada, si es el caso), impuestos incluidos, tanto desde un fijo como desde un móvil.
    • Información genérica del servicio que se ofrece.
    • Indicación de si el servicio se dirige a mayores de 18 años.
  5. La información contenida en el menú de inicio deberá proporcionarse mediante una locución cuya duración como máximo será de 15 segundos. Únicamente se facturará la tarifa de soporte de la comunicación durante la locución y en el periodo de guarda de 5 segundos (periodo en el que el usuario puede colgar y desistir del servicio) desde que ésta finalice. Es responsabilidad del prestador interrumpir el servicio una vez agotado el tiempo máximo establecido.
  6. La persona consumidora puede solicitar a su compañía de telefonía que bloquee la posibilidad de realizar llamadas a los números de tarificación adicional.
  7. En la factura debe estar desglosado y diferenciado el importe correspondiente a los servicios de tarificación adicional del resto de los servicios. También debe de estar identificado el prestador del servicio.
  8. En el caso de no estar de acuerdo con la factura y se opte por dejar de pagar (aun a riesgo de ser incluido en un registro de morosos), conviene saber que si se deja de pagar la parte de la factura correspondiente a los servicios de tarificación adicional, no se cortará el servicio telefónico, aunque sí el acceso a éstos prefijos.

 

Más información:

- Kontsumobide. Temas de consumo: Telefonía móvil