Ayudas forestales. Álava 2018.

RESUMEN
Título:
Ayudas forestales. Álava 2018.
Objeto:
El presente decreto foral tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas a la compra de maquinaria forestal, con el fin de impulsar la competitividad del sector forestal, mejorar la capacidad de movilización de madera y apoyar la utilización de la madera como materia prima.
Dotación presupuestaria:
150.000,00 euros
Normativa de la convocatoria:
ORGANISMOS
Entidad convocante:
Departamento de Agricultura
Órgano convocante:
Departamento de Agricultura
Entidad resolutora:
Diputación Foral Araba
Contacto presencial:
Registro General de la Diputación Foral de Álava, Oficinas Comarcales Agrarias
Contacto telefónico:
.
TRAMITACIONES
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Ayudas forestales. Álava 2018.
El presente decreto foral tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas a la compra de maquinaria forestal, con el fin de impulsar la competitividad del sector forestal, mejorar la capacidad de movilización de madera y apoyar la utilización de la madera como materia prima.
DIRIGIDO A
Colectivo beneficiario:
Serán beneficiarias de las ayudas previstas en el presente decreto foral las PYMES, las personas empresarias individuales y las sociedades civiles o comunidades de bienes que cumplan los requisitos.
Con carácter general: 1. Llevar a cabo una actividad económica en el sector forestal y desarrollarla en los bosques y superficies forestales ubicadas en el Territorio Histórico de Álava. 2. Tener el domicilio fiscal y social en el Territorio Histórico de Álava. 3. No encontrarse sancionadas penal ni administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, ni hallarse incursas en prohibición legal alguna que las inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por discriminación de sexo, de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Final Sexta de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres. 4. No encontrarse incurso o incursa en un procedimiento de reintegro o sancionador. 5. Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la seguridad social. En el caso de sociedad civil o comunidad de bienes deberá acreditarse esta situación tanto de la sociedad como de los personas socias o comuneras. 6. En su caso, encontrarse al corriente de pago de las obligaciones por reintegro de subvenciones, en los términos establecidos en la Norma Foral 11/2016, de 19 de octubre, de Subvenciones del Territorio Histórico de Álava. En el caso de empresario individual, además de los requisitos establecidos con carácter general en el apartado anterior deberán cumplir los siguientes: 1. Ser mayores de 18 años y menores de 65 años en el momento de finalización del plazo de presentación de la solicitud de ayuda. 2. Tener los rendimientos de la actividad económica o profesional forestal sujeta al impuesto sobre la renta de las personas físicas En el caso de PYMES, además deberá cumplir: 1. Estar legalmente constituida e inscrita en el registro correspondiente, según su forma jurídica. 2. Emplear a menos de 250 personas. 3. No hallarse participada directa o indirectamente en un 25 por ciento o más por otra empresa, o conjuntamente por varias de ellas, que además deben emplear conjuntamente a menos de 250 trabajadores. 4. Tener un volumen de negocio anual que no supere los 50 millones de euros, o bien su balance general anual no rebase los 43 millones de euros. 5. Se entenderá cumplido el requisito de domicilio social y fiscal en Álava, cuando dichos domicilios de la Pyme radiquen en el THA y que, al menos, el domicilio social y fiscal del 50 por ciento de sus socios y socias, que a su vez posean una participación de al menos el 50 por ciento del capital social de la sociedad, también esté situado en Álava. 6. En el caso de sociedades civiles o comunidades de bienes, al menos el 50 por ciento personas socias o comuneras, que a su vez posean una participación de al menos el 50 por ciento del capital social de la sociedad, sean mayores de 18 años y menores de 65 años en el momento de finalización del plazo de presentación de la solicitud de ayuda.
PRESTACIÓN
Dotación:
150.000,00 euros
Límite:
La cuantía de la ayuda será la que resulte de aplicar a los importes de inversión aprobados el porcentaje del 30 por ciento.
TRAMITES
De Solicitud y Aportación de Documentación
El trámite de "Solicitud y aportación de documentación", es el que inicia el procedimiento, para ello la persona interesada debe de presentar el formulario de solicitud correctamente cumplimentado dentro del plazo indicado de presentación de solicitudes
Trámite Solicitud
Trámite Solicitud:
Trámite Solicitud
Presencial
Documentación:
  • 1. Fotocopia del DNI o NIF de la persona solicitante. Si se trata de explotaciones- asociativas se aportará el documento de constitución y fotocopia del DNI de cada componente. 2. Certificado de estar al corriente con las obligaciones fiscales y con la Seguridad Social. La presentación de la solicitud de ayuda conlleva la autorización de la persona o entidad solicitante para que el Departamento de Agricultura obtenga de forma directa la acreditación de estar al corriente con las obligaciones fiscales y con la Seguridad Social. No obstante, aquella podrá denegar expresamente este consentimiento, debiendo aportar el mismo los correspondientes certificados que acrediten el cumplimiento de estos requisitos. 3. En su caso, ficha de terceros con datos bancarios para el cobro de la ayuda. 4. Declaración responsable de no estar sancionada penal ni administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas ni estar incursa en prohibición legal alguna que le inhabilite para ello, incluidas las relativas por discriminación de sexo. 5. Declaración responsable de no encontrarse incurso o incursa en un procedimiento de reintegro o sancionador y en su caso, de encontrarse al corriente de pago de las obligaciones por reintegro de subvenciones, en los términos establecidos por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. 6. Acreditación del epígrafe del impuesto de actividades económicas en el que la persona o entidad solicitante está inscrita (IAE), que deberá ser en la Hacienda de la Diputación Foral de Álava y con fecha anterior a la de publicación de la convocatoria anual. 7. Memoria de actividades del año inmediatamente anterior al de la presentación de la solicitud, así como el modelo 347 de declaración anual de operaciones con terceras personas, que acrediten el desarrollo de su actividad en montes del Territorio Histórico de Álava. Copia de la declaración presentada del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) o impuesto de sociedades (IS) del último ejercicio. Para empresas de nueva creación, se aportará compromiso de realización de los trabajos, quedando la ayuda condicionada al cumplimiento del compromiso adquirido. 8. Informe de la Seguridad Social en el que figure la relación nominal de trabajadores del periodo de liquidación correspondiente al mes de diciembre del año anterior a la convocatoria anual. 9. Detalle de las características de la máquina a comprar y su presupuesto. Cuando los gastos subvencionables solicitados superen las cuantías establecidas en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público para el contrato menor, el solicitante deberá presentar al menos tres ofertas de distintos proveedores, salvo que por las especiales características de los gastos subvencionables no exista en el mercado suficiente número de entidades que lo suministren o presten. Atendiendo al principio de moderación de costes, se tendrá en cuenta a efectos del cálculo de la subvención el importe de inversión más económica. 10. En el caso de PYME, además se adjuntará escritura de constitución debidamente inscrita en el registro correspondiente, así como documentación acreditativa del número de personas empleadas y del volumen de facturación, referidos al año inmediatamente anterior al de presentación de la solicitud. 11. Declaración responsable de no haber solicitado otras ayudas para la misma finalidad o en su caso de haberlo hecho, indicando la entidad a la que se ha solicitado e importe estimado de ayuda a percibir.
Lugares de Presentación Lugares de Presentación
ESTADO CONVOCATORIA
Plazo de presentación:
27/09/2018 - 18/10/2018
Efectos del silencio:
Desestimatorios
Recurso contra la resolución:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:    .
  • Plazo de interposición: 1 mes.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto desestimatorio.
Recurso contra la desestimación por silencio:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:  .
  • Plazo de interposición: 3 meses.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto estimatorio.