Subvenciones para el apoyo al emprendimiento, consolidación y sucesión de empresa. Eibar 2018

RESUMEN
Título:
Subvenciones para el apoyo al emprendimiento, consolidación y sucesión de empresa. Eibar 2018
Objeto:
Subvención «EKIN»: Apoyo a nuevas iniciativas empresariales generadoras de empleo. Subvención «IRAUN»: Subvenciones a las empresas encuadradas dentro de la División 3 del Impuesto sobre Actividades Económicas, por traslado o ampliación de instalaciones. Subvención «OSTEKO»: Sucesión de empresas por sus trabajadores y trabajadoras.
Normativa de la convocatoria:
  • Convocatoria 2018 (BOG N 109/2018)
    Convocatoria de subvenciones para el apoyo al emprendimiento, consolidación y sucesión de empresas.
  • Corrección de errores (BOG N 113/2018)
    Convocatoria de subvenciones para el apoyo al emprendimiento, consolidación y sucesión de empresas.
ORGANISMOS
Entidad convocante:
Ayuntamiento de Eibar
Órgano convocante:
Ayuntamiento de Eibar
Entidad resolutora:
Administración Local (ayuntamientos)
Contacto presencial:
PEGORA, Oficina de Servicio a la Ciudadanía. Plaza Untzaga, s/n
Contacto telefónico:
943 70 84 00
TRAMITACIONES
Lugares de Presentación:
PEGORA, Oficina de Servicio a la Ciudadanía. Plaza Untzaga, s/n
Volver PEGORA, Oficina de Servicio a la Ciudadanía. Plaza Untzaga, s/n
Subvenciones para el apoyo al emprendimiento, consolidación y sucesión de empresa. Eibar 2018
Subvención «EKIN»: Apoyo a nuevas iniciativas empresariales generadoras de empleo. Subvención «IRAUN»: Subvenciones a las empresas encuadradas dentro de la División 3 del Impuesto sobre Actividades Económicas, por traslado o ampliación de instalaciones. Subvención «OSTEKO»: Sucesión de empresas por sus trabajadores y trabajadoras.
DIRIGIDO A
Colectivo beneficiario:
Podrán acceder a estas subvenciones, las personas físicas o jurídicas y sociedades civiles que no incurran en ninguna de las prohibiciones que se establecen en el artículo 13.2 de la LGS.
Subvención EKIN: 1.Que el centro de trabajo se ubique en Eibar, así como el domicilio social y fiscal de la empresa. 2. Que el proyecto incluya la creación de un puesto de trabajo a jornada completa o parcial durante 12 meses, pudiendo ser el de los propios promotores del proyecto. 3.En el caso de intraemprendizaje de una empresa ya existente, el nuevo proyecto deberá contemplar al menos la creación de un puesto de trabajo directo (a jornada completa o parcial) que suponga la creación de empleo neto. Este puesto de trabajo deberá mantenerse al menos durante 12 meses. 4. Haber realizado un Plan de Viabilidad que haya sido evaluado positivamente por el personal técnico de DEBEGESA. 5. Que el alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas y en el Régimen correspondiente de la Seguridad Social se efectúe en el término municipal de Eibar. 6. Que no se hayan matriculado en el Impuesto de Actividades Económicas en la misma o similar actividad en los seis meses anteriores a la creación de empresa por la que solicitan la ayuda. 7. Que el alta inicial en el Impuesto de Actividades Económicas se produzca entre el 1 de diciembre de 2017 y el 30 de noviembre de 2018. Subvención IRAUN: 1. La actividad empresarial deberá tener domicilio social y fiscal en Eibar y el centro de trabajo también deberá estar radicado en la misma. Este requisito se deberá mantener, al menos, hasta el final del periodo subvencionado. 2. Que la actividad cumpla con la normativa vigente en lo relativo a licencias de actividad municipal y otras posibles que afecten al ejercicio profesional de la actividad. Este requisito se deberá mantener, al menos, hasta el final del periodo subvencionado. 3. Haber trasladado o ampliado las instalaciones de la empresa dentro del término municipal de Eibar o haberse trasladado a Eibar desde el 1 de enero de 2018. Este requisito se deberá mantener, al menos, hasta el final del periodo subvencionado. 4. Estar dada de alta en el IAE antes del 1 de enero de 2017. 5. Este requisito se deberá mantener, al menos, hasta el final del periodo subvencionado. Subvención OSTEKO 1. Su centro de actividad radica en Eibar. 2. Que se haya producido la sucesión/relevo empresarial en el periodo comprendido entre el 1 de diciembre de 2017 y 30 de noviembre de 2018. 3. La sucesión/relevo empresarial se podrá realizar por persona/s física/a o jurídica/s. 4. Haber realizado un Plan de Viabilidad/Sucesión que haya sido evaluado positivamente por el personal técnico de DEBEGESA. 5. Acreditar que se mantiene el número de puestos de trabajo, excluido el de las personas que se jubilen, salvo informe en contrario justificado en causas económicas, técnicas, organizativas o de producción 6. Que se acredite que dichas personas físicas o jurídicas han alcanzado una participación mayoritaria en el capital social de la empresa. 7. Que la actividad cumpla con la normativa vigente en lo relativo a licencias de actividad municipal y otras posibles que afecten al ejercicio profesional de la actividad.
PRESTACIÓN
Límite:
Subvención EKIN: La cuantía de la subvención será del 90% de los gastos subvencionables con un importe máximo de 2.000 euros para las personas jurídicas y de 1.000 euros para las personas físicas y comunidades de bienes. Subvención IRAUN: La cuantía de la subvención será del 90% de los gastos subvencionables con un importe máximo de 3.000 euros. Subvención OSTEKO: La cuantía de la subvención será del 90% de los gastos subvencionables con un importe máximo de 5.000 euros.
TRAMITES
De Solicitud y Aportación de Documentación
El trámite de "Solicitud y aportación de documentación", es el que inicia el procedimiento, para ello la persona interesada debe de presentar el formulario de solicitud correctamente cumplimentado dentro del plazo indicado de presentación de solicitudes
Trámite Solicitud
Trámite Solicitud:
Trámite Solicitud
Presencial
Formularios:
(Solicitud)
Formulario
Documentación:
  • Solicitud de subvención para el apoyo al emprendimiento, consolidación y sucesión de empresas debidamente cumplimentada. Documentos acreditativos de la personalidad jurídica de el/la solicitante: a) Personas físicas: fotocopia del DNI o documento equivalente. b) Personas jurídicas: fotocopia de la escritura o documento en que conste la constitución de la entidad y fotocopia de los estatutos, debidamente inscritos en el Registro Mercantil o en el que corresponda. c) Sociedades civiles: fotocopia del contrato de constitución de la sociedad civil, fotocopia del NIF y fotocopia del DNI o documento equivalente de todas las personas que constituyan la sociedad civil. En caso de representación legal, copia del DNI o documento equivalente de el/la representante y acreditación documental de la misma. La acreditación podrá hacerse por cualquier medio válido en derecho (poderes notariales, escrituras¿). Documento justificativo de la titularidad de la cuenta bancaria de el/la solicitante, que tiene que coincidir con la identidad de el/la solicitante (será válido, cualquiera de los siguientes: Copia del extracto bancario; copia de la libreta; certificado expedido por la entidad bancaria o el impreso ¿Titular-cuenta¿ debidamente cumplimentado y sellado por la entidad bancaria. Certificaciones de encontrarse al corriente en sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social emitidas por la Tesorería General de la Seguridad Social y la Hacienda competente. Justificante del Impuesto sobre Actividades Económicas (documento de alta, último recibo abonado, etc.). En su caso, fotocopia de facturas y justificantes de pago de los gastos realizados, que puedan ser objeto de subvención. Memoria Descriptiva que muestre el diseño global del proyecto a desarrollar. En caso de haber solicitado u obtenido otras subvenciones para la actividad objeto de subvención, relación de solicitudes de subvención formuladas ante otras instituciones, organismos, etc. o en su caso, de las que estuvieran otorgadas, detallando su cuantía y finalidad. En caso de solicitar la subvención EKIN, además: Plan de viabilidad evaluado positivamente por DEBEGESA que incluya su Plan de Inversiones de forma clara y detallada. En su caso, fotocopia del alta en la Seguridad Social y del contrato de trabajo del puesto de trabajo creado. Copia de licencias o comunicaciones previas necesarias para la realización de la actividad a realizar. En caso de solicitar la subvención OSTEKO, además: Documentación que acredite fehacientemente la transmisión del capital social de la empresa, identificando sus actuales titulares y su porcentaje de participación. Documentación que acredite suficientemente la sucesión o relevo empresarial. Acreditación del mantenimiento del número de puestos de trabajo, excluido el de las personas que se jubilen/retiren y, en su caso, informe justificativo de las causas económicas, técnicas, organizativas o de producción de la sucesión/relevo.
Lugares de Presentación Lugares de Presentación
ESTADO CONVOCATORIA
Plazo de presentación:
08/06/2018 - 03/12/2018
Efectos del silencio:
Desestimatorios
Recurso contra la resolución:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:    .
  • Plazo de interposición: 1 mes.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto desestimatorio.
Recurso contra la desestimación por silencio:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:  .
  • Plazo de interposición: 3 meses.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto estimatorio.