Programa Nacional de Infraestructuras Científico-Tecnológicas Innovación. Subprograma de actuaciones científicas y tecnológicas en parques científicos y tecnológicos (INNPLANTA). 2012

RESUMEN
Título:
Programa Nacional de Infraestructuras Científico-Tecnológicas Innovación. Subprograma de actuaciones científicas y tecnológicas en parques científicos y tecnológicos (INNPLANTA). 2012
Objeto:
La presente convocatoria tiene como objetivos específicos la concesión de ayudas para facilitar la implantación o mejora de infraestructuras científico-tecnológicas destinadas a actividades de I+D+i, para las entidades instaladas o en vías de instalarse en parques científicos y tecnológicos así como para apoyar la adquisición de equipamiento científico-tecnológico para la realización de actividades de I+D+i, por entidades instaladas en parques científicos y tecnológicos. Las actuaciones objeto de la ayuda son: -Estudios de viabilidad para la implantación o mejora de infraestructuras utilizables en actuaciones científicas y tecnológicas. -Proyectos de implantación o mejora de infraestructuras utilizables en actuaciones científicas y tecnológicas. -Proyectos de adquisición de equipamiento de infraestructuras científicas y tecnológicas.
Dotación presupuestaria:
150.000.000 €
Normativa de la convocatoria:
  • Orden ECC/1292/2012, de 12 de junio (BOE N 143/2012)
    Orden ECC/1292/2012, de 12 de junio, por la que se convocan ayudas para el año 2012 del subprograma de actuaciones científico-tecnológicas en los parques científicos y tecnológicos (INNPLANTA), dentro de la línea instrumental de actuación de infraestructuras científico-tecnológicas, en el marco del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica, 2008-2011.
Normativa reguladora:
  • Orden de 7 de julio 2009 (BOE N 167/2009)
    Orden CIN/1862/2009, de 7 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas a la ciencia y tecnología en la línea instrumental de actuación de infraestructuras científico-tecnológicas, del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica, 2008-2011 y se efectúa la convocatoria correspondiente a 2009 de ayudas para algunas de sus modalidades de actuación.
  • Orden de 14 de mayo 2010 (BOE N 123/2010)
    Orden CIN/1318/2010, de 14 de mayo, por la que se modifican las órdenes ministeriales que establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en forma de préstamos y anticipos reembolsables, competencia del Ministerio de Ciencia e Innovación.
ORGANISMOS
Entidad convocante:
Ministerio de Ciencia e Innovación
Órgano convocante:
Ministerio de Ciencia e Innovación
Entidad resolutora:
Gobierno Central
Contacto presencial:
C/Albacete, 5. 28027 Madrid. Horario: Lunes a viernes de 9 a 17:30h Sábados de 9 a 14h. En verano: del 20 de junio al 16 de septiembre: Lunes a viernes de 8 a 15h. Sábados de 8 a 14h.
Contacto telefónico:
Teléfonos: 902 218 600 y 91 423 18 30
TRAMITACIONES
Lugares de Presentación:
C/Albacete, 5. 28027 Madrid. Horario: Lunes a viernes de 9 a 17:30h Sábados de 9 a 14h. En verano: del 20 de junio al 16 de septiembre: Lunes a viernes de 8 a 15h. Sábados de 8 a 14h.
Volver C/Albacete, 5. 28027 Madrid. Horario: Lunes a viernes de 9 a 17:30h Sábados de 9 a 14h. En verano: del 20 de junio al 16 de septiembre: Lunes a viernes de 8 a 15h. Sábados de 8 a 14h.
Programa Nacional de Infraestructuras Científico-Tecnológicas Innovación. Subprograma de actuaciones científicas y tecnológicas en parques científicos y tecnológicos (INNPLANTA). 2012
La presente convocatoria tiene como objetivos específicos la concesión de ayudas para facilitar la implantación o mejora de infraestructuras científico-tecnológicas destinadas a actividades de I+D+i, para las entidades instaladas o en vías de instalarse en parques científicos y tecnológicos así como para apoyar la adquisición de equipamiento científico-tecnológico para la realización de actividades de I+D+i, por entidades instaladas en parques científicos y tecnológicos. Las actuaciones objeto de la ayuda son: -Estudios de viabilidad para la implantación o mejora de infraestructuras utilizables en actuaciones científicas y tecnológicas. -Proyectos de implantación o mejora de infraestructuras utilizables en actuaciones científicas y tecnológicas. -Proyectos de adquisición de equipamiento de infraestructuras científicas y tecnológicas.
DIRIGIDO A
Colectivo beneficiario:
Entidades privadas y las entidades públicas previstas en el apartado 2 del presente artículo, siempre que estén instaladas en un parque científico y tecnológico existente en el momento de la convocatoria, o sean centros de experimentación y pruebas que por sus especiales y necesarias características no puedan estar incardinados en el espacio físico de los parques pero que pertenezcan a entidades que estén instaladas en los mismos o tengan centros de I+D ubicados en un parque, o bien, a efectos de solicitudes de ayudas para estudios de viabilidad, sean entidades en vías de estar instaladas en el parque acreditadas por la entidad promotora de dicho parque.
PRESTACIÓN
Dotación:
150.000.000 €
Límite:
La cuantía de las ayudas se determinará en función del presupuesto financiable y los límites de intensidad de las ayudas. Los límites de la financiación resultarán de la conversión del préstamo en subvención bruta equivalente.
TRAMITES
De Solicitud y Aportación de Documentación
El trámite de "Solicitud y aportación de documentación", es el que inicia el procedimiento, para ello la persona interesada debe de presentar el formulario de solicitud correctamente cumplimentado dentro del plazo indicado de presentación de solicitudes
Trámite Solicitud
Trámite Solicitud:
Trámite Solicitud
Presencial
Documentación:
  • a) La solicitud de la ayuda propiamente dicha, que se cumplimentará y remitirá por la entidad promotora del parque, tanto en proyectos o actuaciones individuales como en caso de proyectos o actuaciones en cooperación. La solicitud de cada actuación será firmada electrónicamente por la entidad promotora del parque. Cuando en un parque vayan a realizarse varios proyectos o actuaciones, se presentarán todas ellas a través de la entidad promotora del parque. La solicitud de ayuda de cada actuación deberá asignarse a un único sector o a una única acción estratégica del Plan Nacional de I+D+i, 2008-2011. En caso de que la asignación no fuera correcta, será reasignada de oficio en el proceso de evaluación a otro sector temático o acción estratégica. b) El cuestionario de la actuación, en él se recogerán los datos básicos del parque y los datos básicos para cada una de las actuaciones, incluyéndose los indicadores de la Estrategia Estatal de Innovación y los indicadores del Fondo Tecnológico-Programa Operativo FEDER. En el cuestionario deben declararse otras ayudas públicas concedidas hasta la fecha para el proyecto o actuación, distintas de las solicitadas en la presente convocatoria. c) La declaración de conformidad de participación en la actuación, firmada por el representante legal de la entidad interesada en recibir ayudas para dicha actuación en el parque respectivo. El certificado electrónico con el que se firme debe cumplir los requisitos establecidos en el artículo 11.4 de esta Orden. d) El resto de la documentación requerida se anexará por la entidad promotora, sin la cual no se podrá cerrar la solicitud.
Lugares de Presentación Lugares de Presentación
ESTADO CONVOCATORIA
Plazo de presentación:
18/06/2012 - 02/07/2012
Plazo de resolución:
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento es de seis meses, contados a partir de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
Efectos del silencio:
Desestimatorios
Recurso contra la resolución:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:    .
  • Plazo de interposición: 1 mes.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto desestimatorio.
Recurso contra la desestimación por silencio:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:  .
  • Plazo de interposición: 3 meses.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto estimatorio.