Subvenciones destinadas a la promoción museística y al desarrollo de actividades museísticas relacionadas con el patrimonio y la difusión cultural 2012
Establecimiento y regulación del régimen de concesión de subvenciones destinadas a la ejecución de actividades concretas en el área de museos a desarrollar durante el año 2012.
Áreas y actividades subvencionables:
- Exposiciones y publicaciones: renovación de la exposición permanente, exposiciones temporales y publicaciones en diferentes soportes.
- Educación y acción cultural: desarrollo de programas y materiales didácticos, jornadas/conferencias, creación o desarrollo de páginas Web.
- Documentación: labores de inventario y catalogación, así como digitalización de los fondos del museo o colección en el sistema EMSIME.
- Estudios: trabajos de investigación, elaboración de la carta de servicios, plan director, plan de calidad, estudios de mercado, análisis de clientes.
500.000 euros.
- ORDEN de 26 de junio de 2012 (BOPV N 136/2012)
ORDEN de 26 de junio de 2012, de la Consejera de Cultura, por la que se regula y se convoca para el año 2012 la concesión de subvenciones destinadas a la promoción museística y al desarrollo de actividades museísticas relacionadas con el patrimonio y la difusión cultural.
Oficinas de atención al público:
- Bilbao:
Gran Vía, 85
48011 Bilbao, (Bizkaia)
- Donostia- San Sebastián:
Andía, 13
20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
- Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
Ramiro Maeztu, 10 bajo
01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)
Horario de atención al público:
- De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
La Administración Pública del país Vasco pone a disposición de la ciudadanía el teléfono 012.
- Horario de atención telefónica:
El servicio de atención a la ciudadanía del Gobierno dispondrá de horarios ininterrumpidos de atención telefónica de lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
- Número de Teléfono:
Desde el País Vasco: 012
Desde fuera del País Vasco: 945 018000
Desde el extranjero: 00 34 945 018000
- Bilbao:
Gran Vía, 85
48011 Bilbao, (Bizkaia)
- Donostia- San Sebastián:
Andía, 13
20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
- Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
Ramiro Maeztu, 10 bajo
01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)
De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
Otros Lugares de Presentación de solicitudes:
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
- Bilbao:
Gran Vía, 85
48011 Bilbao, (Bizkaia)
- Donostia- San Sebastián:
Andía, 13
20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
- Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
Ramiro Maeztu, 10 bajo
01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)
De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
Otros Lugares de Presentación de solicitudes:
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
Áreas y actividades subvencionables:
- Exposiciones y publicaciones: renovación de la exposición permanente, exposiciones temporales y publicaciones en diferentes soportes.
- Educación y acción cultural: desarrollo de programas y materiales didácticos, jornadas/conferencias, creación o desarrollo de páginas Web.
- Documentación: labores de inventario y catalogación, así como digitalización de los fondos del museo o colección en el sistema EMSIME.
- Estudios: trabajos de investigación, elaboración de la carta de servicios, plan director, plan de calidad, estudios de mercado, análisis de clientes.
Beneficiarios:
Pesonas físicas o jurídicas, públicas o privadas que sean titulares de museos o colecciones radicados en el territorio de la Comunidad Autónoma del País Vasco, y estén inscritos o hayan solicitado su inscripción en el Registro de Museos y Colecciones de Euskadi con anterioridad a la finalización del plazo para solicitar las subvenciones reguladas en la Orden.
Exclusiones:
Museos o colecciones de titularidad foral, fundaciones en cuyos órganos de gobierno participe el Departamento de Cultura del Gobierno Vasco y entidades mercantiles en cuyo capital participe la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi, así como los museos y colecciones que tengan consignadas subvenciones nominativas en los Presupuestos Generales de la Cumunidad Autónoma de Euskadi para el año 2012.
Supondrá impedimento para acceder a las ayudas previstas en esta Convocatoria estar sancionado administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, o hallarse incursa en prohibición legal alguna que la inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por discriminación de sexo de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Final sexta de la Ley 4/2005 de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.
Es requisito para acceder a las ayudas concedidas al amparo de la presente Orden estar al corriente de las obligaciones tributarias. La acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte de las personas/entidades solicitantes de las ayudas se verificará automáticamente, tantas veces como fuera necesario, por el órgano gestor sin necesidad del consentimiento de los mismos, en aplicación del Decreto Legislativo 1/ 1997, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco.
La concesión y, en su caso, el pago de las subvenciones a los beneficiarios/as de éstas quedará condicionado a la terminación de cualquier procedimiento de reintegro o sancionador que, habiéndose iniciado en el marco de ayudas o subvenciones de la misma naturaleza concedidas por la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus organismos autónomos, se halle todavía en tramitación.
500.000 euros
Junto al formulario de solicitud se deberá entregar el siguiente formulario:
Datos relativos al proyecto y a las actividades que desarrolla el museo o colección
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En el caso de que el solicitante sea una persona física:
Documento nacional de identidad (DNI), pasaporte o documento similar.
No es necesario presentar estos documentos en el caso de que la persona solicitante consienta expresamente en el formulario de solicitud que la Administración compruebe, constate o verifique los datos de identidad.En el caso de que el solicitante sea una persona jurídica:
Copia del documento nacional de identidad del representante legal, escritura de apoderamiento o certificación expedida por el órgano correspondiente.
No es necesario presentar la copia del DNI si el representante da consentimiento en el formulario de solicitud a que la Administración compruebe o verifique los datos de identidad por los medios disponibles.
Debe descargar, rellenar y guardar este formulario antes de cumplimentar la solicitud electrónica, ya que luego deberá incorporarlo a la misma
En este apartado, se le facilitan formularios para cada trámite que tenga que realizar siempre que haya escogido continuar el procedimiento por canal presencial.
En caso, de haber escogido el canal electrónico, los trámites se realizan a través de "Mis Gestiones" previa identificación con un certificado electrónico..
Certificado justificativo a presentar por entidades públicas
Memoria de la actividad a presentar por particulares y entidades jurídico privadas
Justificación entidades públicas: Certificado justificativo a presentar por entidades públicas
Justificación particulares y entidades jurídico privadas: Memoria de la actividad a presentar por particulares y entidades jurídico privadas
En este apartado, se le facilitan formularios para cada trámite que tenga que realizar siempre que la persona solicitante haya escogido continuar el procedimiento por canal presencial.
En caso, de haber escogido el canal electrónico, estos trámites se realizan a través de Mis Gestiones previa identificación con un certificado electrónico
Plazo máximo de seis meses a contar desde la fecha en que surta efectos la presente Orden.
- Modelo de recurso: Recurso de Alzada
- Órgano resolutor: Cultura; Consejería de Cultura.
- Plazo de interposición: 1 mes.
- Plazo de resolución: 3 meses.
- Falta de resolución: Efecto desestimatorio.
- Modelo de recurso: Recurso de Alzada
- Órgano resolutor: Cultura; Consejería de Cultura.
- Plazo de interposición: 3 meses.
- Plazo de resolución: 3 meses.
- Falta de resolución: Efecto estimatorio.