Kontsumobide recuerda que las personas usuarias pueden tener derecho a indemnización si su tren se retrasa o cancela por motivo de la huelga.

WhatsApp_Image_2019-09-05_at_12.08.07.jpeg

5 de septiembre de 2019

Ante las huelgas convocadas en el sector ferroviario, Kontsumobide Instituto Vasco de Consumo recuerda que las personas pasajeras tienen derecho a la devolución del importe del billete, a un transporte alternativo o incluso a una indemnización según el caso.

Si la cancelación del viaje ferroviario se produce dentro de las 48 horas anteriores al mismo, la empresa ferroviaria deberá ofrecer transporte en otro tren u otro medio, pero en condiciones similares, o devolver el importe del billete. Es derecho de la persona viajera elegir el transporte alternativo o la devolución dineraria.

Si la persona que viaja es informada de la cancelación del transporte dentro de las 4 horas anteriores a su partida, la empresa ferroviaria deberá hacer frente a una indemnización equivalente al doble del importe abonado por el billete.

En caso de retraso a la llegada a destino, si este es superior a una hora el viajero o viajera tendrá derecho a una indemnización equivalente al 50% del coste del billete, y si es superior a hora y media la indemnización pecuniaria será equivalente al total del precio.

En todo caso las personas viajeras podrán reclamar daños y perjuicios si así lo desean ante las Juntas de Arbitrales de Transporte, ante las Juntas Arbitrales de Consumo o ante la jurisdicción ordinaria.