El Consejo de Gobierno aprueba la incorporación de cláusulas para la igualdad retributiva y medidas contra la brecha salarial en la contratación pública (Consejo de Gobierno 05-032019)

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5 de marzo de 2019

El Consejo de Gobierno ha aprobado hoy la instrucción por la que se incorporan cláusulas para la igualdad retributiva entre hombres y mujeres y medidas contra la brecha salarial en la contratación pública vasca. Esta instrucción se enmarca en la “Estrategia y el Plan Operativo de Acción para reducir la Brecha Salarial en Euskadi”, que fija como meta que Euskadi se sitúe para el año 2030 entre los cinco países europeos con menor brecha salarial. Éste, sin duda, es un paso relevante.

El camino hacia la Igualdad lo debemos recorrer entre todos y todas y, es por ello, que esta instrucción se dirige a aquellas personas que trabajan en las distintas áreas de contratación y órganos de contratación, pero también a quienes promueven los contratos, quienes detectan y conocen las necesidades y saben mejor que nadie qué requerimientos sobre igualdad de mujeres y hombres pueden perfectamente jugar un papel en cada contratación.

Por su parte, el Departamento de Hacienda y Economía, consciente de la relevancia y efecto que pueden tener sus políticas públicas en materia de Igualdad, ya había incluido en su Plan Departamental para la Igualdad de Mujeres y Hombres 2018-2021, un primer objetivo estratégico consistente en la promoción de  la igualdad a través de las directrices generales en la contratación pública.

Por todo ello, el Gobierno Vasco refuerza la introducción de políticas sectoriales de igualdad a través de la contratación pública. El ámbito de aplicación es la de todo el sector público de la CAE, es decir, la propia Administración General y las entidades del sector público, y afecta a todos los contratos, ya sean obras, suministros, servicios, etc. Se establece, además, la obligación contractual de evitar la existencia de discriminación retributiva entre mujeres y hombres.

Los órganos de contratación van a incorporar en los pliegos de contratación criterios de adjudicación para la igualdad de mujeres y hombres, cuya ponderación será de, al menos, del 5% del total del baremo.

Algunos de los criterios que se valorarán son:

  1. Garantizar el 50% de mujeres en puestos de responsabilidad, gerencia o cualificados durante toda la prestación contractual.
  1. Contratar mujeres en todas las nuevas contrataciones que realice la empresa para la prestación del contrato (si existiera deber de subrogación).
  1. Adoptar políticas de igualdad de mujeres y hombres en la ejecución del contrato:
  • Contratar mujeres en situación de desventaja social: discapacidad igual o superior al 33%, perceptoras de renta de garantía de ingresos o renta mínima de inserción, víctimas de violencia de género o con dificultades de acceso al mercado laboral.
  • Formar en Igualdad a la plantilla que ejecuta el contrato (certificada por un organismo oficial o autorizado).
  • Disponer de un número de personas que posean una formación mínima de, al menos, 150 horas en materia de Igualdad.
  • Contar con un protocolo para prevenir y hacer frente al acoso sexual y al acoso por razón de sexo en el trabajo.
  • Establecer medidas de conciliación de la vida personal, laboral y familiar para la plantilla que ejecute el contrato o para las personas beneficiarias del mismo, siempre que mejoren las ya existentes: flexibilizar la jornada u horario de trabajo, sistemas de teletrabajo, servicios de apoyo a la conciliación que faciliten la atención de menores o personas dependientes, cheque servicio, comedores, guarderías, centros de día o ludotecas...
  1. Aplicar mejoras laborales a la plantilla que ejecute el contrato: mejoras sobre condiciones laborales y salariales que superen lo dispuesto en el Estatuto de Trabajadores/as o en el convencio colectivo sectorial y territorial, o en su caso de empresa; la conversión de contratos temporales en contratos indefinidos; y la conversión de contratos a tiempo parcial en contratos a jornada completa.

Los pliegos de cláusulas administrativas particulares de los contratos públicos deberán establecer de manera preceptiva el deber de las empresas adjudicatarias de evitar la existencia de discriminación retributiva entre mujeres y hombres. Dicha cláusula se materializará en la formalización del contrato. Además, en contratos cuyo estimado supere los 120.000€, las empresas adjudicatarias deberán remitir anualmente:

  1. Declaración responsable con la relación nominal desagregada por sexo de las personas contratadas con indicación de su categoría profesional y el salario base más los complementos de cada una de ellas.
  1. Informe de Trabajadores en Alta (ITA) y el Informe de Datos de Cotización (IDC) de la empresa contratista.