Ayudas destinadas al fomento de la investigación sobre temas relacionados con la Administración Pública, el Derecho Público o la Ciencia de la Administración, en el periodo 2016-2017.

[fomento_investigacion_2016]

Descripción


Objeto

Es objeto la adjudicación de dos ayudas, dirigidas a grupos de investigación, gestionadas por el Servicio de Estudios y Publicaciones del Instituto Vasco de Administración Pública, para la realización de estudios e investigaciones sobre materias relacionadas con la Administración Pública, el Derecho Público o la Ciencia de la Administración desde cualquier óptica de estudio, referidos a las materias relacionadas con el área de actuación de las administraciones públicas vascas.

Dotación presupuestaria

24.000 euros

Prestación económica

Se convocan dos ayudas para el fomento de la investigación, dirigidas a grupos de investigación, que contarán, cada una de ellas, con una dotación de doce mil (12.000) euros.

Forma de pago:

Las ayudas se harán efectivas en dos pagos:
1) Un primer pago de tres mil quinientos (3.500) euros a la aceptación de cada ayuda. Esta cantidad tiene como objeto posibilitar el desarrollo de la actividad investigadora.
2) Un segundo pago de ocho mil quinientos (8.500) euros.

El importe concreto del segundo pago atenderá a la calificación obtenida por las monografías de investigación presentadas, en el análisis que de las mismas realice la Comisión de Valoración.

A quién va dirigido


Personas físicas

Requisitos:

  • La totalidad de los miembros del equipo de investigación estará en posesión de titulación universitaria de carácter superior.
  • Al menos la mitad de los miembros del equipo de investigación debe tener vecindad administrativa en la Comunidad Autónoma del País Vasco con antigüedad, al menos, desde el 1 de enero de 2015.
  • El equipo de investigación debe estar compuesto, como mínimo, por dos personas. Deberá hacerse constar expresamente, en la solicitud, el porcentaje de participación de cada integrante del grupo.

Requisitos

  • No haber disfrutado de estas ayudas u otras relacionadas con el fomento de la investigación que hayan sido convocadas por el Instituto Vasco de Administración Pública en los tres años anteriores.

  • Estas ayudas serán, además, incompatibles con la percepción de cualquier otra ayuda o subvención pública o privada que tenga por objeto la financiación del mismo proyecto, incluidas las ayudas y becas dirigidas a la elaboración de tesis doctorales.

  • No hallarse la persona solicitante sancionada administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de ayudas o subvenciones públicas, o incursa en alguna prohibición legal que inhabilite para ello, con expresa referencia a las que se hayan producido por discriminación de sexo de conformidad con lo dispuesto en la Disposición final sexta de la ley 4/2005, de 18 de febrero, parala Igualdad de Mujeres y Hombres.

  • No concurrir en cualquier otra de las causas señaladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Organismos


Organismo que convoca

  • IVAP - Instituto Vasco de Administración Pública > Dirección de IVAP

Organismo que resuelve

  • IVAP - Instituto Vasco de Administración Pública > Dirección de IVAP

Información de contacto


En cualquiera de las siguientes direcciones del IVAP:

a) Donostia, 1. 01010 Vitoria-Gasteiz
b) Alameda de Recalde, 18. 48009 Bilbao
c) San Bartolomé, 28. 20007 Donostia-San Sebastián
d) Universidad, s/n. 20560 Oñati

El horario de atención al público es de 08:30 a 14:00; de lunes a viernes.

Contacto telefónico: 945-017667

Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

0030303

Solicitud y aportación de documentación


  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
  • Modelo de curriculum (pdf , 820.83 KB)

Resolución y recursos


Plazo de resolución

Seis meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del País Vasco.

Tipo de concesión de la ayuda

Concursal

Efectos del silencio

Desestimatorios

Dictada resolución

Otros trámites